SOCIEDAD › VOTAN EN LA PROVINCIA EL PROYECTO QUE CREA UN REGIMEN PENAL JUVENIL

Fuero del Menor, polémica mayor

Se vota en el Senado bonaerense un proyecto que crea un fuero específico para menores.

Principios constitucionales como acceder a un juicio justo, tener un defensor o ser informado sobre el delito que se le imputa, beneficios que hasta ahora sólo alcanzan a los adultos, corresponderán también a niños y jóvenes en conflicto con la ley si un proyecto que debe tratarse entre hoy y mañana es aprobado en el Senado bonaerense. El proyecto establece modificaciones en el sistema judicial de menores y crea mecanismos e instancias para el ejercicio pleno de sus garantías. La iniciativa, que cuenta con el respaldo de la oposición, ya tiene un presupuesto de 40 millones aprobado. La propuesta es resistida por diversos sectores sociales que ven en su texto repeticiones de la anquilosada Ley de Patronato.

Quienes impulsan el proyecto, enviado por el Poder Ejecutivo, aseguran que la creación del Fuero Penal Juvenil apunta a eliminar la vieja ley. Los legisladores oficialistas aseguran que la aprobación permitiría reglamentar la Ley de Protección de la Infancia, sancionada en 2005 y luego suspendida por la Suprema Corte bonaerense porque “la administración de Justicia no contaba con los recursos humanos y económicos para ejecutar la normativa”. Al amparo de la vieja norma, el juez puede disponer a discreción la separación del niño de su familia cuando estuviera en situación de vulnerabilidad social.

Con la instauración del Fuero de Familia y el de Responsabilidad Penal, el juez ya no “amparará al niño que se encuentra en situación de emergencia o de abandono, sino que serán los centros de atención integral, a cargo del Poder Ejecutivo y distribuidos en todos los municipios, los que implementarán las medidas necesarias para resguardar al niño en el seno de la familia, como lo establece la nueva Ley de Minoridad”, explicaron asesores de Adela Segarra, senadora kirchnerista y una de las impulsoras del proyecto.

En el caso del Fuero Responsabilidad Penal, que alcanzará a los jóvenes de entre 16 y 18 años, estará integrado por tribunales y juzgados de Responsabilidad Penal. También se crearán los juzgados de Garantías y Ministerio Público del Joven. De acuerdo con la normativa, el juez tiene la posibilidad de establecer la prisión preventiva del joven por 180 días y resolver al término del proceso su internación en un centro de detención especial, apartado de los mayores, y que reemplazará al actual orfanato o instituto de menores. La privación de la libertad será una decisión de carácter excepcional.

En el caso de los menores de edad, el proyecto de ley, en su artículo 63, ratifica el carácter inimputable de los niños y niñas menores de 16 años. Este punto es sobre el que se concentran las objeciones de diversas organizaciones sociales que reclaman un régimen especial para niños y niñas. El diputado nacional del ARI y presidente de la Fundación Sur, Emilio García Méndez, aseguró que esa afirmación se contradice con lo expuesto en el apartado posterior.

El artículo 64 del proyecto indica que “en casos de extrema gravedad, como ser homicidios o secuestros (...), el fiscal podrá requerir al juez de Garantías el dictado de una medida de seguridad restrictiva de libertad ambulatoria, en los términos previstos por la legislación de fondo”, siempre en relación con chicos menores de 16 años. Para García Méndez, este artículo es una muestra de “todos los dispositivos con los que cuenta el proyecto que empujan al juez a utilizar la privación de libertad como una pena anticipada o como una forma de reforzar la política de control social. La legislación de fondo a la que alude la iniciativa es el artículo 1 del decreto 22.278, que habilita a los jueces a privar de la libertad cuando se encuentra en peligro su integridad moral o material del niño”, sostuvo el legislador.

El Foro por los Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Juventud, integrada por diversas ONG, entre ellas la CTA y Casacidn, respaldan la iniciativa del gobernador Felipe Solá, pero coincidieron con las objeciones presentadas por el ARI. “Este proyecto es un triunfo porque garantiza un juicio justo para los jóvenes, en consonancia con lo dictado por la Convención Internacional de Derechos Humanos, pero esperamos que el gobernador vete el artículo 64 porque es inconstitucional”, sostuvo Maguy Panno, del Foro. “Se da permanencia al concepto de abrigo, dispuesto por la Ley de Patronato, en la que más que proteger al niño se protege a la sociedad del niño”, explicó.

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