El Gobierno informó que debido a la nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) desdoblará el pago de los haberes de abril en dos tramos. ¿Cómo y cuándo se abonará?

Según informaron desde el organismo previsional, dada la transición de la fórmula anterior a la próxima, en abril los jubilados y pensionados recibirán un incremento extraordinario de 12,5 por ciento. Además, se adicionará el 13,24 por ciento correspondiente a la inflación de febrero a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024.

Estos números arrojarán un haber mínimo en abril de $171.283,31, y a ese monto, se sumará el pago de un bono de $70.000. Por lo tanto, la jubilación mínima que se cobrará en abril será $241.283,31.

Por otro lado, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) asciende a $137.026,65, a lo que se adicionará un bono de $70.000, quedando en $207.026,65. En tanto, las Pensiones No Contributivas (Invalidez y Vejez) quedarán en $119.898,32 que, sumado al bono de $70.000, quedará en $189.898,32.

También se informó que en mayo se aplicará un adelanto de la movilidad correspondiente a junio, conforme la nueva fórmula (con Índice de Precios al Consumidor de marzo); y, en junio, un incremento calculado según la nueva fórmula (Índice de Precios al Consumidor de abril). En ningún caso, la aplicación del IPC podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados.

En esa línea, si en junio el aumento arrojado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado en estos tres meses de empalme, ANSES abonará la diferencia correspondiente.

Jubilación y pensión en cuotas: ¿cómo se cobrará?

La ANSES precisó en un comunicado que la reciente modificación de la movilidad y sus consecuentes adelantos "generará un desdoblamiento del pago prestacional, a fin de no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes".

Por lo tanto, explicaron que habrá una primera liquidación correspondiente al haber de marzo 2024 y una segunda liquidación (dentro de abril) correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo previsional de $70.000.

Es decir, que el primer pago a percibir será el haber de marzo y, en una segunda parte, en el mismo mes, se abonará el aumento por movilidad previsional y el bono.

Jubilación y pensión en cuotas: ¿cuándo se cobrará?

Si bien desde el organismo previsional informaron el desdoblamiento del pago de haberes de abril, no aportaron mayores precisiones sobre las fechas de cobro del "segundo tramo" de las jubilaciones y pensiones.

"Próximamente, se informarán los calendarios del pago del aumento y del bono", sentenció el comunicado de la ANSES.

Calendario de pagos de ANSES en abril 2024

Las fechas de cobro de jubilaciones y Pensiones no Contributivas (PnC) de abril (este pago no incluye el "segundo tramo" con el aumento y el bono) ya estaban confirmadas y varían de acuerdo al número de terminación del documento nacional de identidad (DNI) del beneficiario.

Fechas de cobro de jubilaciones mínimas en abril

  • Documentos terminados en 0: a partir del 10 de abril.
  • Documentos terminados en 1: a partir del 11 de abril.
  • Documentos terminados en 2: a partir del 12 de abril.
  • Documentos terminados en 3: a partir del 15 de abril.
  • Documentos terminados en 4: a partir del 16 de abril.
  • Documentos terminados en 5: a partir del 17 de abril.
  • Documentos terminados en 6: a partir del 18 de abril.
  • Documentos terminados en 7: a partir del 19 de abril.
  • Documentos terminados en 8: a partir del 22 de abril.
  • Documentos terminados en 9: a partir del 23 de abril.

Jubilaciones que superan el haber mínimo

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de abril.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de abril.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de abril.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 29 de abril.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 30 de abril.

Pensiones no Contributivas

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de abril.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de abril.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de abril.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 8 de abril.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 9 de abril.

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