“La controlaba, la insultaba, le gritaba, se reía de ella. La humilló, le pegó y le provocó traumatismo de cráneo, triple fractura costal, corrimiento del maxilar, hematoma subdural, hematomas en ambos ojos, en los brazos, en las rodillas; hematomas de agarre en el cuello. No respondía a las voces y a las órdenes. Para la Justicia sólo fueron lesiones leves.” Y el autor de esa tentativa de femicidio quedó libre, podría completar el listado hecho con fibrones en una de las cartulinas que la madre y las hermanas de Flavia Rudez pegaron sobre las rejas de los tribunales, en el primer juicio por jurados que se realizó en La Plata por violencia de género para juzgar a su ex pareja, Leonardo Cechi. Quien además obtuvo la libertad el mismo día de la sentencia, el 16 de agosto, porque se le computaron los dos años de la pena que le correspondía de los cuatro que permaneció en prisión preventiva desde 2015, a la espera del juicio. “Ahora todo es violencia de género”, se quejó Cechi, antes que le regalaran el pase definitivo a la vereda.

Sofía Caravelos y Guadalupe Godoy, las abogadas de Flavia que tras la sentencia debieron renovar el pedido de nuevas medidas de protección, de una perimetral y cese de hostigamiento, reclamaron la nulidad del proceso por entender que el jurado se expidió sobre cuestiones de derechos y no en los hechos, como establece el marco legal vigente, en un juicio en el que se llegó a exponer la intimidad de Flavia y a decir que las lesiones cerebrales que arrastra hace cuatro años no son por las golpizas que sufría a diario sino por “descuidada” y no llevar en forma adecuada su tratamiento contra la epilepsia. Aun cuando la médica policial que la asistió dejó constancia en un informe que se trató de “lesiones graves.” El juez Claudio Bernard, del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de La Plata, le echó más nafta al fuego al rechazar el planteo de nulidad, declarando “prescripta” la causa porque la figura de lesiones leves caduca en dos años. “Por ende absolvió al imputado y de esa manera queda cerrada esta instancia”, lamentaron las abogadas, que elevarán el reclamo a la Cámara de Casación.

María Luisa Cicognani, la madre de Flavia, no duda que su reclamo de Justicia fue avasallado. “El juicio me pareció un circo, con un jurado que se dormitaba mientras en la sala contigua se escuchaban risas como si estuviéramos en un cumpleaños, cuando lo que ocurrió es que dejaron a un asesino en libertad”.

Teme que Flavia nunca más se recupere. “Costó años de rehabilitación lograr su mejoría. Aún no tiene estabilidad, hubo que enseñarle a leer, a aprender los colores; mostrarle fotos de la familia para que nos recordara. Durmió dos años con la luz encendida, se levantaba gritando y pidiendo auxilio. Ahora volvió a encerrarse, se refugia en su cuarto y mira por la ventana continuamente. Sabe que Cechi tiene su domicilio familiar cercano al nuestro. Y libre es una amenaza.”

Flavia cayó en una depresión profunda. Volvieron a invadirla los viejos terrores de las amenazas y golpes que le provocaron la pérdida de audición del oído izquierdo y discapacidad motora. De la última paliza sólo recuerda que despertó quince días después en el hospital Alejandro Korn, de Melchor Romero, paralizada por las fracturas múltiples. “El me iba a matar, pero volvía a casa porque le tenía terror”, solía decir.

La fiscal de juicio, Silvina Langone, lo imputó de lesiones graves, agravadas por violencia de género, y Sofía Caravelos y Guadalupe Godoy de tentativa de homicidio doblemente agravado por mantener una relación de pareja y por mediar violencia de género. Pero Gladys López, la defensora oficial de Cechi, utilizó la vulnerabilidad extrema, el contexto de calle que compartían y el argumento de que las heridas dibujadas como un mapa sobre el cuerpo de la mujer eran producto de una convulsión. Todo para poder alivianar a Cechi con la figura de lesiones leves que el jurado terminó aprobando. “Se refirió a ellos como dos `lúmpenes que pueden generarnos una incomodidad, que se acercan los vidrios de nuestros autos para pedirnos´, apelando al sentido común de la exclusión”, remarcó Caravelos. “Pero lo peor no es que haya tratado de omitir las denuncias previas por violencia que Flavia realizó en la Comisaría de la Mujer ni las medidas de protección que dictó el Juzgado de Familia en 2014, sino las preguntas que realizó contra Flavia, que la sobreexpusieron y la revictimizaron.”

