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Confirman procesamiento de Beraja, Galeano y Anzorreguy

La Cámara Federal confirmó hoy los procesamientos del ex juez federal Juan José Galeano y del ex titular de la SIDE durante el gobierno menemista, Hugo Anzorreguy, por graves delitos cometidos en la investigación de la causa AMIA.

En la misma resolución el tribunal de alzada ordenó profundizar la investigación para analizar las conductas del ex presidente Carlos Menem y quien fuera su ministro del Interior, Carlos Corach, aunque no precisó las "pautas concretas" que debe seguir el juez Ariel Lijo.

Galeano había intervenido en la investigación del atentado terrorista a la mutual judía, ocurrido el 18 de julio de 1994, que causó la muerte de 85 personas.

La medida fue tomada por la sala I "ad hoc", integrada por los camaristas del Crimen Carlos Alberto González, José Luis Rimondi y Gustavo Bruzzone quienes, de esa manera, ratificaron todo lo resuelto el 19 de septiembre de 2006 por Lijo.

En una resolución de 102 carillas el camarista González votó en disidencia parcial ya que se mostró proclive a dictar la prisión preventiva de los imputados, mientras que la mayoría les permitió que sigan en libertad hasta el juicio oral.

El fallo también confirma el procesamiento del ex titular de la DAIA, Rubén Beraja y agrava la situación de los ex fiscales Eamon Mullen y José Barbaccia a quienes agrega el delito de "peculado" (como "partícipes necesarios") a las figuras penales por las que habían sido procesados en primera instancia.

Respecto de Carlos Alberto Telleldín, su esposa Ana María Boragni y su abogado Víctor Stinfale, el Tribunal también ratificó sus procesamientos por "peculado", al igual que el del ex agente de la SIDE Patricio Finnen; en tanto, por la muerte de Alejandro Brousson, el Tribunal declaró extinguida la acción penal y dispuso el sobreseimiento.

De esa manera se confirmó la resolución dictada por Lijo que imputó a Galeano, entre otros delitos, por la privación ilegítima de la libertad de cuatro ex policías bonaerenses, coacción, prevaricato (fallar en forma contraria al derecho), falsedad ideológica y lo embargó en más de cinco millones de pesos.

En una resolución de 480 páginas el juez Lijo también procesó a Anzorreguy y a Beraja, por "peculado" a raíz del pago ilegal de 400.000 dólares el ex detenido Carlos Alberto Telledín para que falsee sus dichos.

Según aquella resolución, a Telleldín se le entregó ese dinero -que habría salido de la central de inteligencia- para que involucre falsamente en el atentado a la mutual judía a los ex policías bonaerenses Juan José Ribelli, Anastasio Leal, Raúl Barreiro y Raúl Ibarra.

"Se inventó prueba falsa, es decir más allá de la forma en que se obtuvo era, en sí misma irreal", consideró Lijo sobre el accionar de la causa y advirtió que Galeano "frustró de modo terminante la determinación de la verdad".

En la misma resolución el magistrado le prohibió a su ex colega salir del país sin autorización judicial, aunque no dictó su prisión preventiva por entender que no hay riesgo de fuga y que no entorpecerá la pesquisa.

Lijo intervino luego que el Tribunal Oral en lo Federal Tres anulase todo lo actuado y sobreseyera a todos los imputados, ordenando que se investigue penalmente a Galeano, que luego fue destituido en el juicio político que se realizó el Consejo de la Magistratura.

Al dictar los procesamientos ahora confirmados el juez de primera instancia sostuvo que existió una intención de Galeano para "vincular a la investigación a personas respecto de las cuales no existía una real sospecha".

"El objetivo no era esclarecer el atentado (a la mutual judía que funcionaba en la calle Pasteur 633, de esta Capital y que provocó decenas de muertos), y descubrir a sus autores sino el de invlolucrar a ciertas personas a la investigación, de cualquier manera", sostuvo Lijo.

Galeano está procesado, entre otros hechos, por privación ilegítima de la libertad agravada en cuatro oportunidades por haber avalado la detención de los ex policías bonaerenses Ribelli, Barreriro, Ibarra y Leal, en base a pruebas "obtenidas de manera irregular".

"Se aprecia una clara distribución de tareas entre Galeano y Anzorreguy" quien "puso a disposición el personal necesario y el equipo suficiente" tanto para concretar el pago a Telledín como para las gestiones que lo precedieron, sostuvo Lijo quien enfatizó que el irregular pago se realizó "con fondos aportados" por el ex funcionario menemista.

Días atrás el mismo Tribunal rechazó un planteo ("excepción de cosa juzgada") interpuesto por la defensa de Galeano que afirmaba que una de las imputaciones que le hizo Lijo ya había merecido una causa anterior que fue desestimada por el entonces juez federal Jorge Urso.

Sin embargo los camaristas indicaron que "no se advierte la concurrencia de la identidad de objeto necesaria a los fines de establecer la existencia del instituto de la cosa juzgada y, por ende, de la supuesta violación al principio 'ne bis in idem'" que establece que nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo hecho.

El planteo obedecía a la existencia de otra causa -iniciada por Leal- en la que se plantó la "inconsistencia de las pruebas que sustentaban las imputaciones que se dirgían en el marco de la causa AMIA"; sin embargo Urso desestimó aquella denuncia y sostuvo que los dichos del ex policía eran una "estrategia defensista".

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