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Sábado, 9 de febrero de 2008

SANTA FE

Una escritura después de casi ocho años de litigio

Es para un Fonavi de Santa Fe, cuya propietaria inició juicio en el 2000 después de haber pagado todas las cuotas del departamento. Un juez ahora intimó a la provincia a escriturar.

El juez santafesino César Daniel Cantero intimó al gobierno provincial a escriturar las viviendas del barrio FONAVI Centenario en 90 días a partir del 1º de octubre. La justicia civil consideró que el Estado está en falta al no haber cumplido con el trámite de escrituración, a pesar que los habitantes del barrio pagaron todas las cuotas de los planes de pago. El anterior director provincial de Vivienda, Carlos Feruglio, no apeló la sentencia de finales de septiembre, y ahora la provincia deberá pagar multas e indemnizaciones si no cumple con la medida.

El Fonavi de Barrio Centenario de la ciudad de Santa Fe se construyó hace 30 años. En su intención original, el Estado Provincial se comprometía a firmar la escritura antes de que se terminen de pagar la totalidad de las cuotas. Sin embargo, pese a que ya mucha gente terminó con sus obligaciones, el Estado sigue sin escriturar las casas y locales que vendió. Todo ello porque nunca logró terminar los planos necesarios de la edificación.

A raíz de esta situación, un grupo de vecinos, patrocinados por Domingo Rondina, inició en el año 2000 un juicio contra la Dirección de Vivienda de la Provincia de Santa Fe. El trámite judicial demoró siete años, en los que el Estado obstaculizó la causa de todas las maneras posibles. Sin embargo, el 27 de septiembre el juez Cantero dictó la sentencia favorable a los pobladores.

El magistrado dispuso "hacer lugar a la demanda y en consecuencia condenar a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo a que, en el término de noventa días, contados a partir de que adquiera firmeza este pronunciamiento, otorgue a favor del actor la escritura traslativa de dominio de los inmuebles vendidos conforme boleto de compraventa".

Según informó el portal de noticias santafesino Notife, y pese al problema real que representaba para el Estado, la gestión saliente de Jorge Obeid no apeló la sentencia. "Esta actitud parece ser un claro mensaje del gobierno saliente en contra del entrante, puesto que esto acarreará una catarata de juicios contra la Provincia. Hasta el día de hoy, las nuevas autoridades parecen no estar al tanto del tema", dijo Rondina.

Los propios beneficiados por la medida son pesimistas. Razonan que a la provincia le resulta imposible escriturar, ya que no cuenta con los planos, los documentos ni la estructura necesaria para realizar el trámite. "Como consecuencia de ello deberá abonar importantes indemnizaciones y multas. Pensemos en multiplicar este caso por todas las viviendas del Fonavi Centenario", informó Rondina.

Ahora, y tras la resolución del juez Civil y Comercial, los vecinos del barrio que no litigaron antes ﷓ y que tengan el boleto de compra ﷓ venta firmado por la Provincia﷓ probablemente requieran de los servicios de abogados y presenten su propio reclamo de escrituración. Con el fallo firme, los caminos en Tribunales serán menos difíciles.

En tanto, desde el gobierno informaron que "se está pensando en una línea de acción directa de gestión lo más ágil posible para regularizar toda la plaza de unidades que han sido ejecutadas por la provincia". Los actuales administradores del Estado provincial afirmaron que "los planes particulares de propiedad horizontal tienen una complejidad extra que los de normal escrituración, por lo cual serán atendidos especialmente".

La demanda había sido presentada en su momento por Norma Chinquini de Maidana contra la dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, adjuntando además a la causa el contrato de compraventa de fecha 29 de noviembre de 1984, para que "se la condene (a la dirección) 0a escriturar a su favor el inmueble que se individualiza como: manzana 11, locales 14 y 15 barrio San Jerónimo, FO.NA.VI. Centenario".

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La causa sienta un precedente para las viviendas sociales. La provincia ahora deberá regularizar en no más de 90 días.
 
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