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Viernes, 21 de agosto de 2015

ANALIZANDO EL CóDIGO III

Poner el cuerpo

La gestación por sustitución no fue regulada por el nuevo Código Civil, y eso no significa que en la práctica no vayan a nacer niños y niñas con este método que la ciencia pone al alcance de cada vez más gente. Pero, ¿quiénes terminarán pagando las consecuencias de este silencio?

 Por Leticia Kabusacki

¿De qué hablamos cuando hablamos de gestación por sustitución?

Alguien presta su cuerpo para que se le implante un embrión de un óvulo ajeno y un espermatozoide. Se convierte en “gestante”. Por otro lado, está el dueño de este espermatozoide que puede ser la pareja de quien pone el óvulo, puede ser un donante anónimo, uno de los varones de una pareja de varones. Es decir, hay persona donante de óvulo, distinta de la que se embaraza y que es la gestante. Los avances científicos ofrecen variantes que permiten el acceso a formar una familia con identidad genética de uno o ambos padres a aquellas personas que no pueden o no quieren gestar un hijo y no desean recurrir a la adopción, por ejemplo. Lo importante es que hablamos de una identidad genética (se encuentra en el óvulo y el espermatozoide que originan ese embrión) que es distinta de aquella de la gestante.

¿Quién es la madre de la criatura?

El principio jurídico dice que “mater certa est”, es decir que si esta mujer da a luz, sería la madre. Entra al hospital con contracciones, rompe bolsa y nace el hijo, sólo que no es su hijo. En el hospital habrá un certificado de nacido vivo que diga que es hijo de esta mujer y luego en el Registro Civil lo deberían inscribir como hijo de ella. No hay otra opción. ¿Y por qué? Porque la gestación por sustitución no está regulada en el CCCN. En el debate en el Congreso donde se aprobó el texto final del Código, no se llegó a este tema. Para muchos sectores, éste es un asunto de ciencia ficción; para otros, es un tema de género porque ¿quiénes son esas gestantes sino vehículos cosificados de gestación? Para otros es un tema de clase, ¿cómo proteger a una clase que necesita el dinero de otra que está dispuesta a pagarlo con sus condiciones? Claro que es un tema difícil. Pero no haberlo regulado lo hace más difícil, porque ahora lo que no está prohibido está permitido, pero de cualquier modo.

En el proyecto del Código se regulaba mínimamente poniendo un piso de cuidado. Se había pensado que la gestante tendría que haber sido madre al menos una vez, para que supiera de qué se trataba el proceso físico de estar embarazada y los riesgos, la falta de glamour del embarazo y del parto, las várices, las náuseas, el dolor inenarrable. Se permitía que se cubriera el gasto médico y el necesario para su salud y subsistencia mientras durase el embarazo. Ahora, entonces, habrá que esperar que una ley especial regule este tema.

¿Qué importa si la gestación por subrogación no está regulada?

Decíamos, hospital, embarazada, nace un niñx, mater certa est... ¿Qué se hace si ella dice que no es la madre y vienen dos señores o dos señoras o un señor y una señora y dicen “somos nosotros los progenitores”? Bueno, tienen un problema, porque tendrán que impugnar la filiación de esta madre biológica. O hacer un trabajito antes y presentar de manera “cautelar”, digamos, una medida pidiendo que no se anote al niñx hasta que nazca y se le pueda realizar una muestra de ADN que seguramente determinará que no es hijo de esa gestante, sino que su identidad genética estará en otras personas. Mientras eso ocurre, el niñx será Baby Joe. Pero aun así, es mejor que el juicio de impugnación de la maternidad, lo cual será a todas luces más complicado y largo.

Cuando se debate este tema y las consecuencias de la falta de regulación, se presentan algunos casos reales, otros de laboratorio. La preocupación central es cómo proteger a las gestantes y a los dueños de la identidad genética del niñx si la gestante decide cambiar de opinión. Es un tema serio, no creo que tenga que ver con hipocresía en relación a la ley de matrimonio igualitario, como se señalaba en otra nota de este suplemento.

Como casi todo en el mundo del derecho, si creemos que las personas son todas buenas y honrarán lo que dicen que harán de buena fe, no habría necesidad de regular nada. Pero hay casos, sobre todo en estas áreas, que sacan a la superficie muestras de humanidad variopinta. Por ejemplo, aquel caso en el que una pareja se separa en el medio de la gestación y no quiere hacerse cargo del hijo. Ese otro en el que no hay uno sino dos niños y uno de ellos tiene malformaciones genéticas y los padres quieren sólo el que nacerá sano. Y el caso de la gestante que se tuvo que hacer cargo de un niño discapacitado porque los padres genéticos decidieron que no lo podían soportar. No se puede desconocer que el efecto más directo es que quedan desprotegidas las mujeres más vulnerables, que son las que en general se prestan como gestantes. No se trata de un problema que atañe sólo de los proveedores de la carga genética.

Brechas y truchadas

Además, al no regular, quedan abiertas las brechas para anotaciones de hijos propios para saltear la adopción. Porque hay casos, muchos todavía, no sólo en nuestro país sino en los vecinos también, donde nacen niños de una mujer y se los anota como hijos de otra madre. A esta práctica se le puede sumar la gestación por sustitución, procedimiento que, si no se prueba de algún modo y no se contiene en un pacto regulado, permitiría a una mujer que no quiera hacerse cargo de su hijo entregarlo por esta vía, en vez de recurrir a los caminos regulados de la adopción. En muchos casos tendrán razón en hacerlo así y será lo mejor para todos, sobre todo para el niñx, pero en materia de cómo regular y a quién proteger, que es una regla general, no es tan sencillo.

Es un tema a discutir, cómo se regularía la gestación por sustitución para que todas las personas que quieran recurrir a esta vía puedan hacerlo con reglas claras, y sobre todo tratando de evitarles fraudes, complicaciones en la salud y en la vida de las gestantes, para que entre otras cosas haya personas dispuestas a hacerlo porque se las cuida. No sea que se regulen sólo los negocios de las agencias y clínicas que producen folletos en papel brillante y atractivas páginas web en distintas filiales del mundo pero que no tienen ningún plan para afrontar las cuestiones no deseadas cuando algo sale mal.

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