"El único lugar para un genocida es la cárcel común". La consigna de los organismos que acompañan los juicios por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar se repite con cada intento de los represores por evadir la prisión. Esta semana, la Cámara de Casación Penal le otorgó el beneficio de la domiciliaria al ex teniente coronel del Ejército Juan Daniel Amelong -que ya tiene cuatro condenas y está siendo juzgado en Guerrieri IV-, por cuestiones de salud. El repudio a esa resolución fue inmedaito: se trata de un fallo contrario al resuelto días antes en otro expediente, donde incluso participó -con voto en disidencia- uno de los camaristas que votó por el rechazo en el planteo del anterior incidente. Además, Amelong tiene causas en trámite en la etapa de instrucción, con prisión preventiva confirmada. Ante la resolución, el tribunal de Ejecución pidió que primero se cumplimenten una serie de requisitos sobre la modalidad en la que se deberá obedecer la domiciliaria, y comunicó a los jueces que tienen al imputado a disposición.
"Amelong quiere irse a su casa", fue el alerta que lanzaron días atrás desde el Espacio Juicio y Castigo. Se trata del acusado que integró el Batallón de Inteligencia 121 bajo cuya órbita estuvieron los centros clandestinos La Calamita (en Granadero Baigorria), Quinta de Funes, La Intermedia (en La Ribera), Escuela Magnasco, Ceferino Namuncura y la Fábrica Militar Domingo Matheu de Rosario. Además, está condenado por delitos de lesa humanidad con tres condenas a prisión perpetua y otra a 18 años de prisión; mientras que por estos días es uno de los 17 represores que están siendo juzgados en la causa Guerrieri IV, en los tribunales federales. Además, fue condenado en Paraná por robo de bebés, en la causa del Hospital Militar de Paraná, por su participación en la sustracción de la identidad de Sabrina Gullino Valenzuela Negro, hija de Raquel Negro, que nació en cautiverio junto a su hermano mellizo, todavía desaparecido.
Desde los organismos recordaron que "entre las atrocidades que llevó a cabo durante años", se encuentran delitos como "robo de bebés, secuestros y torturas". Además, fue "expulsado del colegio de abogados, título que ostentó con soberbia y burla en cada juicio que enfrentó. Provocador hasta el cansancio en cada instancia judicial; nunca mostró señales de arrepentimiento y siempre redobló la apuesta hostigando la memoria de cada compañerx desaparecidx y a cada familiar que tuvo que escuchar sus palabras", repudiaron.
La abogada querellante por Hijos, Nadia Schujman, explicó lo resuelto por la sala 3 de Casación en relación a Amelong, que tiene múltiples causas en su contra. Según recordó, el año pasado, en Ejecución se le negó la domiciliaria -en el marco de Guerrieri I-, por lo que la defensa fue a Casación, que ahora hizo lugar al planteo. En ese sentido, recordó también que Amelong tiene una causa en Instrucción por la que la semana pasada otra sala de Casación (la 4) confirmó que debe seguir en prisión común (como publicó este diario días atrás).
Sumado a ello, uno de los jueces votó en ambos incidentes (en el último, en disidencia), por lo que "no es posible que los jueces que ahora aceptaron el planteo no supieran de la anterior decisión (de rechazo)", dijo Schujman. Ante la "contradicción", la resolución aparece como un "escándalo jurídico", que será motivo de recurso extraordinario de Fiscalía y querellas.
Frente al fallo, Ejecución primero planteó que hasta tanto esté firme la decisión de Casación quedaría en suspenso la domiciliaria; pero la defensa del acusado presentó un recurso de revocatoria. Ejecución hizo lugar parcialmente y sacó un decreto en el que resolvió que el beneficio se dará una vez que se cumplimenten una serie de requisitos como la pulsera electrónica y que se controle el domicilio, entre otros puntos. Al mismo tiempo, comunicó a los jueces que tienen a disposición a Amelong en las diferentes causas, y planteó que al momento de ejecutar la domiciliaria lo hará "si no recibe ninguna comunicación en contrario de los jueces bajo los que el imputado está a disposición".
Sobre los motivos del beneficio, la abogada explicó que el fallo habla de "cuestiones de salud, porque en su momento tuvo un problema cardíaco y frente al posible agravamiento de esa cuestión, lo mandan a la casa. Es inexplicable, porque estando en Campo de Mayo, con el confort y los medios disponibles allí, ¿por qué sería atendido más rápidamente en la casa que estando allí?". Eso, incluso, es parte del planteo del voto en disidencia del camarista que integró otra sala en la que se rechazó un pedido anterior.