Mariana Gómez, la joven condenada a un año de prisión por besar a su esposa Rocío Girat en la estación Constitución en 2017, presentó un recurso de Casación solicitando la revocación del fallo de la jueza Marta Yungano por una serie de inconsistencias en la sentencia dictada el 28 de junio pasado. La presentación judicial en Tribunal en lo oral y correccional Nº 26 estuvo acompañada por una masiva movilización desde Paraguay al 1536 hacia Tribunales de la recién conformada “Coordinadora por la absolución de Marian” contra “el fallo lesbo odiante” de Yungano.

“Vinimos con la consigna de absolución para Marian pero también de destitución de la jueza, para que se conozca quién es esta mujer. El mismo día que a Marian la condena absolvió a un pedófilo por abusar de su hijo de ocho años. La lista de fallos similares es muy larga. Esta mujer falla como piensa. No puede estar en ese lugar y este fallo no puede quedar como precedente”, subrayó a Página/12  Rocío Girat, desde las puertas del Tribunal.

El documento presentado, al que tuvo acceso Página/12, reclama la inmediata absolución de Mariana por considerar que en el fallo emitido por la jueza en el Día Internacional del Orgullo hay una "arbitraria y prejuiciosa valoración de la prueba", según explicó a este diario el abogado de Mariana Lisandro Teszkiewicz. El texto del escrito fue respaldado por al menos cuatro amicus curiae, movimientos en defensa de los derechos LGTBI como 100 por ciento Diversidad y Asociación de Pensamiento Penal, entre otros, "pero sus argumentos no fueron ni relevados, ni valorados en ninguna instancia del proceso", de acuerdo al texto. 

El recurso de la defensa tiene como base tres argumentos centrales: sostiene que la jueza hizo una apreciación selectiva de la prueba, que la condena no debería existir porque el supuesto lesionado nunca inició el proceso judicial y que la magistrada incurrió en equivocaciones al especificar las leyes aplicadas en su sentencia. Además, advierte que el caso de Mariana “cumple acabadamente con lo que denuncia la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en un informe de 2015 sobre violencia contra el colectivo LGBIT". 

“Primero hay un caso de violencia policial, después el Poder Judicial convalida esa violencia armando una causa por delitos menores o por desobediencia porque acompaña la visión discriminatoria del policía o para encubrir que este cometió un abuso. La causa la extiende durante mucho tiempo y finalmente termina con una condena estigmatizante y disciplinante”, reforzó el abogado. 

Mariana fue condenada por el “delito de resistencia a la autoridad en concurso real con el de lesiones graves”, un fallo que de acuerdo a la defensa no tuvo en cuenta las agresiones sufridas por Mariana y su esposa aquella tarde, por parte de los oficiales Rojo y Villareal.

Teszkiewicz denunció que la sentencia es arbitraria porque hay muchas pruebas presentadas por la defensa que “no fueron tomadas en cuenta” y que la jueza “ “interpreta de manera arbitraria la que sí valoró". “Por ejemplo, la policía Villareal dice que puede ser que Mariana le haya arrancado el pelo cuando se caía al piso y eso la jueza lo descarta, no lo toma como relevante”, amplió el letrado. 

El abogado explicó que la jueza cometió un error también al condenar a Mariana por lesiones leves, a pesar de que el Código Penal “dice que para juzgarla, la persona lesionada tiene que pedirlo, pero eso nunca pasó”.

“No tenía jurisdicción, facultad para condenar por ese delito porque la presunta víctima nunca acusó”, aseguró Teszkiewicz.

Por último, la apelación indica que Yungano aplica mal la Ley de Control de Tabaco. "Ella dice que se basa en la Ley Nacional 26687. Sin embargo, esa ley en el artículo 39 dice que solo se aplica en al ámbito nacional y que en el ámbito local se deben aplicar de las provincias o de la ciudad”, profundizó el abogado, quien explicó que "la Ley de la Ciudad 1799 no prevé la detención de la infractora, por lo que el arresto realizado por el Oficial Rojo era ilegítimo y por tanto la resistencia de Marian no es delito".  

"Sólo la ausencia de perspectiva de género en el proceso puede haber permitido llegar a este punto luego de 22 meses. Tiene ahora el Tribunal la oportunidad de volver las cosas a su cauce natural, reafirmar el imperio de la Ley y hacer justicia, absolviendo a Mariana Solange Gómez" finaliza un apartado del documento que demuestra cómo lo sufrido por Mariana estos 22 meses es un claro caso de violencia institucional en razón de su identidad de género, por pertenecer al colectivo LGBTIQ+. Allí se hace además un relato pormenorizado de todo lo ocurrido en la causa desde el 2/10/2017, y los encuentros previos de Mariana y Rocío con el Poder Judicial, cuando no pudo protegerlas de los abusos que sufrieron.

El 2 de octubre de 2017 pasado el mediodía, Gómez y Girat estaban bajo el domo que se encuentra frente a la estación de trenes de Constitución. Estaban fumando allí, hasta que un empleado de Metrovías se acercó a Gómez para decirle que apagara el cigarrillo. Al poco tiempo llegaron Rojo y Villareal, quienes forcejearon para llevarla detenida, de acuerdo al relato de la acusada. El oficial llamó por handy a una compañera y, en medio del forcejeo, “Rojo me tuerce el brazo y me tira para atrás”, por lo que Gómez agarró del pelo a Villarreal “para no caer”, de acuerdo a los testimonios judiciales. Los dos agentes la redujeron, la esposaron y la trasladaron a la estación policial que está en la estación Boedo de la línea E. A las pocas horas la liberaron.

Hace una semana, se conformó la Coordinadora que nuclea organizaciones de lesbianas, lgbtiq, feministas, movimientos sociales, asambleas populares, redes de contención a víctimas de abuso, partidos de izquierda y personas autoconvocadas. Hoy fue su primera acción conjunta en repudio a la condena contra Marian, que ellas definen como “una decisión arbitraria y un claro avance de las políticas de adoctrinamiento de todo un sistema patriarcal decidido a adoctrinar al colectivo LGBTIQ+, y al movimiento de mujeres en su totalidad”.