SOCIEDAD › POR NO ADOPTAR MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EVITARLO

El Estado debe pagar por un femicidio

La provincia de Córdoba deberá indemnizar con más de 100.000 pesos a los padres de una joven de 19 años que, junto a su bebé de un año, fue asesinada por su ex esposo en el año 2000. En el fallo, un tribunal consideró que la policía no adoptó las medidas de seguridad correspondientes, pese a las denuncias por violencia de género realizadas por la víctima en reiteradas oportunidades.

La Cámara en lo Civil y Comercial de 5ª Nominación de la ciudad de Córdoba tomó la decisión al concluir que la policía provincial “no adoptó las medidas de seguridad exigidas por los tratados internacionales para evitar hechos de violencia contra la mujer, pese a las reiteradas denuncias previas que la mujer había formalizado contra su marido”.

A partir del fallo, el Estado provincial deberá indemnizar con 113.067 pesos (100.000 de ellos en concepto de daño moral) a los padres de María Belén Quiñones, de 19 años que, junto a su bebé de un año, fue asesinada por su ex esposo, Alejandro Chávez, quien se suicidó poco después del doble crimen.

En su voto, la camarista Claudia Zalazar sostuvo que “el Estado tiene un deber de diligencia reforzado, que lo coloca en una posición de garante ante el riesgo de violencia basada en el género, lo que lo obliga a examinar los factores de previsibilidad y evitabilidad de ciertos hechos”. “No se trata –añadió– de atribuir responsabilidad estatal frente a cualquier violación de derechos humanos cometida entre particulares. El deber del Estado de adoptar medidas de prevención y protección está condicionado, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por el conocimiento de una situación de riesgo real e inmediato para un individuo o grupo de individuos determinado y por la posibilidad razonable de prevenir y evitar ese riesgo.”

El estado provincial “no ha cumplimentado esa obligación reforzada, tomando las medidas que eran necesarias ante el riesgo particularizado denunciado por María Belén Quiñones a los fines de prevenir y evitar el desenlace fatal”, sostuvo la camarista.

En su voto, la magistrada dio por acreditadas las “reiteradas exposiciones y denuncias” que, con anterioridad al hecho, Quiñones había efectuado respecto de su ex esposo.

El crimen ocurrió el 9 de diciembre de 2000, cuando Chávez ahorcó a su ex mujer y asesinó de un piedrazo en la cabeza a su hijo Nahuel, de un año, y luego abandonó los cadáveres en un baldío. Chávez fue detenido al día siguiente, pero a las pocas semanas se suicidó.

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