19:24 › MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA

La Justicia confirmó las condenas de los represores de la "Contraofensiva"

La Cámara Federal dejó firme la condena a 19 años de prisión para el excoronel Antonio Herminio Simón, y elevó la pena de 10 a 15 años para el agente de inteligencia del Ejército Alfredo Omar Feito.

En una resolución de 90 carillas, los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah ratificaron la responsabilidad que el juez federal Ariel Lijo le atribuyó a los genocidas durante la llamada Contraofensiva montonera, por asociación ilícita, secuestros y reducción a servidumbre y tormentos, en una causa que tramitó con el viejo Código Procesal, es decir por escrito, sin juicio oral.

Lijo había dictado la sentencia al concluir el primer tramo del juicio, ,en 2007, con las condenas a prisión perpetua de Cristino Nicolaides, Luis Jorge Arias Duval, Santiago Manuel Hoya, Juan Carlos Gualdo, Waldo Carmen Roldán, Carlos Gustavo Fontana, Pascual Oscar Guerrieri y Julio Héctor Simón.

Los dos nuevos condenados fueron responsabilizados de integrar "una asociación ilícita destinada a cometer delitos cuya acción contribuyó a poner en peligro la vigencia de la Constitución Nacional, integrada por más de diez individuos, con una organización militar o de tipo militar, que disponía de armas de guerra o explosivos de gran poder ofensivo".

Lijo, en su oportunidad, y ahora la Cámara, a los delitos originales agregaron agregaron los de "privación ilegal de la libertad calificada, por haber sido cometida por un funcionario público con abuso de sus funciones, o sin las formalidades prescriptas por ley, por haber impuesto el funcionario público a los presos que guarde severidades, vejaciones o apremios ilegales y por haber durado más de un mes, en concurso real con reducción a la servidumbre".

Los represores fueron condenados por los secuestros, entre el 21 y el 29 de febrero de 1980, de Angel Carbajal, Julio César Genoud, Lía Mariana Guangiroli, Verónica Cabilla y Ricardo Marcos Zucker, quienes permanecen desaparecidos, y la detención ilegal de Silvia Tolchinsky el 9 de septiembre de ese mismo año en Mendoza, quien fue liberada en 1982.

Durante el juicio, Tolchinsly reconoció a Feito como uno de sus guardias en cautiverio, además de acreditarse su participación en el grupo de tareas 50 y en la central del Batallón de Inteligencia 601, que secuestró al otro grupo; en tanto Simón participó de su secuestro en carácter de jefe de Destacamento de Inteligencia 123.

Los camaristas señalaron que "las pruebas de la causa indican que en esos meses de 1980, un grupo de personas que se encontraba en el exilio decidió retornar al país a través de diferentes medios y pasos fronterizos". Los magistrados citaron frases del ya condenado Nicolaides cuando arengó a sus subordinados afirmando que "pese al férreo control de fronteras y aduanas, dos células habían logrado ingresar al país, sin perjuicio de lo cual fueron aniquilados´".

Los integrantes de la Sala II del tribunal enfatizaron que los hechos cometidos en perjuicio de las víctimas "fueron el producto de un plan elaborado con la finalidad de localizar y detener a determinadas personas, mantenerlas en cautiverio en centros clandestinos especialmente preparados para ello, sometiéndolas a interrogatorios a través de prácticas inhumanas y degradantes previamente concebidas con el objeto de obtener información".

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