En junio y por orden de la jueza de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nº 1 de La Rioja, María Eugenia Torres, la policía allanó un domingo el domicilio de la comunicadora Manuela Calvo para secuestrar todos sus elementos de trabajo que “se encuentren relacionados o se mencione de manera expresa al caso Arco Iris”, una causa de abuso sexual y regimen de cuidados que se tramita la Justicia local.

El oficio librado por la jueza, disponía allanar a “Calvo Manuela por desobediencia a la autoridad” y “secuestrar todo dispositivo electrónico que se encuentra en poder de la denunciada en autos. (celulares, tablet, computadora, notebook, notebooks, y/ o todos otros aparatos tecnológicos similares destinados a comunicación grabación de voz o video, como así también todo documento que se encuentra relacionado o se menciona en forma expresa a la niña “Arco Iris". La provincia con la colaboración de la Policía Técnica Judicial llevó adelante el procedimiento.

Diferentes organizaciones de periodismos y comunicación se expresaron sobre la situación de la periodista porque consideraron un “ataque a la libertad de expresión y a la reserva de las fuentes de información”.

Las abogadas defensoras de la comunicadora presentaron un recurso de “nulidad absoluta” que fue rechazado por la jueza Torres según la resolución del 21 de septiembre. Las letradas Élida Barrera e Ivana Cattaneo elevaron el pedido “la inobservancia de las garantías constitucionales en contra de un acto que consideran viciado y que ordenó realizar una pericia informática de todos los dispositivos secuestrados en el allanamiento”

Advirtieron que se avanzó sobre el peritaje de toda la documentación de la periodista y que “constituía un acto arbitrario e ilegítimo ya que elimina la protección sobre los registros contenidos y hubo acceso irrestricto a todos los datos personales y bancarios porque no hubo delimitación”. Los argumentos fueron desestimados por la jueza de Instrucción.

El pedido de Calvo también fue rechazado por el fiscal Luis González. El representante del Ministerio Público Fiscal sostiene que “si bien la defensa técnica pone de manifiesto la vulneración de un derecho constitucional es también menester que el derecho de la menor posee jerarquía constitucional y ante la colisión de derechos constitucionales, en cumplimiento de pactos internacionales, debe primar el interés superior del niño”.