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Martes, 20 de julio de 2010

CIUDAD › DEJAN SIN CONDENA A UN LADRóN PORQUE SUFRIó "PENA NATURAL"

Robó y lo dejaron parapléjico

El juez de sentencia Gustavo Salvador consideró que el joven delincuente no debía ser mortificado con una condena mayor a la impuesta por el disparo del policía que había asaltado, y que fue absuelto por actuar en "legítima defensa".

La Justicia rosarina desistió de imponer una condena a un ladrón que quedó parapléjico tras un robo calificado. Se trata de Mario Merlo, de 29 años, quien intentó robar la bicicleta de un oficial de policía portando un arma de fuego. Para los magistrados, el cabo actuó "en legítima defensa", ya que le disparó y lo dejó parapléjico. La Justicia resolvió, cinco años después, que el delincuente sufrió una "pena natural". Así lo determinó el juez de Sentencia Nº 5, Gustavo Salvador, quien indicó que los hechos sucedidos en 2005 constituyen un caso de "características complejas". En ese sentido, pese a que Merlo debía ser condenado como co-autor del hecho -ya estaba acompañado por otros dos sujetos- por "robo calificado con arma de fuego apta para disparar", el magistrado decidió condenarlo "sin imponer la pena de prisión solicitada por la Fiscalía, por cuanto se considera que ya ha operado una pena natural" sobre él. En tanto, el juez decidió absolver de todo cargo al cabo Miguel Angel Portillo, pese a la consideración de la Fiscalía sobre una "excesiva legítima defensa".

El asalto quedó sin condena, debido a que el ladrón quedó parapléjico a causa del disparo del cabo de policía, luego del intento de robo de una bicicleta. El juez lo encontró culpable por querer sustraerle el rodado a un oficial de policía que al momento del hecho estaba de civil. Sin embargo, el intercambio de disparos entre ambos hizo que el culpable quedara postrado, y no se le impuso prisión. "Estimo que se impone en el caso precisar si el pedido de pena de la Fiscalía responde a los fines de prevención especial; o en todo caso, respeta las exigencias derivadas de los principios de humanidad y proporcionalidad de la sanción punitiva y de culpabilidad", expresó el juez en el fallo.

En tanto, el magistrado decidió también "absolver a Miguel Angel Portillo de la imputación que se efectuara por el delito de lesiones gravísimas con exceso en la legítima defensa, por estar adecuada su acción a la causa de justificación, y de conformidad con los argumentos expuestos". De esa manera, al efectivo tampoco se le dictó pena, a pesar de la consideración de la Fiscalía sobre el "exceso" en la defensa de Portillo.

Según indica el fallo, "el impacto del proyectil de arma de fuego interesó el pulmón derecho -de Merlo- y afectó la décima vértebra dorsal, provocando paraplejía". Esa fue la situación que a Salvador le resultó decisiva a la hora de dictar una sentencia para el culpable, porque "es incompatible con la Constitución una pena cruel o que consista en mortificaciones mayores que aquellas que su naturaleza impone".

En agosto de 2005, el cabo Portillo, a bordo de una bicicleta, fue interceptado por tres personas de sexo masculino, mayores de edad, en calle Pineda, luego de cruzar el puente de Circunvalación (a la altura de calle 25 de Mayo). Estos también se movilizaban en bicicleta. Según indica el fallo, "uno de los sujetos exhibe un arma de fuego mientras que los otros dos sacan armas blancas, amenazando y exigiendo la entrega de la bicicleta en la que circulaba el oficial", alrededor de las 20. En consecuencia, "al advertir que lo superaban en número y sin ninguna posibilidad de resistirse, les hace entrega del rodado; uno de los ladrones la toma y los tres se dan a la fuga por calle Pineda". El fallo continúa: "Cuando estas personas habían recorrido unos 10 metros, el empleado policial esgrime su arma reglamentaria identificándose como policía y dándoles la voz de alto. Ante esto, el sujeto que había tomado la bicicleta (quien portaba el arma de fuego), se desprende de la misma y apunta al policía con el arma que portaba, martillándola sin que salga el disparo realizando esta maniobra en reiteradas oportunidades , de las cuales, en una de ellas, sale el disparo. Como consecuencia de ello, el cabo intenta salir de la línea de tiro y efectúa un disparo que impacta en el cuerpo del agresor, quien se desploma por el pavimento quedando allí tendido; mientras que los otros dos se dan a la fuga". Según indicaron el cabo y el joven agresor, "en el momento del hecho no había persona alguna en el lugar", aunque tras el disparo "se juntaron varias, y el agente involucrado les solicitó que llamen a la Policía y pidan una ambulancia", relata el fallo judicial.

El disparo del cabo Portillo hacia Merlo le provocó "orificio de salida y de entrada, ubicado cuatro centímetros por debajo y afuera de la tetilla izquierda, a la altura del quinto espacio intercostal derecho". Es así que las lesiones pulmonares y vertebrales provocaron la incapacidad de Merlo, que fueron decisivas en la determinación judicial.

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Para el juez que escribió la sentencia, el caso tiene "características complejas" para resolver.
 
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