SOCIEDAD › SE APROBO PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA PORTEÑA

Ley contra la violencia laboral

Una ley que protege a trabajadores de las distintas formas de maltrato psíquico-social y acoso sexual que puedan sufrir en sus respectivos empleos fue sancionada por la Legislatura porteña en su última sesión del año. Los alcances del texto aprobado, sin embargo, estarán acotados al ámbito de la administración pública porteña y afectarán las conductas de los empleados jerárquicos únicamente, incluidos los diputados y el jefe de Gobierno.
En la fundamentación de su proyecto, la legisladora Juliana Marino (Frente Porteño) afirmó que “muchas veces la violencia laboral no es advertida por quien la sufre, porque ha pasado a ser parte de las cosas que deben soportarse para conservar el trabajo. A partir de ahora trabajadores y trabajadoras sabrán cuáles son sus derechos y podrán hacerlos valer y quienes lleven a cabo este tipo de acciones podrán ser identificados y sancionados”.
La ley condena el “maltrato psíquico y social” que se expresa en la hostilidad continua y repetida a través de insultos, desprecio y crítica. Entre los hechos más destacados de este tipo de violencia se mencionan el bloqueo constante de las iniciativas, cambios de oficina con propósitos de aislamiento, la obligación de tareas denigrantes, asignar tareas irrealizables y amenazas repetidas de despido.
El “maltrato físico” es definido por toda aquella conducta “que directa o indirectamente esté dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a los trabajadores”.
El acoso, de acuerdo con la norma, es “la acción persistente y reiterada de incomodar con palabras o gestos”, mientras que el “acoso sexual” se reconoce en la “conducta reiterada de asedio u hostigamiento de naturaleza sexual o de otros comportamientos basados en el sexo”. Hasta ahora regía en el ámbito de la administración pública porteña una normativa que sancionaba el acoso sexual, pero casi no se aplicaba. La ley también contempla la “inequidad salarial” al diferenciarse la retribución a pesar de realizar tareas equivalentes.
La ley establece sanciones que van desde multas y la suspensión del victimario hasta la cesantía y la exoneración, de acuerdo con la gravedad de la falta.
“Es una ley de avanzada. Además, facilita la denuncia”, destacó en diálogo con Página/12 Marcela Manuel, coordinadora de la Secretaría de Igualdad de Oportunidades de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), que desde hace algunos años impulsa la sanción de este tipo de normativas en todo el país. Ya existe una similar en la provincia de Tucumán.

Compartir: 

Twitter

 
SOCIEDAD
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.