Por unanimidad el Senado provincial dio sanción definitiva al proyecto de Ley de creación del Juicio por Jurados en materia penal en Catamarca. La iniciativa fue girada en junio de este año por el Poder Ejecutivo Provincial.

Con esto, el oficialismo profundiza los alcances de la Reforma Judicial que comenzó con medidas impulsadas por la ex gobernadora Lucía Corpacci, como la ampliación de la Corte de Justicia de 3 a 5 miembros, y continúa en la gestión de Raúl Jalil con la disolución del Consejo de la Magistratura, la ampliación de 5 a 7 miembros de la Corte, el recambio judicial, la extensión a la comunidad de la Comisión Evaluadora para la selección de jueces, entre otras medidas.

Desde el cuerpo evaluaron la iniciativa como una forma de “facilitar el acercamiento del pueblo a la Justicia y fortalecer el ejercicio responsable de la ciudadanía y las garantías procesales de la persona imputada”.

El senador Maximiliano Brumec, como miembro informante, defendió la iniciativa: “Catamarca hoy dará a luz un jurado popular para el fuero penal como lo soñaron los constituyentes de 1853 y, mucho antes que ellos, Monteagudo, San Martín, Sarmiento, Dorrego y los padres fundadores de la Patria. “La ley de jurados que aquí se propone, cuenta con el respaldo constitucional y convencional de los mencionados máximos tribunales de Justicia”, aseguró.

Para Brumec “se trata de un pilar fundamental en el sistema democrático de administración de justicia, asegurando la participación ciudadana en las decisiones judiciales, así como la publicidad y transparencia que debe signar la actividad de todos los órganos estatales del sistema republicano: es un día histórico”, celebró.

A su paso por Diputados, sólo dos legisladores de la oposición votaron a favor del proyecto: la diputada Juana Fernández y el diputado Enrique Cesarini.

Como miembro a cargo de la defensa, el legislador Augusto Barros del Frente de Todos, mencionó al proyecto como una oportunidad de “poner en valor una transformación importante al sistema judicial como es la democratización de la administración de Justicia”.

También, en relación con algunas objeciones al proyecto, la presidenta de la Cámara, Cecilia Guerrero, remarcó que "se deben dejar de lado los resabios de elitismo. Si un joven de 18 años tiene derecho a votar y puede ser perseguido penalmente por el Estado, también tiene la capacidad suficiente para integrar un jurado popular”, dijo.

A la vez, detalló que “la exigencia de la unanimidad es indispensable en miras de llegar a decisiones de calidad incuestionables, y esta es una de las mayores bondades del proyecto”.

En el mismo sentido, la diputada Adriana Díaz resaltó que “el juicio por jurado permite que la persona acusada sea juzgada por sus pares, lo cual proporciona al veredicto de culpabilidad o no culpabilidad una fuerza política y social indiscutible".

Origen y oposición

En diálogo con Catamarca/12, Fernando Ávila, asesor de Gobierno y miembro de la Asociación Pensamiento Penal que promueve desde hace 10 años los juicios por jurado en el país, aclaró algunas dudas que se escucharon a lo largo del debate.

La obligatoriedad de la unanimidad del veredicto fue una de las críticas planteadas por los opositores, además se señaló que sería "caro" implementarlo, y que las edades de los jurados elegibles debían ser de más de 18 años. También, entre las objeciones, se mencionaron fallos como el de la ciudad de Mar del Plata, a través del cual este año se liberó a tres acusados de abusar sexualmente a una niña de 14 años.

En su momento el abogado de la familia de la víctima, Maximiliano Orsini, expresó: “Lo habíamos adelantado hace un año y medio. Nos habíamos opuesto a un juicio por jurados. Entendemos que un juicio por jurados en principio no sería aplicable para un delito de abuso sexual de menores, principalmente porque es un fallo inapelable, y aparte es un procedimiento que la víctima no puede elegir. La ley está hecha para los imputados y no para la víctima”.

En relación con este caso particular, Ávila explicó que “en Buenos Aires, el tipo de delito que recibe más condenas en juicios por jurados es el abuso sexual. Es muy difícil analizar sobre situaciones emergentes excepcionales, es decir que no son las mayoría de los casos”, dijo.

En tanto, aclaró que “el diseño de la provincia de Buenos Aires, señala que si no conseguís la mayoría, es decir que si 4 de los 12 miembros con paridad género dicen que es inocente, se puede obtener una absolución. Esas cuatro personas pueden ser 4 hombres que terminan liberando a un acusado en un caso que exige la perspectiva de género”.

Sin embargo, el proyecto de Catamarca prevé tales situaciones: “Sancionamos un esquema que recoge los errores y aciertos de las 10 provincias que tienen juicio por jurados actualmente. Nuestro proyecto, necesita sí o sí que las 12 personas deben pensar que el acusado no es culpable o que sí lo es. Es una llave de cierre para estas situaciones que se dieron en otros lugares. Además, se prevé una audiencia previa donde se eligen los potenciales jurados, y es ahí donde se ven ver los perfiles de los jurados y de esa audiencia participa el fiscal”, aclaró Ávila.

Notas relacionadas:

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