EL PAíS › CRONOLOGIA DE LAS NORMAS VOTADAS
TRAS DOS LEVANTAMIENTOS MILITARES

La génesis y el ocaso de la impunidad

El fallo de la Corte Suprema que ayer declaró la inconstitucionalidad de las leyes de impunidad sella un proceso que marcó el pulso de la vida política durante los últimos veinte años.
- La ley de Punto Final (23.492) fue sancionada el 24 de diciembre de 1986. La norma establecía un plazo perentorio de 60 días para que los tribunales que instruían causas por delitos de lesa humanidad procesaran a los imputados. Todos aquellos represores que no fueran acusados antes de ese lapso quedaban sin juzgar por prescripción de la acción penal en su contra.
- Contra las intenciones del entonces presidente Raúl Alfonsín, que buscó contener con esta política posibles represalias de las Fuerzas Armadas por el procesamiento a los integrantes de la dictadura, la sanción de la norma promovió una ola de citaciones y enjuiciamientos que agudizaron la situación. Al cumplirse el plazo dispuesto por el Punto Final, había 400 militares procesados. El conflicto desencadenó los episodios de Semana Santa: encabezados por Aldo Rico, un grupo de oficiales se acuarteló en Campo de Mayo para reclamar que no se procesara a los militares de menor rango. El argumento exigía la distinción entre quienes dieron las órdenes y quienes se limitaron a cumplirlas. El resultado fue la sanción el 4 de junio de 1987 de la ley de Obediencia Debida (23.521), que estableció la exención de culpa para los oficiales y el personal de tropa.
- La ley de Obediencia Debida significó el cierre de las investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos, incluyendo las “megacausas” ESMA y Primer Cuerpo del Ejército. En total fueron 1180 los militares y efectivos de las fuerzas de seguridad beneficiados con las leyes del perdón. Sólo continuaron siendo procesados aquellos involucrados en la apropiación de menores y en la causa del Plan Cóndor, que investiga la represión conjunta entre las dictaduras del Cono Sur durante la década del ’70.
- El 22 de octubre de 1987 la Corte declaró la constitucionalidad de las leyes. El fallo contó con la aprobación de tres de sus actuales miembros: Carlos Fayt, Augusto Belluscio y Antonio Boggiano.
- La política de impunidad fue avalada por el gobierno de Carlos Menem, quien en octubre de 1989, además, indultó a 277 civiles y militares.
- En 1993 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró que tanto las dos leyes como los indultos eran incompatibles con los principios sentados por la Convención Americana de Derechos Humanos.
- El 24 de marzo de 1998, en el 22º aniversario del golpe de Estado, la Cámara de Diputados votó por amplia mayoría la derogación de las normas, con lo que se impedía su aplicación a futuro. El proyecto inicial, presentado por los ex diputados del Frepaso Juan Pablo Cafiero y Alfredo Bravo, contemplaba la nulidad pero la medida no fue aprobada.
- El 6 de marzo de 2001 por primera vez un juez federal declaró la inconstitucionalidad de las leyes. La decisión fue adoptada por el juez Gabriel Cavallo en el marco de la causa que investiga la desaparición de Gertrudis Hlaczik, José Poblete y la hija de ambos, Claudia Victoria (ver nota aparte). El fallo fue ratificado por la Cámara Federal en noviembre de ese año.
- Siete meses después el juez federal Claudio Bonadío también dictó la inconstitucionalidad de las normas, en una causa en la que procesó y dictó la prisión preventiva del ex almirante Emilio Massera y de otros 5 represores de la ESMA por el secuestro y la posterior apropiación de bienes de tres desaparecidos: el abogado Conrado Gómez, el empresario Victorio Cerruti y el contador Horacio Palma.
- Finalmente el 25 de agosto de 2003 el Senado anuló las leyes de punto final y obediencia debida. La iniciativa fue impulsada por el presidente Néstor Kirchner. El 14 de julio de 2004 la Sala I de la Cámara Federal dictaminó la validez de la anulación confirmando la continuidad de las causas reabiertas contra los represores en todo el país.

Informe: Carolina Keve.

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