La Justicia federal revocó la absolución otorgada a un penitenciario acusado de organizar y filmar peleas en un penal de Santiago del Estero, y de haber obligado a un interno a registrar en video “un presunto ingreso de estupefacientes al lugar”. 

Claudio Gabriel Segura, juzgado y absuelto en noviembre de 2018 por hechos ocurridos en junio de 2013, en la Unidad 35 Colonia Pinto, deberá ser objeto de un nuevo veredicto, según ordenó la Cámara de Casación Penal, que revocó la absolución y ordenó que se dicte una nueva resolución. La disposición avaló, así, el recurso que interpuso la fiscal Indiana Garzón, para quien se trató de un claro caso de violencia institucional.

Según informó el Ministerio Público de la Defensa, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la resolución dictada en septiembre de 2018 por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Santiago del Estero, que aplicó el beneficio de la duda y absolvió a Segura, jefe de Seguridad Interna de la Unidad 35, en el juicio que se le siguió por organizar y filmar peleas entre detenidos en el penal y de obligar a un interno a registrar en video un presunto ingreso de estupefacientes al lugar, para luego responsabilizar a otro penitenciario.

De acuerdo con la investigación, en junio del 2013 Segura ordenó a un interno grabar con un celular --que él mismo le proveyó-- a otro integrante del personal penitenciario de apellido Monzón que prestaba servicios en la cocina del penal. Según se estableció, lo hizo para obtener pruebas de un presunto ingreso ilegal de estupefacientes.

El mismo Segura, además, habría sometido a otros seis presos a “vejámenes, severidades y apremios a raíz de la organización de peleas que ocurrieron el 29 de julio de 2013 en el campo de deportes de la dependencia”. De acuerdo con la fiscalía, “las luchas a golpes de puño fueron realizadas ante la mirada de otros agentes penitenciarios”.

El 14 de septiembre de 2018, el TOF de Santiago del Estero, integrado por Abelardo Jorge Basbús, Federico Bothamley y Gabriel Eduardo Casas, absolvió a Segura “por aplicación del beneficio de la duda”. En respuesta, la fiscal general Garzón presentó un recurso de casación, en el que señaló que el fallo “era arbitrario por haber incurrido en una errónea valoración de los hechos, de la prueba y consecuentemente, de la ley sustantiva aplicable al caso”.

Garzón aseguró que se trató de un caso de violencia institucional, porque las víctimas eran personas privadas de su libertad y que debían estar al cuidado del Estado.

Entre las pruebas incorporadas en el expediente se encuentran videos que, explicó la fiscal Garzón, “acreditaban las contradicciones y falsedades de los testimonios de los oficiales penitenciarios”, como así también “una actitud pasiva por parte de las autoridades penitenciarias”. “Ninguna de las versiones esgrimidas por los agentes penitenciarios es conteste con la filmación y su actuación en ella”, señaló Garzón.