SOCIEDAD › LA JUSTICIA DE CHUBUT ORDENO LA LIBERTAD DE 13 PRESOS

Mejor libres que hacinados

La Cámara del Crimen responsabilizó al Ejecutivo por las pésimas condiciones de alojamiento en la Alcaidía de Comodoro Rivadavia. Ordenó liberar a 13 presos. Polémica con el gobernador Das Neves.

 Por Horacio Cecchi

Que el sistema carcelario está en crisis no es nuevo. Pero que un tribunal decida tomar el toro por las astas y aplicar determinaciones inmediatas es, al menos, algo poco habitual. En Chubut, la Sala 1 de la Cámara del Crimen ordenó al gobierno local liberar a trece presos para descomprimir el hacinamiento carcelario. La decisión sacó de quicio al gobernador Mario Das Neves, quien acusó a los jueces de “confrontar con la sociedad” y de “chicaneos”. El fallo de los camaristas Martín Montenovo, María Elena de Petinari y Daniel Pintos acogió en forma favorable el hábeas corpus correctivo presentado por la Defensoría Pública, por el hacinamiento de presos en la Alcaidía Policial y por la pésima alimentación de los detenidos en la comisaría de Mosconi.

El origen del fallo se retrotrae a una larga serie de denuncias de la Defensoría Oficial de Comodoro Rivadavia por el hacinamiento de los presos y por lo que consideraron “condiciones denigrantes a la condición humana las que sufren las personas privadas de su libertad”. En una serie de visitas de los defensores, de jueces, camaristas y del propio Superior Tribunal de Justicia, quedó documentado el estado deplorable de los presos. Según la presentación de los defensores Sergio Oribones, Iris Moreira y Eduardo Cerdá, en una de las comisarías, que tiene el doble de presos de lo que permite su capacidad, los detenidos usan una botella de plástico como inodoro porque no hay suficientes policías como para custodiar a los presos cuando van al baño.

Los defensores pidieron que como medida de descompresión fueran liberados una serie de presos hasta alcanzar la capacidad real del lugar. Además, reclamaron que en la seccional de Mosconi se proveyera a los presos de alimentos ya que habían comprobado que las raciones diarias apenas si alcanzaban los 200 gramos, sin entrar en detalles de calidad.

En su fallo, los jueces de la Sala 1 rechazaron el argumento del gobierno que sostuvo que en la Alcaidía se concluirían los trabajos de refacción de baños del pabellón de menores en unos 10 días, y que se proyectaba ampliar calabozos en dos seccionales mediante una licitación cuyo proceso llevaría unos 45 a 60 días.

“La afirmación de que la superpoblación es admisible en razón de que está permitida para casos de excepción –sostuvo el tribunal en su fallo–, conforma una mera petición de principios inválida para demostrar la verdad de la conclusión. Es que las excepciones sólo pueden ser atendibles si están restringidas temporal, espacial y materialmente y si, y sólo sí existe una posibilidad de contralor acerca de la presencia del supuesto condicionante. El solo interés social en el cumplimiento de las medidas coercitivas no resulta uno de tales supuestos.” En términos más coloquiales, los jueces sostuvieron que no se puede argumentar el estado de excepción si la excepción es permanente.

La Cámara criticó en su fallo al gobierno por “el aumento de tinte geométrico de la población carcelaria y la ausencia de inversión pública ya a fin de ampliar la capacidad de los lugares (...) ya a efecto de la creación de otros establecimientos para tal cometido”. Los jueces sostuvieron que la liberación bajo determinadas condiciones era “la única medida que permite, en este momento, atender el cumplimiento de las normas que tutelan las condiciones en que debe llevarse a cabo la restricción de la libertad”.

Los jueces seleccionaron entre un centenar de presos comprimidos entre sí a una docena de hombres y una mujer, que se encontraban o bien en condiciones de adelantar su libertad condicional y/o asistida, o bien si se encontraban en condiciones de ser liberados porque no les correspondía recibir prisión preventiva.

“Por último –concluye el tribunal–, es bueno poner de relieve que una medida de la excepcionalidad de la que aquí se adopta sólo es posible cuando se produjo previamente una serie de omisiones y desatenciones que marcaron el camino de esta resolución”.

El fallo sacó de quicio a Das Neves quien respondió a través de los medios locales: “El gobernador no confronta con la Justicia –dijo, desbordado, en tercera persona–; los que están decididos a confrontar son ciertos administradores de la Justicia con la sociedad. Cuando una cámara del Crimen dice que va a liberar a una determinada cantidad de detenidos, me parece que es una tomada de pelo a la gente. Es una chicana”.

La mejor respuesta al gobernador fue la del defensor general de Chubut, Hugo Barone. “No hay conflicto de poderes. No hay enfrentamiento con la sociedad –dijo al periódico local Crónica–. Si la sociedad conociera los motivos y circunstancias que llevaron a la Cámara a tomar su decisión, no dudo que no habría conflictos. Si las condiciones en las que viven los presos se dieran en un zoológico, la sociedad protectora de animales pondría el grito en el cielo. Los presos están peor que animales.”

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El gobernador de Chubut, Mario Das Neves, acusó a los jueces de estar enfrentados con la sociedad.
 
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