EL PAíS › REABREN INVESTIGACIóN POR PEDIDO DE PROCELAC

Vaciamiento del Banco de Santa Fe

La Justicia ordenó a mediados de mes reabrir la causa por el vaciamiento del Banco Santa Fe, ocurrida entre 1979 y 1990. La Cámara Federal de esa provincia hizo lugar a un recurso de queja por retardo de Justicia, presentado por el fiscal Walter Rodríguez y el titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), Carlos Gonella. De ese modo, se reinició la investigación de una defraudación bancaria por 500 millones de dólares que, según denunció la Procelac, había quedado impune por la complicidad de un grupo de jueces que “durmieron” el expediente hasta que se dictó el sobreseimiento de los imputados y la posterior prescripción de la causa.

La denuncia inicial data del 27 de agosto de 1990 y fue presentada por la comisión gremial interna del Banco. En ese entonces, se informó que la entidad había otorgado préstamos de altísimo riesgo y sin justificativos razonables por 500 millones de dólares. Además, se aseguró que había transferido recursos hacia el gobierno de la provincia de Santa Fe. Una inspección posterior del Banco Central corroboró las irregularidades. En lo que respecta a la cartera de créditos, el organismo determinó que los 54 principales deudores de la entidad representaban el 85 por ciento de la cartera, lo que evidenciaba “una altísima concentración y un total desconocimiento de la normativa vigente”. A ello, se agregó un porcentaje muy alto de incobrabilidad (46,16 por ciento), lo que resultaba, según el Central, “inusual en el sistema financiero argentino y aún más a nivel internacional”. Eso se explica por el otorgamiento de préstamos sin ningún tipo de aval.

El primer magistrado a cargo de la causa, Raúl Joaquín Dalla Fontana, recolectó los antecedentes de las operaciones, lo que dio sustento a una importante cantidad de declaraciones testimoniales. En ese momento fue que Omar Reynaldo Lainatti, presidente del Directorio de Lainatti Hnos. S.A., brindó testimonio y expuso que el banco otorgó a dicha firma un préstamo sin aval, en el marco de un negocio acordado con autoridades de aquella entidad. Como consecuencia de ello, se ordenaron una serie de medidas orientadas a profundizar dicho punto. Sin embargo, el magistrado fue recusado y el 7 de marzo de 1991, apenas seis meses después de iniciada la investigación, la Sala “A” Penal de la Alzada lo apartó de la causa. Lo que vino después, según denunció la Procelac, fueron una serie de maniobras destinadas a garantizar la impunidad de los responsables de la estafa, por parte de los jueces Héctor Tripicchio, Víctor Hermes Brusa y el fiscal Gerardo Yebra, quien también subrogó como juez, entre otros, por no darle impulso procesal alguno a la causa.

Finalmente, el 28 de mayo de 2008, el Ministerio Público tomó intervención nuevamente y la fiscal Cintia Graciela Gómez pidió que se declare la extinción de la acción penal por prescripción. El juez Reinaldo Rodríguez, ya por entonces al frente de la causa, no resolvió. Recién lo hizo el 24 de junio de este año cuando declaró extinguida la acción penal. La decisión fue apelada por el fiscal Walter Rodríguez, quien se basó en un dictamen de la Procelac, elaborado por Gonella y Pedro Biscay, quienes remarcaron que sólo se puede considerar que hay cosa juzgada en el caso de las sentencias dictadas luego de un debido proceso. Eso no ocurrió aquí porque, según Procelac, el accionar de los jueces estuvo “dirigido a simular el curso de un proceso penal tendiente a la averiguación de la verdad, cuando en realidad el genuino ánimo de aquellos era entorpecerlo, de modo tal, que nunca se llegase a establecer quienes perpetraron los hechos y echar así un manto de impunidad sobre los mismos”. La cámara consideró válido el argumento y ordenó entonces reabrir la investigación.

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