Los abogados del gobierno nacional apelaron el fallo del juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, que el jueves pasado desarmó el amparo colectivo con el que el gobierno pretendía aunar todos los planteos contra el megaDNU que desreguló la economía, los alquileres, las prepagas, intenta derogar derechos laborales y habilita la privatización de las empresas públicas. Con esta apelación, siguiendo una estrategia trazada por el Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, el Poder Ejecutivo busca mantener la totalidad de las demandas contrarias al DNU en un único juzgado del fuero contencioso administrativo federal, en el que Barra tiene mayor influencia. Es decir, apuesta a armar un tapón contra las impugnaciones.

La apelación, sin embargo, no fue la única novedad del día. Al mismo tiempo que la Procuración del Tesoro mandaba este escrito, otros juzgados hicieron lugar a pedidos de amparo contra el DNU: por una lado, la federación de Viajantes obtuvo una cautelar en su favor; por el otro, tanto la Federación Argentina de Municipios como los Inquilinos Agrupados lograron que se habilitara la feria para tratar sus pedidos.

La suerte del DNU 70/2023 que, con la firma del presidente Javier Milei, busca instaurar una nueva ola de reformas neoliberales se definirá en la Corte Suprema -también debe pasar por el Congreso, que podría frenarlo pero sólo si sus dos Cámaras lo rechazan-. En lo judicial, cada presentación y sus apelaciones son parte del camino necesario hacia la Corte. En el fuero Contencioso, Lavié Pico aceptó la apelación y juega ahora la Cámara de elevación.

Qué argumenta la Casa Rosada

El argumento esgrimido por los abogados del Poder Ejecutivo es que el juez Lavié Pico, en su fallo desfavorable al gobierno, se “extralimitó en sus funciones”.

Lavié Pico lo dictó el 4 de enero, como magistrado a cargo durante la feria judicial. En ese momento ya se habían presentado varias demandas contra el DNU; en una de ellas, iniciada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad el juez en lo contencioso Esteban Furnari le dio al expediente el carácter de amparo colectivo, con lo que iba a pasar a atraer a todas las causas contra el DNU. Pero luego Lavié Pico, además de habilitar la feria para dar tratamiento a los planteos contra el DNU, desarmó el amparo colectivo, al entender que había temas del Decreto de Necesidad y Urgencia que merecían analizarse por separado. Uno de los efectos de su criterio es que abrió la posibilidad de que los recursos de amparo fueran tomados por distintos fueros (vale recordar que el DNU reforma cuestiones tan dispares como el Código Civil y Comercial, las leyes laborales, la regulación de las exportaciones)  y con ello se ampliaron las chances de que  fuera declarado inconstitucional.

La presentación de la Procuración del Tesoro planteó su queja justamente en esos términos: la decisión del juez, sostuvo, “produce efectos gravísimos para la defensa del Estado Nacional, en tanto produce la multiplicación de litigios"; agregó que un riesgo extra es la de "tener sentencias contradictorias”.

Por otra parte, la apelación acusó a Lavié Pico de haber dictado un medida de manera arbitraria, “toda vez que la emitió de oficio” y “por fuera de los planteos introducidos por las partes”. En este punto, lo que señaló la Procuración es que el juez no tenía jurisdicción para expedirse sobre si los amparos debían o no ser considerados como un solo proceso colectivo, y que además nadie le había pedido que se expidiera sobre el tema.

Los abogados del gobierno -firmaron la apelación Carolina Maidana y Rodolfo Aguirre- sostuvieron finalmente que, repartidos en distintos juzgados, los expedientes significarán un mayor gasto para el Estado. Tras su apelación, el fallo de Lavié Pico será revisado por Sala de Feria de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, integrada por Sergio Fernández y Carlos Grecco.

Otros amparos

Otra novedad del día sobre del DNU fue un fallo dictado por la jueza Silvia Garzini, del fuero laboral, que hizo lugar a un pedido de los viajantes de comercio y frenó la aplicación de reformas laborales.

La Federación de Viajantes lo había solicitado porque el DNU derogó su estatuto de trabajo. Al pedir el amparo, señalaron que el Presidente se arrogó facultades del poder Legislativo, y agregaron que lo hizo sin que ninguna razón de necesidad y urgencia lo justificase.

Al emitir su postura, la jueza defendió la competencia del fuero laboral y se apoyó en lo resuelto la semana pasada por la Cámara de ese mismo fuero, en el amparo promovido por la CGT.

También lograron avanzar un paso en su pedido de que sea dictada una cautelar los Inquilinos Agrupados. La asociación informó que el juez Lavié Pico, habilitó la feria judicial para tratar su solicitud para que el decreto 70/2023 que deroga la ley de alquileres sea declarado nulo.

De la misma manera, durante la feria la justicia quedó habilitada para tratar el planteo de la Federación Argentina de Municipios. La FAM hizo su pedido en representación de 500 intendentas e intendentes de todo el país, quienes advirtieron que el DNU afecta muchos aspectos de la vida de sus "vecinas y vecinos, atenta contra las pymes y los productores regionales". En su presentación los jefes comunales aseguraron que el DNU "conduce a la suma del poder público", lo que "constituye una amenaza cierta e inmediata sobre el sistema democrático".