López interrogó sobre la sexualidad de Flavia, sobre un pasado suicida, sobre su adolescencia inundada por situaciones difíciles de escuchar. Información sensible que obtuvo violando reglamentos éticos y la Ley del Paciente, y sometió a Flavia a una especie de careo que la culpabilizaba por lo mismo que casi la mató. “Nos opusimos a estas preguntas, pero en los juicios por jurados el poder adversarial es ilimitado, y éstas son algunas de las arbitrariedades que están permitidas. No tiene que ver con la protección de las víctimas ni con el testimonio reparador”, lamentó Caravelos. “Es un mecanismo que asume la forma de una privatización de los procesos penales. La respuesta última del sistema de Justicia queda en manos de ciudadanos, muchas veces cargados de los mismos prejuicios que sobrevuelan los pasillos de tribunales. Además, en los delitos de violencia de género y violencia institucional se diluye la responsabilidad del Estado en conocer la verdad, reparar a las víctimas y sancionar a los responsables. Ganar es la única regla que vale.”

“Los juicios por jurados forman parte de los debates que nos debemos”, sostuvo la docente, investigadora universitaria y ex coordinadora del Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, Laurana Malacalza. “Aquí se evidenciaron muchas falencias, por ejemplo que el jurado haya definido legalmente los hechos, algo que le corresponde al juez, en lugar de describirlos y limitarse a definir si encuentran a la persona culpable o no. O que tanto la víctima como el imputado no pueden conocer las razones por las que se absuelve o condena por un delito, ya que las deliberaciones que hace el jurado son secretas.”
Pero también quedó demostrado que las representaciones sociales acerca de cómo debe ser una víctima de violencia de género definen una condena. “Cuando esto lo hace un operador o funcionario judicial, le recaen al Estado las obligaciones de juzgar con perspectiva de género”, señaló Malacalza. “Cuando el que juzga es un jurado, las responsabilidades estatales parecen diluirse y reforzar nuevamente la impunidad.”

Leonardo Cechi y Flavia se conocieron en 2014, en la esquina de 13 y 72, él limpiando vidrios y ella vendiendo golosinas. Madre de cuatro hijos a cargo, comenzó a sufrir violencias desde el momento en que Cechi se instaló en su casa de Los Hornos. Flavia relató ante el jurado que él le gritaba, le exigía el dinero que ganaba, la dominaba. Habló de la adicción de Cechi a las drogas, de la medicación para la epilepsia que le prohibía tomar, del aislamiento que le impuso, de la expulsión del hogar de sus hijos mayores. Quiso separarse el día de su cumpleaños, el 6 de julio de 2015. Ese planteo, el silencio de él y los flashes de que la golpeaba con un objeto son las únicas cosas que recuerda hasta que volvió a despertar en una camilla.

“Salió del hospital con un postraumático grave”, explicó Caravelos. “La psiquiatra que la atiende dijo que no tiene capacidad de respuesta para el trabajo. Hoy, un test laboral le saldría mal, no la contratarían en ningún lugar.” Se planteó tentativa de femicidio porque lo que le ocurrió a Flavia nunca fue ajeno a la voluntad de Cechi. “Se interpretó que había intención de matar, por la figura del menosprecio por la vida, los golpes en zonas vitales en desventaja de la víctima y no haberla auxiliado cuando debió hacerlo.”

El sistema de juicio por jurados se implementó en Córdoba, Buenos Aires, Neuquén, Chaco, Río Negro, San Juan y Mendoza. En Santa Fe tiene media sanción. Salvo en Córdoba, los jurados están integrados por 12 personas, 6 mujeres y 6 varones, y excluyen la participación de otras identidades de género. Se reúne por única vez y su veredicto es inapelable. “Es una dimensión jurídica inédita porque como el jurado no forma parte del Estado, no hay posibilidad de intervenir con política pública, ni capacitaciones con perspectiva de género para salvar esos obstáculos”, concluyó Caravelos. “Las sentencias deben poder establecer una reparación, porque el Derecho no es sólo la condena, es una organización subjetiva de verdad, y colectiva de qué es lo tolerable y de la presencia del Estado en la vida en comunidad.” A Flavia Rudez no quisieron reconocerle las marcas de la violencia ni los pedidos previos de auxilio, en una provincia donde durante la primera mitad de 2019, se registraron los mayores índices de femicidios en la Argentina.