En esas manzanas del Casco Histórico donde, en un decir borgiano, el barrio de San Telmo se “confunde” con el de Constitución, un emprendimiento inmobiliario tiene en vilo a los vecinos de la calle Tacuarí al 900 y Estados Unidos al 800. Lo que les genera preocupación es la posibilidad cierta que en esas parcelas unificadas en forma de L –más precisamente en Tacuarí 946– se demuela una casa que cuenta con Protección Cautelar por su valor patrimonial para construir un edificio que por su altura y volumen altere significativamente la fisonomía barrial y la calidad de vida de los vecinos.

Que existan desarrolladores que pretendan realizar construcciones en desmedro del paisaje urbano y de las características de un barrio no es algo raro. Lo que si quizás resulte más llamativo es que pueda realizarse “respetando” la normativa vigente, o más precisamente aferrándose a sus huecos. La clara anomalía que permite llevar adelante un emprendimiento que afecta al barrio pero no al Código de Planeamiento, nos recuerda el caso del edificio en torre de Garay al 700,  que reunía las mismas características y que motivó movilizaciones vecinales. En aquella oportunidad muchos advirtieron por primera vez que los límites que la Ciudad establece para su área de Casco Histórico (que va desde el bajo hasta la 9 de Julio) no coincide con el Distrito APH1 que el Código de Planeamiento Urbano protege y establece normativa especial para la zona y que abarca desde el bajo hasta la calle Perú.

En definitiva, las construcciones de la calle Perú hacia el bajo, tienen un estricto límite en altura y en los usos (actividades que se pueden desarrollar), mientras que en las manzanas donde se pretende emplazar el edificio objeto de esta nota cuenta con una zonificación residencial de alta densidad R2aII que cuenta con un FOT de 2,5, lo cual traducido sería que pueden construir dos veces y media la superficie total del terreno.

Como sostuve en su momento desde mi cargo de Defensor del Pueblo adjunto de la Ciudad para el caso de la torre de Garay, el Gobierno de la Ciudad a la hora de otorgar los permisos de edificación debe no solo verificar la letra de la ley sino además su espíritu y finalidad, por cuanto está claro que los legisladores que dieron las normas para esta zona quisieron que preserve ciertas características constructivas y de tejido urbano, y al efecto creyeron (teniendo en cuenta el grado de urbanización e inexistencia de terrenos baldíos al momento de sancionar el Código) que en parcelas que en su enorme mayoría no excedían los 400/500 m2 con un FOT de 2,5 alcanzaba para poner un tope a la altura y volumen de las edificaciones.

Lo que no tuvieron en cuenta (¿o sí, pero se hicieron los distraídos?) fue la capacidad de sumar varios terrenos (englobamiento de parcelas), que como en el caso de la Torre Quartier englobó 7 terrenos en una manzana, con lo cual esos 2,5 de capacidad constructiva se convierten en volúmenes desproporcionados.

En definitiva, esperemos que en esta oportunidad el Gobierno de la Ciudad realice una ponderación profunda de la normativa vigente a la hora de otorgar los permisos y por otro lado a los desarrolladores -encabezados por un prestigioso ex decano de la Facultad de Arquitectura de apellido muysonado por estos días- que tengan a bien ofrecer un diseño que se corresponda con el prestigio de dicho estudio de arquitectura y se complemente positivamente con el entorno barrial.