La sentencia condenatoria contra Cristina Vázquez fue dictada el día 20 de mayo del año 2010 por el Tribunal en lo Penal Nº 1 de Posadas, integrado por la jueza Marcela Alejandra Leiva como presidenta, y sus colegas Fernando Luis Verón y Selva Raquel Zuetta. Le aplicaron la pena de prisión perpetua como coautora penalmente responsable del delito de homicidio calificado criminis causa. También fue condenada a abonar a la parte actora, sucesora de quien en vida fuera Ersélida Lelia Dávalos, la suma de 200 mil pesos en concepto de daño moral, con más gastos e intereses.

–¿Qué rol le imputan a Cristina en el homicidio? –le preguntó este diario a Indiana Guereño, de la Asociación Pensamiento Penal (APP).

–En la propia sentencia condenatoria se admite no saber cuál fue el rol que habría cumplido en el delito. Así se incurre en contradicciones, porque, por un lado, se la acusa de haber “franqueado” la entrada de otras personas a la casa de la víctima aprovechando su confianza porque eran vecinas y, por otro, se la acusa de haberla matado porque la víctima la reconoció.

–¿Qué pistas se omitieron investigar?

–La última persona que fue vista en la casa de la víctima fue un electricista que después de haber reparado un artefacto se retiró, según el testimonio del vecino Fernando Vivero, “raudamente” del lugar a las 21.20. Sin embargo, respecto del accionar de esta persona que, insistimos, fue la última que estuvo en el lugar del hecho, no se concluyeron medidas probatorias. Tampoco se abrieron otras líneas de investigación en relación con familiares o conocidos de la víctima. Mucho menos se citaron a declarar a personas que podrían dar fe sobre la presencia de Cristina en Garupá la noche del hecho.

Tantas irregularidades hubo en este largo proceso –lleva ya dieciséis años–, que la Corte Suprema ordenó que la condena de Cecilia Rojas, la compañera de causa de Cristina, sea revisada en Misiones el  17 de marzo de 2015. Y ordenó dejar sin efecto la sentencia  por la cual el Superior Tribunal de Justicia de Misiones había confirmado el fallo a prisión perpetua de las personas imputadas. El fundamento de la sentencia se centra en la doctrina del precedente “Casal, Matías Eugenio”, donde la Corte en 2005 estableció que todo condenado tiene derecho a recurrir la sentencia para que un tribunal superior revise los fundamentos del fallo, incluidos los que hacen a la prueba del hecho.

La situación de Cristina era distinta. El recurso extraordinario para que su condena fuera revisada no fue presentado por la defensa y, hasta que dos amigas  se acercaron al Observatorio de Prácticas del Sistema Penal,  esperaba un veredicto que nunca iba a llegar. Esta pequeña anécdota ilustra el grado de indefensión en el que se encontraba. “A los meses de empezar a funcionar el Observatorio, en noviembre de 2014, nos reunimos en un bar con las dos amigas de Cristina. Ambas nos hablaron de ella y sostenían con argumentos y pruebas que era inocente, que se trataba de un error judicial. Cuando nos despedimos inmediatamente buscamos la causa en la Corte donde supuestamente debería estar. Sin embargo, nuestra sorpresa fue inmensa. No había recurso alguno a favor de Cristina. Su condena estaba firme y ella no lo sabía”, recordó Guereño.

Así fue como en febrero de 2015 Cristina presentó ante la Corte Suprema un recurso  in pauperis –una presentación manuscrita que hace la persona cuando los plazos legales expiraron– solicitando que se revise su condena. A la vez, el OPSP de APP se presentó como amiga del tribunal marcando todas las irregularidades de la causa. El 12 de abril del año pasado, el máximo tribunal dejó sin efecto la sentencia del STJ Misiones y le ordenó que revise la condena conforme los parámetros del precedente “Casal”. 

En base a esa sentencia, en junio de 2016 la nueva defensa solicitó su excarcelación. El pedido fue rechazado porque en un momento, por consejo delabogado, tras una de las faltas de mérito dictada a su favor, Cristina se había mudado a Buenos Aires y fue interpretado como una fuga. Ahora el STJ de Misiones debe resolver ese pedido.

–¿Qué pasó con el planteo de revisión de la condena?

–Sobre el fondo, en tiempo récord para los tiempos de la corte provincial, porque suelen demorarse años para resolver, el 5 de diciembre de 2016 el máximo tribunal misionero volvió a confirmar la sentencia condenatoria en una sentencia escandalosa.

Ante ello, la nueva defensa de Cristina, a cargo del abogado Martín Ayala, ex presidente del Colegio de Abogados de Misiones, presentó un recurso extraordinario. Todavía hoy el Superior Tribunal está evaluando si lo concede. Cristina lleva 9 años privada de su libertad sin sentencia firme.