La Corte Suprema de Justicia confirmó este martes la sentencia que avala la extradición a Chile de Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), para que cumpla con lo que le resta de pena en la causa donde fue condenado por provocar un incendio y por tenencia ilegal de arma de fuego. 

Esta no es la primera vez que el Tribunal Supremo ordena la extradición de Jones Huala. En 2018, los cortesanos dictaminaron que debía presentarse ante la Justicia chilena. En ese momento, fue sentenciado a una condena de seis años por incendio y tres años por tenencia ilegal de arma de fuego, pero Huala, en libertad condicional, se fugó.

Jones Huala, al momento de ser detenido en Río Negro, en enero de 2023. (Foto: N.A)

Un año después, el líder mapuche fue detenido por la policía de Río Negro. Desde entonces, estuvo bajo custodia en la cárcel federal de Esquel.

Al tomar conocimiento del paradero de Huala, la justicia chilena solicitó su extradición. Fue el juez Gonzalo Villanueva, el que aceptó el pedido a la vez que solicitó que se respeten los estándares internacionales de derechos humanos y que se tome en cuenta  el tiempo de privación de libertad en Argentina como parte del proceso.

Ante este fallo, la defensa de Jones Huala apeló a la Corte Suprema, alegando falta de medidas de prueba y persecución política. A fines de septiembre, el procurador general interino Eduardo Casal recomendó rechazar el planteo de la defensa, descartando motivaciones políticas en la condena de Jones Huala.

La decisión de la Corte Suprema

En la última instancia, este martes, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada y declaró procedente la extradición. En el escueto comunicado -que lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti- señalaron que “las críticas introducidas por el recurrente para privar de validez a lo resuelto en la instancia anterior no resultan idóneas como para obtener ese resultado. Así pues, y más allá de las respuestas que ha ensayado el juez a quo para no admitir las fuentes de prueba propuestas y para rechazar el planteo de nulidad introducido al inicio del debate, lo que le cabía a la parte recurrente era demostrar (...) cuál fue el perjuicio concreto que la privación de esas prueba le produjo”, algo que no hizo, se sostuvo.

Así, la Corte, confirmó la sentencia apelada en cuanto declaró procedente la extradición de Facundo Jones Huala a la República de Chile para el cumplimiento del remanente de pena por el cual se lo había requerido.

Ahora, la decisión final recae en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Este tendrá diez días hábiles, una vez recibido el expediente judicial, para decidir la concesión o denegación de la extradición.

La causa

En 2017, Jones Huala fue condenado por la Justicia chilena a una pena de seis años de prisión, acusado del incendio ocurrido en el latifundio Pisu Pisué, en la región de Los Ríos, en 2013, donde él dijo que nunca estuvo. Además, lo imputaron de la tenencia de armas de fabricación artesanal y la infracción a la Ley de Extranjería.

Tras la condena en Chile, se le otorgó la libertad condicional, al cumplir los dos tercios de la misma. Él pidió cumplir el resto de la pena, un año y cuatro meses, en Argentina.

Sin embargo, en febrero de 2022 fue revocado el beneficio de la libertad condicional, y Huala debió volver a prisión. Para ese momento ya estaba en Argentina, donde fue detenido una vez más en El Bolsón en enero pasado, y todo volvió a empezar.

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