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Sábado, 13 de diciembre de 2014

CIUDAD › LOS JUECES DIERON A CONOCER LOS ARGUMENTOS DE LAS CONDENAS POR EL TRIPLE CRIMEN.

"Ataques que desencadenaron la matanza"

Los magistrados entendieron, para otorgar penas de entre 24 y 33 años, que hubo una "seguidilla de ataques que desencadenaron la matanza" de Patóm, Mono y Jere el 1º de enero de 2012 en la canchita de la villa Moreno. Hablan de "un plan homicida".

 Por Lorena Panzerini

"Plan homicida"; "hechos de sangre con origen común"; "competencia por el control de emprendimientos de tráfico de estupefacientes". Esas fueron algunas de las frases utilizadas por los jueces Gustavo Salvador, Ismael Manfrín y José Luis Mascali en los fundamentos condenatorios para los cuatro acusados por el triple crimen de Villa Moreno, con penas de entre 26 y 33 años de cárcel, conocidas la semana pasada. Los magistrados describieron el hecho que terminó con las vidas de Jeremías Trasante, Claudio "Mono" Suárez y Adrián "Patom" Rodríguez como una "pretendida venganza", por parte de Sergio "Quemado" Rodríguez (sentenciado a 32 años de cárcel), Brian "Pescadito" Sprio (a 33); Daniel "Teletubi" Delgado (a 30) y Mauricio Palavecino (a 24); luego de que el hijo del Quemado, Maximiliano Rodríguez y amigo del resto de los acusados, fuera baleado ese mismo 1º de enero de 2012. El fallo habla de una "seguidilla de ataques que desencadenaron la matanza de tres personas que paradójicamente no pertenecían a ninguna de las facciones en disputa".

Para los jueces, existe "grado de certeza de que Sergio Rodríguez, Daniel Delgado y Brian Sprio --como coautores--, con la participación necesaria de Mauricio Palavecino y la intervención del menor Gerardo Mansilla (cuya causa está en un juzgado de Menores), efectuaron numerosos disparos que ocasionaron la muerte" de los tres militantes sociales del Frente Popular Darío Santillán-Movimiento 26 de Junio, a las 4 del 1º de enero de 2012.

El juez Salvador, que presidió el tribunal durante las audiencias orales, evaluó que "el diagrama del plan homicida comenzó a gestarse en el Hospital de Emergencias Clemente Alvarez (HECA)", donde llegó baleado el hijo de Rodríguez, alrededor de las 3.30 de la madrugada. Allí se encontraron los acusados de haber cometido media hora después, el triple crimen de Villa Moreno, cuando fueron a buscar a personas cercanas a Ezequiel Villalba, acusado de dispararle al herido; quien estaba prófugo por haber baleado tres días antes (29 de diciembre de 2011) a Facundo Osuna, en el mismo barrio. "Cada suceso tiene directa relación con el siguiente. Todos hechos de sangre que tienen un origen común: las disputas barriales por la alegada competencia relativa al `control' de los emprendimientos de tráfico y comercialización de estupefacientes, que llevaron al juez (Juan Andrés Donnola) a remitir copias de las actuaciones a la Justicia Federal".

Para determinarlo, los jueces también tuvieron en cuenta el testimonio de un empleado del Heca, quien dijo en la audiencia que "escuchó decir al grupo de gente reunida (por la salud del Quemadito) `ahora nos la van a pagar'".

"No cabe duda que durante su estadía debieron haber especulado sobre las particularidades que revistiera el ataque a un miembro de su grupo, y en consecuencia, evaluando las distintas alternativas a seguir en función de la definición respecto a qué hacer con quienes fueran los supuestos responsables de tal agresión", dice el fallo. Y agrega: "Si se tiene en cuenta la ubicación del hospital y el lugar del triple homicidio, deviene perfectamente factible que veinte minutos puedan resultar suficientes para reunir a todo el grupo y trasladarse hasta dicha zona", en la Kangoo de Palavecino. Para los magistrados el "plan concreto contenía la voluntad de causar el homicidio de cualquiera de las personas cercanas a Villalba. Así acudieron, llevando y disparando armas de fuego hacia los cuatro jóvenes que encontraron en la zona de los bancos existentes en el predio". Solo uno sobrevivió.

Frente a los relatos, el juez dio cuenta de que "Rodríguez se encontraba `al mando' del ataque"; por ser el "principal interesado y organizador de la venganza".

En tanto, destacaron que la autopsia señaló que la mayoría de los disparos a las víctimas se produjeron "de atrás hacia adelante". Evaluaron que "fueron atacados por sorpresa (mientras estaban en la canchita); el alto grado de violencia ejercido, la utilización de diversas armas, la crueldad evidenciada en la forma que descargaron la violencia y la planificación previa que constituyó una venganza".

