SOCIEDAD

E-MAIL

La Cámara Laboral falló a favor de un trabajador despedido por usar para fines particulares el e-mail de su empresa, porque ésta “no había dictado norma alguna” sobre el uso del correo electrónico. La empresa lo había echado “por su exclusiva culpa”, sin indemnización. Pero el tribunal –integrado por los jueces Pasini, Ruiz Díaz y Brunengo–, al confirmar un fallo de primera instancia, observó que la empresa “no acreditó norma escrita o verbal sobre el uso que debían hacer los empleados del correo electrónico” y que despidió al empleado “sin hacerle ninguna advertencia previa”, siendo que “las condiciones de uso y acceso al correo electrónico laboral deben ser notificadas por medio fehaciente”.

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