Rodolfo Barra no solo fue uno de los ideólogos de las privatizaciones menemistas. El designado por el presidente electo Javier Milei como futuro procurador general del Tesoro, es decir, jefe de los abogados del Estado, con pasado nazi, tiene un largo historial como referente de la ultraderecha conservadora que trabajó siempre para obstruir derechos de minorías sexuales y mujeres. En 1991, como juez de la Corte Suprema votó con la “mayoría automática” que le negó la personería jurídica a la Comunidad Homosexual Argentina (CHA); en 2001 como titular de la Auditoría General de la Nación dictaminó contra la decisión de la ANMAT de autorizar la venta de la anticoncepción hormonal de emergencia --conocida como píldora del día después-- por alegar falsamente, contra toda evidencia científica, que se trata de un método abortivo; luego militó desde el llano --ya sin cargo público-- contra las leyes de Matrimonio Igualitario y de Interrupción Voluntaria de Embarazo al sostener en los debates legislativo --otra vez falsamente-- que son contrarias a la Constitución. Y actualmente es uno de los abogados que litigan contra el Estado para derogar la Ley de IVE, en una causa iniciada en Salta por la exsenadora nacional y ahora diputada provincial de esa provincia, María Cristina Fiore Viñuales, y que se encuentra en la Corte Suprema.
Desde que el Congreso sancionó la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo el 30 de diciembre de 2020 --hace tres años--, la derecha conservadora y religiosa presentó 36 demandas en distintas provincias y fueros a modo de laboratorio federal buscando que se declare inconstitucional. La mayoría fue rechazada. Pero tres llegaron a la Corte Suprema, donde están actualmente. Una de esas causas es la que impulsa Barra como abogado de FioreViñuales y de un grupo de ciudadanos. Fiore Viñuales es una reconocida militante celeste, que según publicaron medios salteños sería ministra de Educación de esa provincia cuando el reelecto gobernador Gustavo Sáenz inicie su nueva gestión a partir del 10 de diciembre.
Se trata de la causa caratulada “Fiore Viñuales, María Cristina y otros c/ Ministerio de Salud de la Nación s/acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, expediente N° FSA 004290/2020, que se inició en el Juzgado Federal de Salta N° 2, Secretaría N° 3.
El máximo tribunal del país no resolverá el fondo --esto es si es constitucional o no el derecho a abortar como establece la norma-- sino cuestiones previas de legitimación que tienen que ver con la capacidad procesal de cuestionar la ley 27.610 de quienes acuden a la justicia. Es decir, si Fiore Viñuales y sus abogados tienen legitimación para representar a embriones y fetos que todavía no fueron concebidos para cuestionar el derecho de las mujeres y otras personas gestantes a decidir sobre sus cuerpos.
En los primeros meses de este año, Barra pidió una audiencia para presentar sus argumentos --y hacer lobby-- en la Procuración General de la Nación, que tiene que dictaminar sobre el tema. Llamativamente --o no--, vulnerando reglamentación de la propia Corte Suprema, el procurador Eduardo Casal se la concedió para el 30 de mayo sin notificar a la otra parte, que es una coalición de ONG colitigantes --Mujeres x Mujeres, de Tucumán; Amnistía Internacional-Argentina, el CELS, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y Fundeps-- que junto al Estado, en este caso el Ministerio de Salud de la Nación, defienden la ley de IVE frente a los intentos “antiderechos” en el ámbito judicial para obstruir y eventualmente impedir la aplicación de la norma votada por el Congreso. Las ONG se enteraron y cuestionaron la audiencia que se haría sin la voz del Estado. Finalmente se reprogramó para el 11 de julio.
En esa reunión, que encabezó la procuradora fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de Derecho Público no Penal, Laura Mercedes Monti, fue muy simbólico que cuatro varones atacaran el derecho de las mujeres y otras personas gestantes a decidir si quieren o no interrumpir un embarazo en los términos de la ley 27.610. El team antiderechos lo encabezó Barra y estuvo acompañado por Pedro Javier María Andereggen, otro conocido abogado de la ultraderecha católica, apoderado de la Asociación Pro Familia --que en los ’80 operó para el Ejército en busca de la anulación del juicio al Jefe de la Policía Bonaerense durante la última dictadura militar exgeneral Ramón Camps, también litigó en tribunales porteños contra el Matrimonio Igualitario y la realización de abortos legales a mujeres y niñas violadas, y en 2004 pidió la clausura de la muestra de León Ferrari en el CC Recoleta. Además, junto a Barra y Andereggen estuvo el exdiputado provincial salteño Andrés Suriani, otro cruzado celeste.
Cada parte expuso sus argumentos a favor y en contra de la ley de IVE. “Ellos hablaron de vida biológica y latinazgos y nosotras y el Ministerio de Salud, de derechos humanos, democracia, igualdad, libertad, muertes evitables y justicia social”, resumió a Página 12 la abogada tucumana Soledad Deza, de Mujeres x Mujeres, una de las participantes del audiencia.
En realidad, la demanda que representa Barra se inició para que se declare inconstitucional la Resolución 1/2019 del Ministerio de Salud de la Nación --por la cual se actualizó el protocolo de atención de los abortos no punibles previstos en el Código Penal hace cien años-- y luego se amplió para que se declare también la inconstitucionalidad de la ley 27.610.
