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Domingo, 27 de junio de 2004

“Ajustan incumpliendo normas”

LEONARDO LEPISCOPO
coordinador jurídico de la Subsecretaría de Defensa de la Competencia

¿Cómo es posible que las prepagas establezcan períodos de carencias cuando está prohibido por ley?
–Es cierto, las empresas van ajustando a fuerza de incumplir las normas. Lo que puede hacer una prepaga es negarle el ingreso a una persona, pero si lo toma como afiliado no le puede decir que para hacer un trasplante necesita tener un año de antigüedad. Lo que sucede es que muchas empresas no operan así para no perder clientes. Entonces, los ingresan igual y después no los quieren cubrir.
¿Está bien que tengan que cubrir el PMO?
–Es una buena medida porque antes las prepagas se eximían de un montón de servicios y terminaban vendiendo humo. Entonces a partir de 1996 se fijó un rango de prestaciones mínimas a cubrir.
¿Cuál es el organismo encargado de sancionarlas cuando no cumplen?
–En la Subsecretaría de Defensa del Consumidor tenemos poder sancionatorio en caso de arbitrariedad, ilegalidades y falta de cobertura. En los casos de falta de información, engaños o incumplimientos de aspectos comerciales, aplicamos la Ley del Consumidor 24.240 y cuando surgen problemas de cobertura se aplica la ley 24.754. Rige una combinación de ambas leyes.
¿Qué sanciones aplican?
–Cuando se realiza una denuncia, hacemos audiencias de conciliación y si no se llega a un acuerdo aplicamos una multa. Pero son casos puntuales. Lo que se requiere es una ley específica que salga a poner claridad en el sector.

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