rosario

Domingo, 3 de junio de 2012

OPINIóN

Después de una polémica absolución en la causa Díaz Bessone

 Por Gabriela Durruty*

En los fundamentos del veredicto de la sentencia de la causa Díaz Bessone dados a conocer por el Tribunal Oral Federal número 2 el 29 de mayo pasado, los tres jueces resolvieron absolver por voto unánime a Ricardo Miguel Chomicki. Los magistrados afirman en su sentencia que "merced a los testimonios receptados resulta innegable la presencia de Chomicki en el Centro Clandestino de Detención que funcionó en el Servicio de Informaciones de la Jefatura de Policía de la Provincia de Santa Fe. Hecho admitido en su declaración por el propio imputado".

También dan por probada la colaboración prestada por éste a la patota, al concluir: "De manera entonces que si consideramos el marco fáctico descripto y lo comparamos con el resto de las probanzas a que se han hecho referencia en el respectivo acápite, no existe duda alguna que el acusado ha intervenido en el modo, durante el tiempo y en las circunstancias en que los han detallado las víctimas".

Sin embargo, la sentencia se separa del planteo de la única querella que acusó al imputado, que fue la querella de Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas y de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre. Los magistrados realizan el siguiente análisis: "Para la única querella que mantuvo su acusación, Chomicki resulta responsable de los delitos que se le imputan porque actuó voluntariamente y con libre albedrío durante las sesiones de tortura e interrogatorio. No sólo dan cuenta sobre el accionar de Chomicki en el lugar de detención, sino que también lo sindican por haber tomado parte en diversos hechos, que lo ubican en la hipótesis de colaborador".

"Con fundamento en lo expresado, esa querella ﷓-representada por las abogadas Daniela Asinari, Gabriela Durruty, Jessica Pellegrini y Leticia Faccendini-﷓, considera a Ricardo Miguel Chomicki responsable de tales conductas y así, peticiona su condena", explican los magistrados.

Empero, el Tribunal no sustenta la acusación en el modo que lo ha hecho la querella, puesto que, advierten, "en la causa obran también otros elementos de prueba que deben ser convenientemente evaluados."

Así, el Tribunal, al igual que la Fiscalía, entendió que a partir de la Resolución N° 88/B del Juzgado Federal número 4 de Rosario, confirmada por acuerdo de Cámara 023/11﷓DH del 8 de abril de 2011, Comicki fue privado de su libertad a fines de noviembre de 1976, y alojado en el Servicio de Informaciones hasta junio de 1977. Ello se corrobora, al decir del tribunal, por las declaraciones de las víctimas que atribuyen a Chomicki la calidad de detenido colaborador.

En palabras de los jueces, "surge de modo elocuente que el imputado Chomicki obró entonces primero como un prisionero y luego, y merced al proceder de su captores, bien pudo haber asumido otro de los roles en que las víctimas lo ubican".

Por ello, entienden los jueces que Chomicki actuó "sujeto al control total y discrecional de sus secuestradores". Se preguntan entonces si, por el accionar demostrado, Chomicki debe responder penalmente o, por el contrario, existe a su respecto alguna de las causales de eximentes de responsabilidad prevista en el artículo 34 del Código Penal, tal como lo reclama su defensa.

Debe entenderse --dicen los jueces--, que el pedido de absolución solicitado por el Ministerio Público Fiscal se basa en las previsiones del artículo 34 inciso 2 del Código Penal.

Afirman en su sentencia que "queda claro que el instinto propio de supervivencia hace presumir que la persona puesta en dicha posición de peligro opte por preservar su vida antes que la de los demás". De todas maneras, continúan los magistrados, "no escapa a los integrantes de este Tribunal que la situación que debió padecer Chomicki fue la misma que debieron padecer todas las personas que pasaron por los centros clandestinos de detención, incluso las que sobrevivieron. Pero tampoco escapa que ninguno de nosotros puede establecer a ciencia cierta con ánimo de aproximación a la certeza, cuál es la medida, limite o tope de dolor y de tormento que un ser humano está capacitado para soportar".

Por todo lo expuesto, consideraron que corresponde absolver a Ricardo Miguel Chomicki, toda vez que la situación planteada, descripta y probada, importa una circunstancia de eximente de responsabilidad penal.

No acordamos con la interpretación que de la prueba realizó el tribunal. Acorde al reclamo de los sobrevivientes, creemos que Chomicki formaba parte de la patota como civil colaborador y por tanto debía ser condenado. Ante los jueces se abrían distintas posibilidades: podían adoptar la posición de las restantes querellas, que optaron por no acusarlo de ningún delito, o la de la fiscalía, que consideró que los delitos fueron cometidos pero que existía una causal de exculpación por lo cual no le eran reprochables sus delitos. Los jueces eligieron, al menos, esta última posición.

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