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Miércoles, 29 de abril de 2009

SANTA FE › CUANDO HOY SE CUMPLEN SEIS AñOS DE LA CATáSTROFE DE ABRIL DE 2003

Traspié de la defensa de reutemistas

Un juez de sentencia rechazó planteos del ex ministro Berli, el ex director de Hidráulica -cuando Reutemann era gobernador- y el ex intendente Alvarez. "Al haber estado en cargos públicos, algún conocimiento de las funciones que tenían", dice el fallo.

 Por Juan Carlos Tizziani

Los tres funcionarios de Carlos Reutemann imputados por la catástrofe del río Salado fracason en su intento de voltear el juicio donde se los juzga por supuesto "estrago culposo agravado por la muerte de 18 personas". El juez Enrique Alvarez (Sentencia 6ª) rechazó cuatro planteos de los abogados del ex ministro Edgardo Berli, el ex director de Hidráulica, Ricardo Fratti y el ex intendente Marcelo Alvarez, para anular las indagatorias, los procesamientos, la pericia hidráulica y hasta la elevación a juicio. En un fallo de 21 páginas -al que tuvo acceso Rosario/12-, el juez rechazó los pedidos de nulidad -uno por uno-, ponderó al fiscal de la causa, Norberto Nisnevich ("el escrito de elevación a juicio es impecable", dijo), deslizó ironías como éstas: "Berli era ministro de Obras Públicas. Fratti director de Hidráulica. Y Alvarez intendente de Santa Fe. Entonces, si con los conocimientos técnicos que tenían, no comprendieron las atribuciones delictivas, evidentemente para el resto de los individuos sometidos a proceso penal, sería una tarea titánica saber de qué se los acusa".

El fallo se conoció justo cuando hoy se cumplen seis años de la catástrofe del 29 de abril de 2003, que dejó 23 muertos, más de 100 mil desamparados y un tercio de la ciudad bajo agua. Estos son algunos tramos sustanciales:

* Nulidad de las indagatorias. El juez recordó que Berli y Alvarez fueron indagados en presencia de sus defensores, mientras que Fratti "eligió deponer" sin abogado. "Los defensores insisten que los justiciables no fueron puestos en conocimiento en forma cabal de los hechos que se les endilgaban. Evidentemente, tal situación la hubieran tenido que hacer valer inmediatamente después de las indagatorias, puesto que si en algunos casos presentaron medidas relaciondas con las atribuciones delictivas, me pregunto: ¿cómo hicieron? Si no sabían qué les reprochaban, menos aún hubieran podido presentar pruebas y alegaciones a su favor. Entiendo que hay una contradicción. ¿Sabían o no sabían qué se les atribuía a cada encausado? Y si no sabían -como lo postulan los defensores- ¿cómo presentan pruebas de algo que no sabían de qué se trataba?", se preguntó el juez. "No estamos ante personas analfabetas, excluidos sociales, sin instrucción, sino que por el contrario al haber estado en cargos públicos, se supone que algún conocimiento de las funciones tenían y por dende pueden -o deben- tener un acabado conocimiento" de los cargos que se les imputaron.

"El ingeniero Berli era ministro de Obras Públicas. El ingeniero Fratti, director de Hidráulica. Y el arquitecto Alvarez, intendente de Santa Fe. Entonces, si con los conocimientos técnicos que tenían 'no comprendían' las atribuciones delictivas, evidentemente para el resto de los individuos sometidos a proceso penal, sería una tarea titánica saber de qué se los acusa", ironizó el juez.

* Nulidad de los procesamientos. El juez Alvarez citó un fallo de la Cámara Penal que confirmó la resolución del juez Jorge Patrizi (Instrucción 8), que instruyó la causa después de que se apartara su colega Diego de la Torre (Instrucción 7), el primero que tramitó el expediente. La queja de la defensa era una supuesta falta de congruencia entre la imputación de los cargos y los procesamientos. "Este tema ya fue dilucidado por Cámara al convalidar el fallo" de Patrizi, dijo Alvarez. Y tiró: "Advierto que (los defensores) están en todo su derecho de esgrimir los argumentos que propugnan, pero no es menos cierto que plantear en este estado la misma situación que ya se confirmó (en primera instancia) determina en si mismo una actitud dilatoria sin sustento jurídico. Si bien, los defensores ejercen la labor encomendada con la máxima eficacia que ellos entienden, no es menos cierto que realizar los mismos planteos en cada estadio deviene en una enorme demora a fin de llegar a un resultado cierto y final con las pruebas colectadas", advirtió.

* Nulidad de la pericia. El doctor Alvarez rechazó también el planteo de la defensa para declarar "absolutamente nula" la pericia hidráulica, y desplomar una de las pruebas de cargo más importantes. La defensa sostenía que dos de los peritos, los ingeniero Maza y Bacchiega, no debían intervenir "por encontrase imposibilidados de hacerlo" por ser profesionales del Instituto Nacional del Agua (INA). Esta pretensión "debe rechazarse sin muchas consideraciones al respecto". "No es este el estadio para nulificar una pericial, sino que muy por el contrario el proceso recién se incorpora a la etapa de juicio, lo cual es indicativo que pueden desarrollar los defensroes todas las estrategias no sólo con respecto a la pericial hidráulica, sino que además, entiendo que se pueden pedir algunas explicaciones sobre la misma para dar luz sobre puntos que los defensores consideran contrarios a sus intereses. En síntesis, nulificar en este estadio la pericial determina un ritualismo excesivo que no encuentra amparo legal".

* Nulidad de la elevación a juicio. El juez rechazó el planteo con elogios al fiscal Nisnevich. "Realmente me cuesta entender que se ataque una pieza acusatoria que tomándola como escrito suelto nos demuestra cabalmente los hechos que se investigan", dijo el juez. Y explicó que "si cualquier persona sin conocimientos técnicos lee sólo el escrito de elevación a juicio (del fiscal Nisnevich), puede entender de qué se trata este proceso de notable repercusión social. Y eso no es un dato menor", ponderó. La posición del fiscal "no sólo se ajusta a los lineamientos procesales penales, sino que además demuestra que se ha consustanciado con la problemática que afectó a miles de santafesinos. El escrito del señor fiscal es impecable", concluyó el juez Alvarez.

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El juez Alvarez criticó "la actitud dilatoria sin sustento jurídico".
 
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