EL PAíS › EL GOBIERNO APELO EL FALLO QUE BLOQUEO EL USO DE LAS RESERVAS

Un paso en camino a la Corte

El planteo sostiene que la Cámara en lo Contencioso Administrativo se excedió y asumió atribuciones parlamentarias. También señala que los diputados que promovieron los amparos contra el Fondo del Bicentenario carecen de legitimación para hacerlo.

 Por Irina Hauser

La Cámara en lo Contencioso Administrativo allanaría el camino para que, como pidió ayer el Gobierno, la Corte Suprema intervenga en el conflicto por las reservas del Banco Central. El nuevo procurador del Tesoro, Joaquín Da Rocha, presentó un recurso extraordinario en el que reclama que el máximo tribunal tome cartas en el asunto y revoque el fallo que dejó bloqueados los 6569 millones de dólares destinados al pago de la deuda al menos hasta que se expida el Congreso. El planteo dice que los legisladores de la oposición que promovieron medidas cautelares contra el Fondo del Bicentenario carecen de legitimación para eso y acusa a las camaristas que actuaron durante la feria judicial de haberse excedido y asumido atribuciones parlamentarias.

La apelación de la Casa Rosada cuestiona la resolución de hace dos semanas de las juezas Marta Herrera y Clara Do Pico, donde confirmaron la medida cautelar con que la jueza María José Sarmiento congeló las reservas que el Decreto de necesidad y urgencia 2010/09 había asignado al pago de vencimientos de la deuda pública. Para las juezas no hubo circunstancias excepcionales que justificaran haber salteado el examen parlamentario del DNU. El procurador Da Rocha –jefe de los abogados del Estado– requirió que ahora sea el máximo tribunal el que revise el fallo de las camaristas. Pero el camino hasta la cúspide del Poder Judicial no es lineal ni automático.

Por norma, el recurso extraordinario se presenta ante la Cámara, que es la que debe decir si corresponde aceptarlo o no. Si lo admite, pasa a la Corte, que volverá a evaluar si están dadas las condiciones para tramitarlo. Lo habitual es que este tipo de planteos no prospere si no hay una sentencia definitiva –y en este caso no la hay– a menos que existan argumentos que lo justifiquen. El escrito del Poder Ejecutivo dice que es “una cuestión de gravedad institucional”, ya que se “suspendió la implementación de la estrategia definida por el Estado nacional para su reinserción en los mercados de bonos, perjudicando las expectativas sobre el canje de títulos y provocando alteraciones en la colocación de títulos”. También pide que la Cámara no sólo apruebe el recurso sino que lo haga con “efecto suspensivo”; es decir, que ponga la medida cautelar en veremos y libere los fondos.

Según anticiparon a Página/12 allegados a la causa, todo indicaría que la Cámara aceptaría abrir el recurso extraordinario y podría también –aunque eso todavía está en discusión– suspender la medida cautelar, lo cual implicaría la liberación de los fondos. Más exquisitos para aceptar un caso sin sentencia definitiva, Sus Señorías ya dejaron trascender que les parecería “más sano” que el problema encuentre su cauce político. Hasta ahora son dos los expedientes que llegaron hasta el tribunal de alzada: el que impulsaron Federico Pinedo (PRO) y legisladores de la Coalición Cívica y el que promovió la UCR. Otro, del PJ disidente, viene rezagado. Pero ayer se resolvió, según fuentes judiciales, que todos quedarán unificados en la Sala IV, que integran Jorge Morán y, como subrogantes, Sergio Fernández y Luis Márquez.

El escrito de Da Rocha sostiene que los legisladores que iniciaron las causas en danza que lograron paralizar el Fondo del Bicentenario “carecen de interés especial” para demandar y “podían y debían ejercer sus competencias en el Congreso”. Ellos han planteado que como el decreto fue previo al receso de verano, se los privó de la posibilidad de revisarlo. La Corte suele tener un criterio muy restrictivo para aceptar la legitimación en demandas colectivas, algo que podría jugar a favor del Ejecutivo en este caso. Incluso en el fallo de esta semana que rechazó la demanda de San Luis contra el uso de reservas, Sus Señorías lo dejaron bien en claro: sólo están legitimados, dijeron, el defensor del Pueblo, las organizaciones de la sociedad civil y los afectados directos.

El texto que entregó ayer el Gobierno dice también que la Cámara que falló en su contra durante la feria “pretendió desnaturalizar” la esencia de los DNU y ciertas facultades de legislar que tiene el Ejecutivo. “La Cámara omitió el marco institucional en el cual se dictó la medida”, agrega. “Se trataba de políticas de Estado sobre el endeudamiento, la necesidad de expandir la economía y la incidencia de los mercados internacionales, de carácter urgente, debido a las circunstancias existentes (...) el tribunal se excedió y suplió la labor del Congreso”, señaló la Procuración.

Es difícil que el Gobierno pueda disponer de las reservas antes de que el DNU sea revisado por el Congreso. La Cámara en lo Contencioso le notificará a la oposición la apelación del Estado y tendrá desde el lunes diez días hábiles para responder. Para ese entonces es factible que el Parlamento esté cerca de sesionar y de pronunciarse sobre el decreto. ¿Qué pasará entonces con la presentación ante la Corte? El caso –explicaron expertos del fuero contencioso consultados por este diario– perdería sustancia si el decreto quedara firme con aprobación parlamentaria, pero los jueces supremos algo tendrían que decir sobre la medida cautelar, aunque sea para dejarla sin efecto ante la resolución política del tema.

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La Corte Suprema, llegado el caso, tendrá que decidir si acepta o no el recurso planteado por el Gobierno.
Imagen: Gustavo Mujica
 
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