Cerca del desenlace del segundo Juicio en el caso de Lucía Pérez y después de tres semanas de debate, las expectativas están puestas en el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata y en el “tópico del consentimiento” como lo llamó una de las abogadas de la querella durante su alegato el jueves pasado.

El 8 de octubre de 2016, Lucía tomó mate con su papá, salió de su casa y horas más tarde, Marta, su mamá, la abrazó en la salita de Playa La Serena cuando ya no estaba con vida. Es en ese tiempo, entre la mañana y la hora de la siesta todavía sigue girando la pregunta de dónde estaba y la necesidad de verdad sobre lo que sucedió con Lucía hace siete años.

Después de que el próximo martes la parte defensora exponga sus alegatos, la mirada estará puesta en la decisión del Tribunal, compuesto por Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone, que se estima darán su veredicto en los primeros días de marzo por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la muerte, por el suministro de estupefacientes y en el contexto de violencia de género en concurso con femicidio”.

Los alegatos de la querella concluyeron con el pedido de prisión perpetua para Matías Farías y Juan Pablo Offidani por ser autor y cómplice necesario respectivamente de la muerte de Lucía. En el caso de la fiscalía las penas solicitadas fueron de prisión perpetua para Farías y 28 años para Offidani.

A esta última etapa del juicio se le suma un hecho al que no hay que dejar de prestar atención: en sus alegatos, el fiscal Leandro Arévalo pidió disculpas por la impresentable labor realizada por su par María Isabel Sánchez en la etapa de instrucción en 2016: fue ella quien dijo que Lucia había muerto por prácticas sexuales “inhumanas” y “empalamiento”. Lamentablemente, el pedido de disculpas fue rechazado rotundamente por la Fiscalía General argumentando “posible transgresión de las normas que rigen el decoro y comportamiento” de los funcionarios del Ministerio Público Fiscal.

El debate en torno al consentimiento

“Lucía era una mujer, una niña y además tenía 16 años. Lucía no pudo consentir libremente una relación sexual” dijo a la hora de desplegar los alegatos Florencia Piermarini, quien junto a Verónica Heredia componen la representación de la familia de Lucía. Después insistió en revisar distintas normativas internacionales (Convención de los Derechos del Niño, el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará, la Constitución Argentina) para explicar que el consentimiento --al igual que la culpabilidad de una persona-- no se presume.

Según la acusación, también compuesta por el fiscal Leandro Arévalo, Farías concretó un abuso sexual tras la provisión de drogas que causaron la muerte de Lucía. La Junta Médica de la Asesoría de la Suprema Corte de Justicia definió en este juicio que el fallecimiento de Lucía se produjo a partir de “una asfixia tóxica con congestión y edema pulmonar” y planteó una ausencia de lesiones compatibles con abuso sexual. En este punto, el fiscal remarcó que la ausencia de lesiones no descarta la existencia de abuso. En el caso de las abogadas de la querella, sumaron a sus alegatos las lesiones genitales y una lesión lumbar referenciadas en los peritos para probar que Lucía fue abusada “de manera brusca, violenta e intensa para doblegar su voluntad”.

Los alegatos de la acusación se basan en que Lucía fue triplemente vulnerable: “Por su edad, por ser mujer y por estar con un varón que se dedicaba a la venta de drogas” explicó Piermarini y cuestionó: “¿De qué consentimiento estamos hablando? ¿Del consentimiento de una niña, de una mujer de 16 años, drogada por un dealer y violada de forma brusca mientras estaba muriendo?”

En el caso del fiscal remarcó que “hubo todo menos consentimiento” y agregó: “Las relaciones no fueron consentidas, para dar pauta de falta de consentimiento, no encontramos en la vida de Lucía indicador que tuvo interés en Farías como novio, amante o pareja”, explicó el fiscal.

Por su parte, la defensa encabezada por María Laura Solari, defensora oficial de Farías, y César Civo, abogado de Juan Pablo Offidani, tendrá la oportunidad este martes de exponer los alegatos para, según afirmaron en los lineamientos al comienzo del juicio, pedir la absolución de ambos por considerar que la relación sexual fue consentida.

El primer juicio, realizado en 2018, que determinó la absolución de Farías y Offidani por el abuso sexual y femicidio de Lucía fue anulado por el Tribunal de Casación Bonaerense, quien consideró que la sentencia había respondido a estereotipos sexistas por indagar en los comportamientos anteriores de Lucía. Históricamente la justicia puso el foco en la víctima. ¿Es esta una oportunidad para centrarse en los hechos sin los sesgos sexistas en donde se parte con el presupuesto de que en los delitos de violencias de género hay que detenerse en la responsabilidad de la víctima como históricamente se hizo? ¿También es esta una oportunidad para discutir si hay una línea directa entre ser mujer y adolescente y consumir drogas y convertirse en un objeto de violencia sin capacidad de acción o decisión propia? ¿Está preparado el sistema judicial para interpretar, discutir y accionar en torno a estos interrogantes?

