La Cámara Penal confirmó la condena de primera instancia a 22 años de prisión contra Ariel "Guille" Cantero como instigador de las balaceras cometidas entre mayo y agosto de 2018 contra objetivos judiciales. El fallo también ratificó las penas de entre 20 y 7 años de cárcel para otros seis acusados de ser parte de los ataques. El fallo expresa que la saga de hechos tuvo como objetivo "infundir una sensación de temor" a funcionarios judiciales y policiales.

Tras el juicio por los ataques, el 30 de septiembre de 2021 Cantero fue condenado por los delitos de "amenazas coactivas agravadas por ser anónimas y por tener como propósito alguna medida o concesión de un miembro del poder público, en concurso ideal con daño calificado en calidad de instigador", desde la cárcel. En aquel momento, la pena se unificó con otra anterior, a 6 años y 8 meses de prisión, por el delito de coacción agravada (en relación con las amenazas telefónicas a un entonces juez), siendo la pena única la de 28 años y 8 meses de prisión efectiva, que ahora fue confirmada.

En tanto, los camaristas José Mascali, Gustavo Salvador y Daniel Curik también ratificaron las penas de 20 años de prisión para Matías César, Lucía Uberti y Daniel Delgado; y las de Leandro Olivera, a 11 años; Leonel Fernández, a 8 y Damián Chávez, a 7.

En el juicio del año pasado, los fiscales Matías Edery, Miguel Moreno, Aníbal Vescovo y Gastón Ávila les atribuyeron una seguidilla de hechos que tuvieron como móvil la "intimidación y amedrentamiento hacia los magistrados que debían decidir cuestiones relacionadas con Cantero en sus causas penales". Y señalaron que "desde su lugar de detención y a través de distintos teléfonos celulares, Guille derivó la organización de los ataques a personas de su confianza".

Para la Alzada, "no fueron hechos aislados sino concatenados, algunos simultáneos, otros secuenciales pero todos destinados a ejercer presión sobre integrantes de los poderes constituidos del Estado".

La saga de ataques tuvo como blanco edificios como el Centro de Justicia Penal, una sede del Ministerio Público de la Acusación y dependencias policiales, pero también domicilios donde habían vivido funcionarios del Poder Judicial o allegados a estos, y personal policial que estuvo a cargo de la investigación a integrantes de la banda de Los Monos, por la que llegaron a juicio y fueron sentenciados por asociación ilícita en abril de 2018. El primero de los hechos se registró la noche del 29 de mayo de 2018, poco más de un mes después de que se conociera la sentencia condenatoria en la que Cantero fue uno de los penados.

Para el tribunal de Cámara, "la motivación principal de las balaceras tuvo lugar en el hecho de intimidar a los jueces y policías que habían llevado adelante la investigación y el juicio denominado "Los monos" y que todavía tenían incidencias pendientes de resolución (por ejemplo, traslados) y de las juezas de Cámara a quienes les tocaría intervenir en la apelación y que ya habían sido sorteadas". 

El fallo apunta también a "la gravedad de los sucesos" que "sólo por el azar o la buena fortuna no afectó bienes jurídicos de mayor relevancia corno ser la vida de las personas".

En ese sentido, la resolución de la Alzada planteó también que "las conductas estaban dirigidas conscientemente a lograr infundir una sensación de temor"; que las mismas "revelan no sólo la gravedad de las maniobras, sino también la relevancia institucional que aquellas ostentaron en lo inédito de la coyuntura que se transitó en los momentos en que se produjeron y lo irrogado en el ánimo de quienes fueron sus destinatarios directos e indirectos".  Y que, además, "la finalidad perseguida, no era otra que la de infundir una amenaza, un anuncio futuro del acaecimiento de un mal grave, orientado a exigir un despliegue conductual que estaba íntimamente vinculado con la función" de las personas y espacios afectados.

Sobre el "modus operandi", el fallo dice que consistió en una "ideación radicada en cabeza de una persona (Cantero), la coordinación, organización, logística y provisión de elementos para su ejecución (César, Delgado y Uberti) y la ejecución por parte del resto de los aquí imputados (junto a otros que ya fueron juzgados mediante acuerdos abreviados). Siempre en la oscuridad de la noche, aprovechando el poco tránsito vehicular y de personas que pudieran individualizarlos, y así poder huir del lugar sin mayores complicaciones, salvo en el caso que fueron avistados, perseguidos y aprehendidos", tras balear la sede del MPA en Montevideo a 1900, el 14 de agosto de ese año. 

También recordaron que en el caso hubo cuatro personas que aceptaron juicios abreviados, y que el contenido de los mismos "produce indicios de cargo en contra de los aquí juzgados", por los mismos hechos.

Cantero está preso desde 2013. En 2018 fue condenado a 22 años, en la megacausa Los Monos por asociación ilícita y hechos de violencia; y a fines de ese año, la Justicia Federal le dio 15 años en el marco de la causa Los Patrones. Además de otras condenas por las que suma unos 80 años (aunque deben ser unificadas), Fiscalía pidió a fines del año pasado que le den otros 22 años como instigador de la balacera contra el casino City Center, en enero de 2020, que terminó con la vida de Enrique Ensino, mientras estaba en un balcón.