cash

Domingo, 31 de mayo de 2015

DEBATE › TRABAJO Y OCIO

Descanso dominical

 Por Esteban Guida *

El descanso dominical forma parte de la agenda de temas controversiales que se está desarrollando en varias ciudades del país. Por ejemplo, mientras que en Reconquista, Esperanza y Rafaela ya se han dictados las respectivas ordenanzas de adhesión a la ley aprobada el año pasado por la Legislatura de Santa Fe, las dos ciudades más importantes de la provincia, Rosario y Santa Fe se encuentran inmersas en una disputa que muchos legisladores preferirían postergar para después de las elecciones.

Resulta que la ley provincial 13.441 establece que “los establecimientos comerciales y/o de servicios de la provincia de Santa Fe deberán permanecer cerrados los días domingos y los declarados como feriados nacionales que se detallan taxativamente: 25 de Mayo, 20 de Junio, 9 de Julio, 26 de septiembre, y el Día del Empleado de comercio”. Desde luego, la norma establece varias excepciones, pero en términos generales la restricción aplica principalmente para los comercios con más de 200 metros cuadrados de superficie y los que, aun siendo atendidos por sus propios dueños, superen los 120 metros cuadrados.

El debate económico hace énfasis en el impacto de la norma sobre las unidades productivas: desde el extremo amenazante de la destrucción de empleos por la menor demanda de trabajo, hasta el costo fiscal que podría acarrear la potencial reducción de ventas (bajo el supuesto de que las compras que no se hacen el día domingo no se posponen en su totalidad para otros días de la semana). También están quienes argumentan que los empleados que presten servicios los domingo verán reducidos sus ingresos, proponiendo apelar al interés individual para incentivar el rechazo a la iniciativa desde las propias filas del gremio que agrupa a los empleados de comercio, impulsor de la medida.

No se puede negar que desde un punto de vista individual o sectorial se pueden identificar con facilidad ciertos costos económicos asociados al cierre los domingos. ¿Cuál es, entonces, el beneficio del descanso dominical? La respuesta requiere salir de la lógica individualista y adoptar una perspectiva del conjunto, punto de vista poco habitual y con escaso poder de fuego mediático.

En la evaluación entre los pro y contra para determinar la conveniencia social de la adhesión a una normativa de este tipo, deben incorporarse aspectos que son cada vez más ponderados por la ciudadanía a medida que ésta alcanza mayor grado de desarrollo y bienestar. En efecto, en un sistema que engaña con el “comprar para tener y tener para parecer”, el descanso, el tiempo con la familia, la vida al aire libre, el esparcimiento, entre otros bienes asociados al disfrute y los valores inmateriales, son cada vez más preciados y apetecibles por miles de personas, sobre todo por quienes se incorporan al nivel de ingresos medios de una economía.

La ciencia económica sigue confrontada con el difícil desafío de identificar y cuantificar el valor social del tiempo dedicado al ocio, el esparcimiento y el compartir con la familia, entre otras cuestiones que las personas hacen cuando no trabajan. Pero sin pretender solucionar un problema metodológico de larga data, bien podría considerarse como indicativo global del bienestar asociado a la medida, el costo económico total resultante de su implementación, significando que, cualquiera sea el quántum dinerario, representa el valor que una comunidad asigna al descanso dominical.

Estas cuestiones son una gran oportunidad para marcar un cambio en la lógica de las decisiones económicas que afectan a una sociedad que comienza a ponderar cuestiones inmateriales dentro del set de bienes a los que está dispuesta a asignar un mayor presupuesto. Abordar estos temas únicamente desde la lógica del consumo y el beneficio privado pueden subestimar el verdadero valor que una comunidad hace del bien más preciado con que cuentan sus integrantes: el tiempo de su vida

* [email protected]

www.pueblosdelsur.org

Compartir: 

Twitter

 
CASH
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.