SOCIEDAD › LA OMS PUBLICó UN PROTOCOLO MéDICO PARA LA REALIZACIóN DE ABORTOS

Manual para resguardar la vida

El manual está dirigido a funcionarios que formulen políticas, administradores de programas de salud sexual y reproductiva y equipos médicos. Está destinado a resguardar los derechos humanos y la salud de las mujeres, según la legislación de cada país.

 Por Mariana Carbajal

La Organización Mundial de la Salud publicó una guía especializada en la atención de abortos, con recomendaciones médicas basadas en evidencia científica, con el objetivo de que los servicios hospitalarios garanticen que la interrupción del embarazo –de acuerdo con las legislaciones vigentes en cada país– sea una práctica segura y no se ponga en riesgo la vida de las mujeres. El manual, aclaró la OMS, apunta a “resguardar tanto los derechos humanos como la salud de las mujeres”. Entre otras pautas, el organismo internacional aconseja que los servicios para realizar los abortos legales “deben ser de fácil acceso para todas las mujeres”, es decir, “deben estar disponibles en el primer nivel de atención con sistemas de derivación a los niveles de mayor nivel si se requiere”.

Las recomendaciones están contenidas en la publicación Aborto sin riesgos. Guía técnica y de políticas para sistemas de salud, que se presentó en la Argentina en el Centro de Estudios de Estado y Sociedad (Cedes). La flamante guía, fue realizada en Ginebra por el Departamento de Salud Reproductiva e Investigación de la OMS y un equipo internacional de expertos. De aplicación mundial, los destinatarios de la guía son los funcionarios a cargo de la formulación de políticas, los administradores de programas de salud sexual y reproductiva y los equipos médicos prestadores de servicios de aborto.

Entre otras recomendaciones, plantea que a la hora de analizar el financiamiento de los servicios hospitalarios donde son atendidos los abortos legales se debe “asegurar que puedan ser recibidos por todas las mujeres que los necesiten”. “El costo de agregar la atención del aborto seguro a los servicios de salud existentes probablemente sea menor que los costos derivados de la atención de las complicaciones de abortos inseguros”, subraya el organismo. También sugiere que “los estándares y recomendaciones nacionales para la atención del aborto seguro deben basarse en las evidencias y ser actualizados periódicamente”. Y que “se debe asegurar el entrenamiento de los prestadores de servicios de aborto de modo que adquieran las capacidades necesarias para proveer cuidados de calidad de acuerdo con los principios y estándares nacionales”.

En diálogo con Páginað12, la médica e investigadora del Cedes y del Conicet Mariana Romero dijo que “en general, la aplicación de estas recomendaciones se deberá ajustar a cada mujer, con énfasis en su situación clínica, el método específico de aborto que se use, y respetando las preferencias manifestadas por cada mujer respecto de la atención” .

–¿Qué aplicación debe tener la guía en el país? -le preguntó este diario.

–Esta guía enmarca la provisión de servicios de aborto en las políticas y programas de los sistemas de salud. Por tanto, en Argentina debe orientar los servicios a brindar en todos los casos de interrupción legal del embarazo que están vigentes en Argentina: peligro para la vida, peligro para la salud y embarazo producto de una violación.

–¿Por qué es relevante?

–Porque al ser publicada por la OMS no sólo reúne el más alto estándar del conocimiento científico, incluidas recomendaciones clínicas y cómo deben organizarse los servicios de salud, sino también porque enmarca la provisión de los servicios de aborto dentro de la promoción de la salud de las mujeres y del respeto a los derechos humanos. Además como otras publicaciones, es el resultado del consenso de los Estados miembros de Naciones Unidas.

–¿Que dificultades observa en la implementación del histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia del 13 de marzo que estableció los lineamientos que deben cumplir las provincias para garantizar el acceso a los abortos legales, particularmente en caso de violación?

–Las dificultades son diversas a pesar de que el fallo es ejemplar y esclarecedor. Por un lado, los servicios de salud requieren normativas de la autoridad sanitaria y por ello en aquellas provincias donde se han aprobado protocolos, la situación está mejor. Lamentablemente, la redacción de estos protocolos no siempre está acorde al fallo y allí tenemos otra dificultad. Por mencionar otra, las mujeres aún no han sido suficientemente informadas de los alcances y la traducción en concreto de este fallo. Esto hace que la demanda, si finalmente llega, pueda ser tardía o la mujer sea disuadida en su solicitud.

–¿El aborto dejó de ser un tema tabú en la Argentina?

–Creo que la sociedad habla más y mejor, que toma posición y debate. Sin duda existen diferencias regionales.

–En algunas provincias, como Misiones, por ejemplo, en los hospitales los médicos, en una amplia mayoría, se han declarado objetores de conciencia para no realizar abortos legales. ¿Puede esa situación terminar siendo una barrera para garantizar el derecho al aborto en los casos contemplados en el Código Penal?

–No, en términos teóricos. Las personas pueden objetar, pero los responsables de los servicios deben responder ya que no existe la objeción institucional. Es responsabilidad de la autoridad sanitaria gestionar los servicios de salud de forma que ninguna mujer vea vulnerado su derecho a acceder a un aborto contemplado dentro del marco de la ley.

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