ECONOMíA › EL GOBIERNO RECLAMó QUE LA CAUTELAR OBTENIDA POR LA SOCIEDAD RURAL SEA TRATADA POR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Jueces recusados y pedido de otro fuero

El Gobierno recusó a todos los jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial luego de que este fuero le concediera una medida cautelar a la Sociedad Rural. También pidió que del caso se ocupe el fuero en lo Contencioso Administrativo.

 Por Sebastián Premici

El Gobierno recusó nuevamente a todos los jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial luego de que este fuero le concediera una medida cautelar a la Sociedad Rural. Antes, el mismo fuero le había concedido una medida cautelar al Grupo Clarín, en la causa por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. También solicitó un cambio de jurisdicción para que el fuero en lo Contencioso Administrativo dirima sobre el decreto 2552, que estableció la recuperación del predio Ferial de Palermo, ocupado por la SRA.

Hace dos semanas, el Ejecutivo dictó un decreto para anular la venta de ese predio por 30 millones de dólares, cuando una tasación posterior determinó que su valor era de 60 millones de dólares. Además, la SRA no terminó de pagar ese monto. La Justicia penal determinó que por esa transacción se pagó un “precio vil” y procesó por el delito de peculado a Domingo Felipe Cavallo, ex ministro de Economía, y al ex presidente de la SRA Eduardo Agustín Carlos de Zavalía, entre otros.

Luego del decreto 2552, la SRA intentó conseguir una medida cautelar en el fuero Civil y Comercial. Pero la jueza de primera instancia Silvina Bracamonte rechazó la solicitud de los ruralistas por “improcedente”. Sin embargo, los directivos de la SRA sabían que terminarían en la Cámara Civil y Comercial, que finalmente les concedió la cautelar. La Sala de feria, conformada por Graciela Medina, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni, habilitó la feria para tratar la medida cautelar de la SRA. Una vez que falló a favor de la entidad, clausuró la feria. Por eso ayer el Ejecutivo volvió a pedir la habilitación para avanzar en su estrategia judicial.

Las líneas argumentales del Ejecutivo fueron tres. Por un lado, en el escrito presentado ayer, los funcionarios del Gobierno explicaron que los magistrados que integran la Cámara cuestionada ya habían sido denunciados previamente por presuntos “ilícitos en la designación de jueces subrogantes”, en la causa vinculada con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. “Se procede a la recusación de todos los jueces (de la Cámara) por entenderse que los mismos se hallan incursos en la causal de recusación fijada en el artículo 17 (inciso 5) del Código Procesal, por cuanto dichos magistrados fueron denunciados penalmente por el Estado nacional”, sostuvo el Ejecutivo en su presentación, formalizada ayer.

Pero ésta no es la única sospecha que pesa sobre los magistrados de la Cámara. Por ejemplo, al igual que De las Carreras, Guarinoni fue recusado por el Gobierno por haber aceptado un viaje a Miami, auspiciado por el Grupo Clarín. Incluso, la Sala II –que tuvo la cautelar de la SRA antes de la feria– es la que benefició al holding al unificar dos causas diferentes. Esta movida fue firmada por Guarinoni y Santiago Kiernan, otro juez recusado por haber viajado a Miami y quien optó por renunciar a su cargo.

El segundo de los argumentos es que al existir una causa penal anterior, con un auto de procesamiento, primero debería resolverse esta situación antes de recurrir al fuero civil, como viene intentando la Sociedad Rural desde febrero de 2012, cuando comenzó a solicitar cautelares a su favor. El pasado 7 de febrero, la entidad patronal pidió una medida cautelar con el objetivo de que “se ordene al Poder Ejecutivo nacional que se abstenga de alterar los derechos emergentes del contrato civil de compraventa”. Y el 15 de agosto del mismo año inició ante el Juzgado Civil Comercial Federal Nº 8 una acción declarativa de certeza. No por casualidad, para dictar su medida cautelar la Cámara se valió de esa “acción declarativa de certeza” para reconocer a la SRA como titular del predio y avalar la injerencia del fuero Civil y Comercial.

“Acá hay una contradicción entre lo que resolvieron el juez penal Sergio Torres y la Cámara Civil. Si hay una causa penal en marcha, primero debe resolverse ésta y luego tiene participación el fuero civil. La actitud de la Cámara desbordó toda racionalidad”, explicó a Página/12 el abogado Eduardo Barcesat. A esta reflexión habría que agregarle otro dato. Al momento de conceder la cautelar, la Cámara avanzó sobre la cuestión de fondo y afirmó que el Estado no tenía legitimidad para reclamar por el predio de Palermo, cuya venta se realizó hace 20 años.

Por la causa penal mencionada hay varios procesados. Incluso, la Corte Suprema de Justicia tiene en sus manos un dictamen de la Procuración a favor de abrir nuevamente la investigación sobre las responsabilidades de Menem en la entrega de La Rural.

El tercer argumento tiene que ver con el cambio de fuero. Al tratarse, en esta instancia, de una revisión judicial de un acto del poder administrativo, debería ser competencia del Contencioso Administrativo. Por eso el Ejecutivo planteó la “declinatoria por incompetencia” de la Cámara cuestionada, según el artículo 4º del Código Procesal. “La recusación deberá ser analizada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo, según lo dispone el decreto ley 1285/58 (que fue modificado a través de los años). Y es la misma Cámara contenciosa la que deberá definir si es competente para resolver la legalidad del decreto 2552”, concluyó Barcesat.

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Imagen: DyN
 
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