En una entrevista publicada esta semana, Marta Lamas, feminista mexicana, plantea acerca del consentimiento un punto de vista que puede sumar al debate: “Me preocupa que se le otorgue al consentimiento la condición de respuesta, cuando los encuentros entre seres humanos están llenos de ambigüedades y contradicciones. Obvio que debe haber consentimiento, pero también hay que saber que las dinámicas subjetivas generan situaciones complicadisimas, como cuando alguien consiente claramente pero luego se arrepiente y alega que en realidad no quería. El consentimiento, por sí solo, no basta para cambiar el desbalance del poder de negociación de las mujeres en un mundo de dominación masculina”.

Los perfiles de Offidani, Farías y Lucía según los alegatos

Los alegatos pusieron especial énfasis en construir los perfiles de quienes estuvieron ese 8 de octubre en la casa de Racedo 4800, en el barrio Alfar de Mar del Plata. Leandro Arévalo finalizó su exposición relatando una conversación por chat entre Lucía y su amigo Esteban. Allí Lucía escribía: “Ahí llegó mi mamá, compró fiambre y caramelos. La extrañé. Dejame, soy mamera”. Con este chat Arévalo culminó su alegato diciendo al tribunal que “Lucía era esto, una mamera”.

Para describir a Offidani, Arévalo puso especial atención en el consumo de pornografía, según el fiscal “obsesivamente”, detallando las pruebas de que incluso había comprado mas crédito de internet para continuar mirando porno. El fiscal, además, consideró que los imputados “no iban a buscar clientes”, sino que “iban a buscar nenas”, con las cuales trataban de “tener sexo por la vía que fuera posible”. En este sentido, la fiscalía utilizó la misoginia como dato relevante y, en estas instancias, como prueba para develar un presunto femicidio.

Las abogadas sostuvieron que Offidani fue un colaborador esencial ya que “admiraba las actividades sexuales que Farías tenía con jovencitas” y remarcó que sabía perfectamente sobre la provisión de drogas que Farías llevaba adelante con la adolescente.

Verónica Heredia y Florencia Piermarini describieron a Faróas como alguien que “sabía lo que hacía, un dealer de 23 años que hacía siete se dedicaba a la venta de drogas” y agregaron: “Le suministró a Lucía cocaína para someterla sexualmente de manera brusca, violenta e intensa. Su muerte era un resultado probable y no le importó”.

Pedido de disculpas y un relato que aún resuena

En su alegato, el fiscal Arévalo también realizó un pedido de disculpas por cómo llevó adelante el proceso de instrucción la fiscalía encabezada por María Isabel Sánchez, diciendo que su actuación “causó un perjuicio para el conocimiento de los hechos”.

Vale recordar que el 12 de octubre de 2016, la fiscal Sánchez habló en rueda de prensa y dijo que había existido una agresión sexual inhumana, perpetrada por más de una persona, que Lucía había sido vejada con objetos y que había muerto de dolor, que la causa de muerte fue un paro cardíaco por un reflejo del nervio vago que es provocado por un excesivo dolor. Todo esto luego fue desmentido.

A pesar del tiempo transcurrido, es muy sencillo apelar a ese momento de la historia reciente que hizo rabiar a tantxs, que generó el Primer Paro de Mujeres y que ha causado un dolor indescriptible en la familia de Lucía, que tuvo que escuchar una y otra vez que a su hija la habían empalado. Después de siete años, y en el segundo juicio, hubo un pedido de disculpas que además de llegar tarde recoge un argumento más para un escepticismo que ya se está acomodando peligrosamente en el terreno de la justicia: la Fiscalía General cuestionó los dichos de Arévalo durante los alegatos y acusó “una posible transgresión de las normas que rigen el decoro y comportamiento” de los funcionarios del Ministerio Público Fiscal, es decir que el organismo no se plegó al pedido de disculpas del fiscal.

La fiscal Sánchez sigue realizando tareas en la Fiscalía de Flagrancia, tiene un expediente para que la Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento de la Procuración General analice su desempeño, también se le abrió una investigación penal, que “por razones de decoro y objetividad” fue asignada por la Procuración General al Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial de Necochea. Todas estas actuaciones se encuentran activas, 7 años después, sin ninguna definición al respecto.

Es irrefutable el derecho a la verdad que en primer lugar tiene la familia de Lucía. Su memoria merece justicia, una justicia que no implica solamente un castigo, sino también una profunda obligación a aportar esa verdad.