Con remera blanca. Sonriente. Acompañado por seis mujeres, que se ríen y parece que se divierten, algunas con pañuelo celeste. Así se fotografió el periodista Mariano Obarrio, frente al Hospital Rivadavia, el sábado, cuando se acercó para sumarse a la vigilia que mantuvieron durante el fin de semana militantes antiderechospara intentar impedir una práctica médica legal. La brigada liderada por Obarrio desinformó –el periodista llegó a tuitear que el aborto “no estaba debidamente fundado”– y algunos de sus activistas pretendieron camuflarse con uniforme médico por los pasillos del hospital, para frenar de alguna forma la intervención, violentando así todos los derechos de una joven, que en ese contexto, tuvo acceso a la interrupción legal de un embarazo. Como marca la ley. Como ratificó la Corte Suprema. Como indica el protocolo que rige en el ámbito de la Ciudad.

Pero Obarrio y su brigada no aceptan la ley. Tienen la propia, que se funda en avasallar derechos ajenos, a la vista de toda la sociedad.

La escena parece sacada de otra época. Les faltó prender una hoguera frente al Hospital Rivadavia. Dejaron escrita en una pared de los alrededores, una clara amenaza: “No al aborto en el Hospital Rivadavia. Médicos se las vamos a cobrar”. ¿Pensarán quemarlos?

Obarrio felicitó a las brigadistas antiderechos en el mismo tuit que colgó la foto. ¿Qué le pasa a esta gente?

Imaginemos que Obarrio tiene que operarse de apendicitis y que a alguien se le ocurre que esa operación no debe hacerse –por algún motivo irracional– y monta un piquete frente al quirófano para impedir que tenga la atención médica que necesita. Tan descabellada como esa escena imaginaria es la estrategia que vienen desarrollando sectores antiderechos para frenar abortos legales. Y no es nueva. Recuerdo el caso LMR, por el cual el Estado argentino fue condenado por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, por negarle un aborto no punible en 2006 a una adolescente de 19 años, que había sido violada y embarazada por un familiar, y tenía un retraso mental que la mantenía anclada en la infancia. En aquel momento no fue Obarrio. La cara visible de la cruzada para frustrar el procedimiento médico fue el entonces rector de la Universidad Católica de La Plata, Ricardo de la Torre. Quienes lo conocían al ingeniero De la Torre no recordaban que hubiera puesto tanto empeño por “defender la vida” cuando se desempeñó como subsecretario de Asuntos Universitarios y Técnica Administrativa, durante la última dictadura militar, y en el país había miles de jóvenes desaparecidos por el terrorismo de Estado. De la Torre llegó a ofrecer hacerse cargo de la criatura de LMR en una carta a la Suprema Corte bonaerense. No fue su única intervención: mandó un telegrama al Hospital San Martín, de La Plata, donde se iba a realizar el aborto, advirtiendo que si lo hacían sin la autorización del padre de la menor –que era un maltratador y no vivía con ella hacía años– estarían cometiendo un delito por violación de patria potestad. LMR tuvo que llegar hasta el máximo tribunal provincial y aun con un fallo que avaló su pedido, los médicos se rehusaron a cumplir con la ley –se declararon objetores de conciencia– y tuvo que recurrir a una clínica privada, con la ayuda del movimiento de mujeres.

Ese mismo año, 2006, también brigadas antiderechos buscaron impedir el aborto no punible que pidió una mujer en Mendoza, para su hija –identificada por sus iniciales CCA– que tenía una discapacidad mental, 25 años y había sido embarazada en un abuso sexual. Activistas antiderechos se congregaban para rezar frente al Hospital Militar, donde estaba internada la joven, mientras su madre peleaba por su derecho a abortar en la justicia. Una ong católica, Vitam, presentó un amparo para frenar el procedimiento médico. Finalmente, la corte mendocina se pronunció en tiempo record y garantizó el derecho al aborto de CCA. El tribunal fue directo y claro: les dijo que nadie, ajeno a la intervención médica estaba legitimado para plantear la suspensión de la interrupción del embarazo, que ya había autorizado un juzgado en primera instancia. Podría seguir enumerando otros casos.

Aquellas escenas ocurrían más de una década atrás. Antes del fallo FAL de la Corte Suprema, que en 2012 clarificó los alcances del artículo 86 del Código Penal, ¡de 1921!, reafirmó el derecho al aborto en casos de violación y cuando corre riesgo la vida o la salud de la mujer, y exhortó a las provincias para que implementen protocolos con el objetivo de eliminar obstáculos arbitrarios e ilegales en el acceso.

Obarrio y su brigada atrasan. Se instituyen ellos en obstáculos arbitrarios e ilegales, para la garantía de un derecho, que no es más que una práctica médica legal. Se arrogan personificar una supuesta ley divina, que en este país, la Argentina, no tiene –ni debería tener– ningún alcance.