El Tribunal Oral Federal de General Roca aplicó penas sensiblemente menores a las solicitadas por la Fiscalía a tres policías retirados de Río Negro acusados de cometer crímenes de lesa humanidad. Tras un debate oral que se extendió por seis meses, los jueces Alejandro Cabral, Alejandro Silva y Simón Bracco aplicaron condenas de entre tres y seis años de prisión a Rubén Codina, Victor Lobos y Elfio Navarrete, considerados partícipes primarios de cinco de los nueve casos de secuestros cometidos durante la última dictadura cívico militar que fueron analizados durante el juicio. Los condenados, no obstante, continuarán en libertad como llegaron a juicio. Las razones se conocerán con la lectura de fundamentos.

"Estamos conformes en líneas generales", declaró el fiscal del debate, Rafael Vehils Ruiz, quien destacó que "hubo tres condenas, a pesar de que los jueces no tomaron el delito de asociación ilícita" y, sobre todo "por primera vez fallaron a favor de las víctimas en relación al derecho a la Verdad. Entonces, ninguna víctima del juicio ha quedado sin reparación", concluyó. 

El Ministerio Público Fiscal, única parte acusadora, había solicitado penas mayores para los acusados por los secuestros de Alberto Lima, Héctor Osorio, Miguel Saso, Wilfredo Woolcok y Omar Kader y por el delito de asociación ilícita. Vehils Ruiz pidió por los crímenes 15 años de prisión para Codina, quien al momento de los hechos se desempeñaba como comisario en Sierra Grande; 14 años para Lobos, subcomisario al tiempo de los episodios y 13 para Navarrete, que integraba el cuerpo de Infantería de la Policía provincial.

Los cálculos fueron bastante menores para los jueces, que quitaron del medio el delito de asociación ilícita. "Estuvimos lejos, pero nos acercamos con la unificación de penas que dictaron" con las impuestas a los mismos condenados en un juicio que culminó en 2011 y que significó el germen de éste caso que terminó ayer, mencionó el fiscal. En el conteo final, Codina quedó condenado a 11 años de prisión, Lobos a 9 y Navarrete a 8 años y seis meses. Pese a esto, quedaron en libertad a pesar de que la Fiscalía solicitó que se les revoque la excarcelación con la que habían sido beneficiados tras cumplir un tiempo de las primeras condenas recibidas.   

Además de las condenas, el tribunal, por mayoría, consideró “probadas” las privaciones ilegítimas de la libertad que sufrieron otras cuatro víctimas cuyos casos quedaron sin acusado en diciembre cuando dos de ellos, Vicente Forchetti y Néstor Castelli, fueron apartados por razones de salud. Esta cuestión, bajo el amparo del derecho a la Verdad, fue uno de los pedidos de la Fiscalía. "Es la primera vez en la provincia que sucede esto, y es algo muy importante", remarcó Vehils Ruiz.

La historia de un juicio

El juicio comenzó en agosto de 2022 con el objetivo de revisar hechos ventilados en un debate oral anterior, que protagonizaron los mismos acusados –y otros, ya fallecidos– en el marco de los secuestros de los delegados sindicales de la Uocra Daniel Ávalos y Carlos Lima: las caras visibles de la lucha obrera por mejoras en las condiciones laborales contra los patrones de la Minera Hipasam, instalada en la ciudad de Sierra Grande.

Al cierre de aquel juicio, en 2011, además de las condenas a Codina, Lobos y Navarrete, el veredicto encomendó a la justicia federal de Río Negro investigar las privaciones ilegales de la libertad de Lima, Osorio, Saso, Salto, Fernández, Woolcok, Kader, Palma y Disnardo, sucedidas en vínculo directo con los secuestros de los dos delegados.

El 2 de abril de 1976, Alberto Lima, hermano de Carlos, y Miguel Saso, cuñado de Daniel Ávalos, acudieron a la comisaría de Sierra Grande al enterarse que la policía se los “había llevado”. Con ellos también fue Héctor Osorio. Querían saber qué estaba pasando, pero los encerraron. La misma suerte corrieron Julio Salto, periodista del diario Río Negro que cubría el caso, y Ramón Fernández, diputado. A Jorge Palma lo agarraron de sopetón caminando por la calle, le pidieron documentos, impuso levísima resistencia y se lo llevaron a la Escuela de Cadetes. Eduardo Disnardo fue ilegalmente detenido aquel abril y luego nuevamente en junio.

Tras la investigación pertinente, la Justicia llevó nuevamente a juicio a Codina, Lobos, Navarrete. También fueron procesados Castelli y Forchetti, interventor de la provincia durante el golpe y titular de la Delegación Viedma de la Policía Federal, respectivamente. Ambos llegaron a juicio pero no al veredicto. El genocida Raúl Pedernera, en cambio, falleció poco antes de que comenzara el debate.