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Domingo, 24 de marzo de 2013

SANTA FE › 37 AÑOS. LA CáMARA NACIONAL DE CASACIóN PENAL CONFIRMó LA CONDENA AL EX PCI JUAN JOSé LUIS GIL

Cinco años de prisión por las amenazas

 Por Juan Carlos Tizziani

Desde Santa Fe

La Cámara Nacional de Casación Penal (Sala 4) confirmó la condena a cinco años de prisión al ex agente secreto del Ejército, Juan José Luis Gil, por "amenazas" y "coacciones agravadas" a testigos y víctimas del terrorismo de estado y a los funcionarios de la justicia que investigaban el circuito de la represión en Reconquista. Está probado -dice la sentencia- que Gil fue el autor de los correos electrónicos de "La Hermandad", con los que intentó "obstaculizar el normal desarrollo" de la causa. Siete integrantes del grupo de tareas que operó en Reconquista están hoy en el banquillo ante el Tribunal Oral de Santa Fe, entre ellos el ex jefe de Inteligencia de la III Brigada Aérea, Danilo Sambuelli y el ex jefe del D﷓2, Carlos Nickisch, en el primer juicio en la provincia que considera las violaciones y ataques a la integridad sexual como delitos de lesa humanidad.

Gil está preso desde 2009 y condenado desde el 10 de setiembre de 2012 por el Tribunal que integraron María Ivón Vella, José María Escobar Cello y Otmar Paulucci. Fue el primer juicio en el país que discutió la comisión del delito de amenazas a través de mensajes de correo electrónico. Lo defendieron los abogados Gonzalo Miño y Mauricio Bonchini, que antes habían patrocinado al ex jefe de II Cuerpo, Ramón Genaro Díaz Bessone y hoy, en el juicio a la patota del norte, asisten a Nickisch.

El fallo de la Cámara de Casación fue publicado ayer por el Centro de Información Judicial (CIJ). El primer voto es del juez Mariano Borinsky. "Está probado" -dijo- que Gil operaba desde una cuenta de correo electrónico creada "bajo el nombre de fantasía 'Nestor Fernández'". Los mails -uno enviado el 26 de marzo de 2009 y otro el 20 de mayo de 2009- tenían "el objetivo de amenazar y coaccionar (...) a testigos, querellantes y funcionarios judiciales que actuaban en la causa 050/06", que se instruyó en Juzgado Federal de Reconquista, y hoy en juicio oral, con "el fin esencial de obstaculizar el normal desarrollo" de las investigaciones.

El Tribunal de Santa Fe "llevó a cabo una valoración global de la prueba, analizándola de conformidad con el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a la luz de las reglas de la sana crítica racional" y llegó "de ese modo al estado de certeza requerido para un veredicto condenatorio respecto los hechos reprochados a Gil". Mientras que "en sentido opuesto", la defensa "se apartó de los parámetros de la Corte a la hora de valorar los elementos de prueba reunidos" en la causa y llegó a "una conclusión que no encuentra sustento en el material probatorio", dijo la Cámara de Casación. Y recordó las pruebas clves para condenar a Gil.

*El informe de Yahoo del que se desprende que la cuenta [email protected] (de la que partieron los mensajes amenazantes) fue creada el 9 de marzo de 2009 a las 11:22 desde la IP 190.138.170.218, por una persona que se identificó como Néstor Fernández. Se informaron también los números de IP, fechas y horarios en las que el usuario se "logueó" en la citada cuenta.

*Que la IP de creación había sido asignada, en la referida fecha y horario, al local de Telecabinas en calle Ludueña 1470 de Reconquista, cercano al domicilio de Gil (quien residía en Ludueña 1428), a lo que vino a sumarse el testimonio del dueño del mencionado local, quien afirmó en el debate que GIL concurrió al lugar en reiteradas oportunidades.

*El informe del que surge que las IP desde las que se accedió a la cuenta [email protected] (según la planilla de Yahoo) fueron asignadas al usuario de la empresa Arnet identificado como "luisgil", cuyo domicilio de facturación se encontraba en la calle Ludueña 1428 de Reconquista (esto es: el domicilio del imputado).

*El resultado de los peritajes realizados sobre la Notebook Olivetti secuestrada en el domicilio de Gil, en los cuales se pudo recuperar información que había sido eliminada por Gil, hallándose menciones a un grupo "La Hermandad", una "grilla de declaraciones" de testigos en la causa 050, un documento titulado "Intimidaciones a la esposa del fiscal Candioti" (representante del Ministerio Público Fiscal en la causa 050) y otros documentos, coincidentes con datos y comentarios contenidos en los mensajes amenazantes atribuidos a Gil.

*"Los dichos de los testigos Jorge Miceli, Pablo Rolón, Raúl Medina, Héctor Borsatti, Carlos Echegoy, Estela Pietropaolo y Silvina Gauna, que mencionaron conexiones entre el discurso de Gil en el ámbito educativo en el que se desempeñaba y -en especial- en el marco de un sumario que se le inició, y que derivó en su suspensión, y el texto de los mails recibidos".

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