Testigos. Los magistrados hicieron hincapié en las declaraciones de Marcelo Suárez, sobreviviente del hecho que estaba aquella madrugada con los chicos muertos; y la testimonial que Palavecino hizo en 2012, antes de ser acusado. El tribunal tomó como "punto de partida" la declaración de Suárez, "para comenzar a delinear la reconstrucción de los sucesos delictivos". Los jueces dieron por tierra la objeción de la defensa de los imputados acerca de que Suárez estaba alcoholizado aquella noche y destacó "el grado de conmoción que debe haber sentido el declarante al constituirse en blanco de una balacera que ya había alcanzado a tres de sus amigos y de la que él intentaba escapar en la oscuridad, saltando tejidos y esquivando 'zanjas con barro podrido'".

Salvador recordó que "retumbó en la sala la expresión, entre grito y llanto, formulada por el testigo Suárez cuando (el abogado Carlos Varela) se le pidió que tomara el arma para explicar cómo la portaba el tirador: 'Que querés... ese fierro mató a mis amigos y a mi primo (por el Mono) loco!'", recordó en el fallo.

Sobre Palavecino, y frente a las quejas de los abogados defensores por la incorporación de su testimonial cuando es uno de los acusados, aclararon que si bien esa prueba no puede ser incriminante para él, sí lo es para el resto de los imputados a los que acusó. "Dio explicaciones que no pueden pasar desapercibidas por su minuciosidad y detalle, que en un primer momento fueron atendibles en función de lo que `le contó' su amigo el menor "Jeta" Mansilla; pero a medida que pasó el tiempo se advirtió que no estaba contando lo que pasó porque Mansilla se lo contó, sino porque él mismo lo vivenció junto al menor y los demás acusados", dice la resolución.

Palavecino dijo que "es sabido que el Quemado tiene armas" y contó que Mansilla le dijo que "forma parte del grupo de Maxi, para luego describir quiénes componen ese grupo". En su relato testimonial señaló que "a las 16 del 1º de enero estaba en la casa de Jeta quien le dijo que le habían pegado al Maxi y que había sido el `Negro Ezequiel'. Que fueron a Moreno y le dieron con toda a los compañeros del Negro; que tenían una metra y una pistola; que tenían mucha bronca y que se habían muerto cuatro, aunque el diario decía tres; que a los tres o cuatro días posteriores Mansilla le dijo que Pescadito y Tele se habían ido para la costa. También confirma que Jeta le dijo que los que fueron a Moreno fueron él, Pescado, el Quemado y el Tele", expresa el fallo sobre el relato acusador de Palavecino.

Al hablar de la materialidad de los hechos, los jueces valoraron los testimonios de Eduardo Trasante (padre de Jeremías), porque "luego del trágico suceso en que asistió a su hijo antes de fallecer, fue anoticiado por vecinos sobre los apodos de los supuestos autores"; y el de Stella Gómez (madre del "Mono"), que luego del hecho se 'cruzó' con el apodado 'Negro' Ezequiel, quien vio a los supuestos autores del hecho disparar y luego huir en la Renault Kangoo".

Al mismo tiempo, el tribunal se refirió al temor de algunos testigos: "La experiencia judicial y la directa observación abonan con creces la afirmación del sentimiento de temor que invadía a una testigo". Además, hablaron de Villalba, quien era amigo de Osuna, por lo que la defensa intentó mostrar como un "mentiroso". "Fue contundente al identificar a Palavecino en la conducción de la Renault Kangoo, en compañía de los coimputados Delgado y Rodríguez, indicando que éste último llevaba puesto un chaleco como los que usa el personal policial", y consideraron que su versión se sustentó con los dichos de otros testigos.

Para el juez, "deviene alejado al sentido común que una vez ocurrida la muerte del ser querido, sus hermanos y primo se predispongan a armar una falsa incriminación guiada por la finalidad de perjudicar a los acusados".

Destacaron, además, que "llama poderosamente la atención" que Sofía Laffatigue (novia de Maximiliano Rodríguez) y su amiga fueran las que se quedaron en el Heca, porque "ni el padre ni sus amigos cercanos volvieron". La misma Sofía "dijo en la audiencia que Palavecino también había concurrido al hospital"; lo que "permite verificar la presencia de Daniel Delgado, Brian Sprio, Sergio Rodríguez y Mauricio Palavecino" en el lugar.

Escuchas. El juez validó toda la prueba impugnada por los defensores, incluso las escuchas. En una de las llamadas interceptadas, posterior al hecho, el Quemado le dijo a un interlocutor: "Tengo todo armado". Y en una comunicación con Palavecino, le dijo: "Me dijeron que vos tenés la nena mía...; cuidala bien y cambiale el cañón si podés boludo, no andes así con eso".

Policías. Sobre lo que se debatirá en juicio escrito, en cuanto a la causa conexa por complicidad del Quemado con policías, el juez sostuvo que "no puede soslayarse la entidad que adquiere en función de otros elementos probatorios la llamada conexión policial existente entre los imputados y los agentes de la prevención que han tenido incidencia en cuestiones circundantes a la presente causa", y citó las intromiciones de los efectivos Lisandro Martín, Norberto Centurión y Eduardo Carrillo, según los videos del Heca y la declaración de Laffatigue.

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Los condenados en el momento que escucharon las duras penas que les impuso el tribunal.
 
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