En primer lugar, el Juzgado Federal de Salta N° 2 declaró la improcedencia formal del planteo por entender que Fiore Viñuales y sus letrados carecían de legitimación para actuar en ese sentido. La exsenadora apeló y la Cámara Departamental --en voto dividido-- resolvió hacer lugar a su recurso. Frente a esa decisión, el Ministerio de Salud de la Nación interpuso un recurso extraordinario federal, que se encuentra actualmente en trámite.
“Rodolfo Barra es un administrativista dedicado desde hace décadas a cristianizar el derecho y moralizar las vidas de las mujeres y diversidades. Quizás el Barra más peligroso es el que armó los andamios menemistas para la concentración en el Poder Ejecutivo a través de delegaciones, lo que ahora necesita Milei para poder privatizar y rediseñar un modelo de gobierno que prescinde del Congreso, de la legitimidad democrática de las leyes y del sistema republicano”, consideró Deza consultada por Página 12.
“En la demanda de Fiore Viñuales contra la ley 27.610 él es patrocinante e invoca la representación de embriones inexistentes. Barra dijo en el caso sobre la personería jurídica de la CHA que los homosexuales no tenían derechos constitucionales y sobre nuestra libertad reproductiva piensa igual. ¿Se desbloqueó con esta elección la posibilidad de ilegalizar matrimonio igualitario, identidad de género, anticoncepción, aborto, ESI y tantas otras leyes que afianzan la igualdad? Lo sabremos los próximos cuatro años, pero sin dudas Barra, que responde a lo más rancio del derecho no es una elección neutral”, señaló Deza.
Barra contra el Matrimonio Igualitario
“La introducción del matrimonio homosexual requiere una reforma constitucional”, afirmó sin dudar el expolifuncionario menemista en el Senado como “experto” en contra del Matrimonio Igualitario, cuando en 2010 esa Cámara estaba por dictaminar sobre la reforma que luego consagró el derecho a las parejas del mismo sexo a casarse. Al presentarlo, la entonces senadora Liliana Teresita Negre de Alonso --otrora potente voz antiderechos-- recordó muy especialmente el hecho de que Barra había asesorado a la presidencia sobre “el derecho a la vida”, en tiempos de Menem y la política de acercamiento íntimo al Vaticano, como contó Soledad Vallejos en su crónica en este diario. Barra aseguró que no sólo el Código Civil no preveía el matrimonio entre personas del mismo sexo, sino que además “a nuestros padres fundadores (que redactaron la Constitución nacional de 1863) ni se les pasaba por la cabeza la posibilidad del matrimonio homosexual”, obviando en ambos casos cualquier referencia a las modificaciones posteriores.
No era la primera vez que levantaba su voz en contra de los derechos de personas gays. En 1991, como integrante de la Corte Suprema, Barra votó en contra de que se le otorgue personería jurídica a la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), reconocida organización de defensa de los derechos de LGBT+. Barra conformó el voto mayoritario pero quiso fundamentar su posición en forma personal. Entre otras cosas, escribió: “La valoración acerca de la homosexualidad es un problema controvertido en todos los países civilizados --de aquí la deferencia que esta Corte debe tener con respecto a la valoración efectuada por la autoridad competente-- existiendo, en general, una opinión o sentimiento disvalioso que llega, en numerosos Estados de los Estados Unidos de América a sancionar penalmente la sodomía (en particular entre homosexuales) aun cuando se realice por el consentimiento libre de los adultos comprometidos con ella y en el ámbito privado del domicilio de los mismos, lo que fue declarado constitucional por la Corte Suprema de Justicia del citado país en 'Bowers v. Hardwick' (478 U. S. del 30/6/86) sosteniendo que 'la Constitución no otorga un derecho fundamental a los homosexuales a practicar la sodomía' y que 'el hecho que la conducta homosexual ocurra en la privacidad del hogar no afecta el resultado' (de la causa) expresando así un juicio de valor acerca de una especial conducta sexual que dicho tribunal considera profundamente arraigado en la conciencia moral de aquella Nación”.
Barra contra la anticoncepción hormonal de emergencia
Su cruzada contra el derecho de las mujeres y personas con capacidad de gestar de decidir sobre su vida sexual y reproductiva viene de lejos. Hasta pretendió que se prohíba la anticoncepción hormonal de emergencia alegando falsos fundamentos científicos por los cuales se sostiene que es abortiva. En noviembre de 2001 como titular de la Auditoría General de la Nación emitió un duro dictamen contra la llamada píldora del día después, que había sido aprobada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), en el que precisamente consideraba la autorización del organismo como “una grave violación a la legalidad y a la correcta gestión en el ejercicio de las competencias pertinentes”. Ese escrito lo presentó en el juzgado federal 12 entonces a cargo de Serio Torres, donde los abogados denunciantes Carlos Esteva, Roberto Castellano, Eduardo Sequeiros y Luis Pilatti --otro conocido team antiderechos-- le imputaban a la Anmat “haber autorizado fármacos abortivos, entre ellos la llamada píldora del día después, que violaría la legislación constitucional, civil, penal y laboral que penaliza el aborto y protege la vida humana desde el primer instante de la concepción” .
Unos meses después, en marzo de 2002, la mayoría automática menemista dictaba una sentencia que prohibía ese anticonceptivo “por abortivo”, un argumento rechazado por la comunidad científica nacional e internacional y por la OMS. Pero nunca se pudo aplicar porque se refería a un producto con un nombre comercial que ya había salido de la venta.
La demanda la había impulsado Portal de Belén, una ONG con base en Córdoba que se ha dedicado a litigar contra el Estado para obstruir la garantía de los derechos sexuales y reproductivos, entre ellos el reparto gratuito de anticonceptivos.