EL PAíS › RESTITUYENA TELLECHEA

Suspensión suspendida

La Suprema Corte de Justicia bonaerense suspendió ayer los efectos del decreto por el cual el Concejo Deliberante de Necochea había separado preventivamente al intendente kirchnerista Horacio Tellechea, acusado por irregularidades en la compra de aparatos para el hospital municipal. El tribunal, por mayoría, hizo lugar a una medida cautelar interpuesta por el jefe comunal, electo hace un año en representación del Frente para la Victoria, y ordenó la “suspensión, hasta tanto se dicte sentencia en este conflicto, de los efectos del decreto número 2788/2012, dictado por el Concejo Deliberante de la municipalidad de Necochea”. Los jueces ordenaron además la “inmediata reincorporación del intendente en el cargo”.

Tellechea llegó en 2009 al Concejo Deliberante y en octubre de 2011 asumió como intendente con el 41 por ciento de los votos, superando al duhaldista Roberto Rago. Los votos no le alcanzaron para tener mayoría en el Concejo, que terminó dominado por la oposición, con siete concejales que responden al dirigente de los peones rurales Gerónimo Venegas y cinco radicales. Esa mayoría aprobó en octubre la formación de una comisión para investigar la primera licitación del mandato de Tellechea. Le objetaron haber pagado la segunda de dos cuotas destinadas a adquirir equipamiento para el Hospital Emilio Ferreyra antes de que los equipos fueran entregados. “Con una mayoría de dos tercios pueden votar lo que quieran, pero acá no hubo dolo, no hay corrupción”, aclaró entonces el intendente.

El 23 de noviembre, con trece votos contra cinco, el Concejo Deliberante lo suspendió por 90 días. La mayoría de la Corte bonaerense consideró ayer que el trámite seguido por la comisión investigadora “adolecía, prima facie, de irregularidades que justifican el dictado de la medida cautelar”. Se precisó que en cuanto a los hechos imputados “no habían sido precisamente definidos como exige la ley” y que la suspensión se había adoptado “por fuera de los parámetros procesales establecidos en la Ley Orgánica Municipal”.

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