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Lunes, 15 de agosto de 2016

CIUDAD › UN CASO PARECIDO AL DE BELéN, LA TUCUMANA QUE TUVO UN ABORTO ESPONTáNEO Y LA CONDENARON

El largo y complejo penar de Yamila

Una joven madre hace cuatro años que espera en prisión domiciliaria sentencia judicial. Creyó muerto al bebé que parió en su casa y guardó el cuerpo. La acusan de abandonarlo hasta la muerte. El contexto socio cultural que la Justicia ignora.

 Por Lorena Panzerini

Al tiempo que organizaciones de mujeres reclaman por la libertad de Belén (no es su verdadero nombre), quien tuvo un aborto espontáneo en un hospital de Tucumán y fue condenada a 8 años de prisión; en Rosario, una joven madre permanece presa en su casa, a la espera de una decisión judicial, por un caso similar. Todo empezó en marzo de 2012, cuando Yamila S. se descompuso una madrugada y el parto fue instantáneo en el baño de la vivienda donde vivía con sus padres. Ella había mantenido su situación en secreto porque las cosas estaban mal con su pareja, con quien tiene otra hija. Yamila declaró que cuando vio al bebé lo creyó muerto, se asustó y lo envolvió para dejarlo dentro de un lavarropas, donde había prendas sucias. Luego sus padres la llevaron al sanatorio, donde les dijo lo que había ocurrido. El bebé fue hallado sin vida y ella está acusada por abandono de persona seguido de muerte. El expediente ya está en la etapa de sentencia, donde las abogadas Juliana Tagliatti, Ingrid Plessen y María Noel Severo reclamaron que sea absuelta. A ello se sumó la semana pasada una presentación del Consejo Nacional de las Mujeres en el juzgado de Marisol Usandizaga. Se trata de un amicus curiae (amigos del tribunal): una opinión fundada por especialistas en la promoción de los derechos de las mujeres. Aseguran que "haber sometido a la mujer a un proceso penal de cuatro años y nueve meses de cárcel efectiva, más un año de arresto domiciliario, es una manifestación de discriminación de género".

El escrito de 300 hojas al que accedió Rosario/12 está firmado por la titular del Consejo, Fabiana Tuñez, ex presidenta de la ONG Casa del Encuentro, que durante años relevó casos de violencia y femicidios en todo el país, a falta de estadísticas oficiales que permitan avanzar en políticas públicas contra el flagelo que mata a una mujer cada 30 horas en Argentina.

En marzo de 2012, tras sufrir una hemorragia interna que devino en un parto espontáneo, luego de una noche de náuseas y dolores agudos, Yamila --que tenía 19 años y una hija de 14 meses-- permaneció presa nueve meses, acusada de homicidio calificado por el vínculo. La chica se había separado en diciembre de 2011 del padre de la nena y regresado a vivir con sus padres.

Ante el reclamo de organizaciones que luchan por los derechos de género --como la ONG Ampliando Derechos que acompaña a la joven--, en marzo de 2013, el juez Javier Beltramone la desvinculó del delito; pero en 2014 la sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal pidió que se profundice la investigación, frente a la "carencia" de datos en la mecánica del hecho.

Así, en mayo pasado la jueza de Instrucción 8ª, Delia Paleari, consideró que la chica cometió un delito "de comisión por omisión", y ordenó la prisión domiciliaria, que quedó en suspenso hasta octubre por la apelación que presentó su ex defensora, quien nunca la fundamentó, por lo que la chica está presa desde hace casi un año, en su casa.

En el amicus, el Consejo Nacional de las Mujeres le planteó a la jueza que deberá resolver la situación de la joven, que Yamila "comenzó con náuseas y al vomitar tuvo un parto completo expulsando al bebé, la placenta, el saco amniótico y el cordón, que cayeron al piso. Luego tuvo una fuerte hemorragia. Inmediatamente revisó lo que había expulsado y al ver que el bebé estaba muerto -afirmaron- envolvió todo en una bolsa de nylon sin atarla y la dejó entre la ropa seca que salía del lavarropas. Al salir del baño se desmayó y su padre la llevó al hospital, donde contó lo sucedido". La fiscalía, por el contrario, acusó a Yamila de "no haber evitado la muerte de su hijo recién nacido vivo, al no tomar los recaudos de atención médica".

Volviendo al planteo del amicus curiae, el escrito agrega: "Los hechos de este caso no conllevan responsabilidad penal alguna para la imputada, quien debe ser absuelta. El informe del grupo de trabajo sobre discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, de abril de 2016, considera que a lo largo de todo su ciclo vital el cuerpo de la mujer es instrumentalizado y sus funciones biológicas son estigmatizadas y sometidas a un programa patriarcal politizado".

"En el caso -continúa el texto- consta que la acusada tuvo un parto precipitado precario extrahospitalario, en el que no hay certeza del nacimiento con vida del feto. Tampoco resulta exigible a ella una conducta diferente a la que tomó, porque era sujeto de una emergencia obstétrica. Tomar medidas privativas de libertad y punitivas es discriminatorio e injusto. La instrucción del caso fue realizada en base a estereotipos de género, que reemplazaron la evidencia y la evaluación razonable de ésta. El parto está naturalizado como un deber y un saber esencial de las mujeres y niñas. La cultura refuerza el estereotipo de que una persona es mujer solo por tener un útero y que debe saber perfectamente qué hacer ante un parto, incluso sin atención, y que ello tenga éxito", plantea el escrito.

Sobre el bebé, el amicus expresa que "fue hallado tapado entre la ropa, sin agua en el lavarropas. La causa de la muerte que figura en la autopsia es hematoma subdural, no asfixia ni hipotermia. Acredita que la acción de la joven de envolverlo en nylon no contribuyó a la muerte. La fiscalía dijo que la acusada no fue a parir al hospital porque no quiso. Que el bebé cayó al piso desde una distancia de 50 centímetros. La fiscalía no produce pruebas, sino que infiere que Yamila pudo haber llevado al bebé al hospital, que estaba en condiciones y ése era su deber". Y se preguntan si ello "habría evitado la muerte".

También agrega: "El informe de junta especial médica indica que Yamila estaba en una situación depresiva, de duelo por la pérdida de su pareja y un proyecto familiar. La poca energía psíquica que le quedaba la dirigía a los cuidados de su hija pequeña".

Sobre la violencia machista, el amicus plantea que hay indicadores de este caso: "El padre de la nena expresa haber cometido actos de violencia en su contra y hasta haberla amenazado durante los embarazos, con abandonarla. No asume su responsabilidad en los embarazos, sino que la hace única responsable a ella. La acusa de ser mala madre, la juzga. Para él los roles de esposa y madre no son correlativos con los de esposo y padre, sino que su función es una carga que él debe asumir porque la madre no cumple (según sus dichos)", entre otras cuestiones.

En las conclusiones, el Consejo Nacional de las Mujeres reclama que "el aporte pueda contribuir a una justa resolución, en base a los compromisos asumitos por el Estado". Y solicitaron "se absuelva a la acusada de los cargos y cesen las restricciones a su libertad".

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Fabiana Tuñez, desde el Consejo Nacional de Mujeres, intervino en el juicio como amicus curiae.
Imagen: Alberto Gentilcore.
 
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