Este 22 de octubre se llevarán a cabo las elecciones 2023. Para los residentes en Avellaneda, Santiago del Estero, la información sobre su lugar de votación se encuentra en el padrón electoral.
Elecciones a presidente 2023: cómo sé dónde voto
¿Cómo puedo saber dónde votar por nombre y apellido?
La Cámara Nacional Electoral inauguró un sitio web en el que los electores pueden enterarse de dónde votar en Avellaneda, Santiago del Estero. En dicho sitio obtienen el nombre y la dirección del sitio en el donde votan, el número de mesa asignada para el acto de sufragar y el número de orden en el que se encuentran en el padrón electoral. Se recomienda concurrir a votar con esa información porque facilita el trámite y reduce las demoras.
¿El voto es obligatorio?
El voto es obligatorio. Aquellos que no concurran a votar están obligados a justificar la razón de su ausencia. Aquellos no justifiquen su ausencia deberán saldar una multa. Pueden votar los treinta y seis millones de electores que figuran en el padrón electoral y pueden hacerlo con cualquiera de los documentos permitidos para sufragar.
Documentos necesarios para votar
Los documentos válidos para votar son
- Libreta Cívica
- Libreta de Enrolamiento
- DNI verde
- DNI celeste
- DNI tarjeta
El ejemplar del documento debe ser el mismo o más reciente que el que está inscrito en el padrón electoral. No está permitido el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar previo al que figura en el padrón electoral ni de aquellos que presenten el “DNI en su celular”.
Cómo navegar los mapas con los resultados del escrutinio
Los mapas interactivos de Página/12 se pueden navegar mediante pestañas y desplegables. Haciendo clic sobre un distrito en el mapa de la categoría o seleccionando el distrito en el desplegable se mostrarán los resultados, con barras de porcentaje sobre votos válidos para cada candidato, y consignando la cantidad de mesas escrutadas. Cada vista, a su vez, tiene la opción de volver a la anterior.
Boca de urna
El "boca de urna" es un tipo de encuestas realizadas por empresas de consultoría política el día de las elecciones, dirigidas a los votantes recién salidos de votar. Es importante destacar que la información obtenida a través de este mecanismo no puede ser divulgada en ningún medio antes de las 9 de la noche, ya que ello supondría una violación de la legislación nacional.
En Argentina, el artículo 71 del Código Nacional Electoral prohíbe la realización de "actos de proselitismo público" y la "publicación o difusión de encuestas y proyecciones acerca de los resultados electorales durante el transcurso de la jornada electoral y hasta tres horas después de su cierre". Recién a las 21 horas del mismo domingo se permite la difusión legal de estos datos.
Qué son los boca de urna
Los boca de urna son encuestas que realizan las consultoras políticas en un día de elecciones a las personas que acaban de salir de los establecimientos donde emitieron su voto. Los datos que recogen los encuestadores no pueden ser publicados en ningún medio, ya que de lo contrario se violaría la Ley nacional.
En Argentina, el artículo 71 del Código Nacional Electoral "publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre". Recién a las 21 es legal difundir números.
La norma veda expresamente la publicación de encuestas sobre el cierre para evitar que se altere el proceso electoral previo a su finalización, porque si bien los comicios cierran a las 18, hay distritos donde suele prolongarse un poco más.
Qué pasa con quienes violan la veda electoral
Los ciudadanos que no respeten la veda pueden ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violan la pena dependen del incumplimiento en el que incurran.
Este domingo 19 de noviembre es el balotaje. Las personas mayores de 18 y menores de 70 años que no cumplan con el deber cívico de votar, y no puedan justificar su ausencia, deben pagar multas que van desde los $50 hasta los $500, según lo establecido por el Código Nacional Electoral en su artículo 125, en el apartado "faltas electorales".
Los ciudadanos que no paguen esa multa quedan registrados como infractores, lo que implica que no pueden hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.