El Concejo Deliberante de la ciudad de Salta sancionó un proyecto de declaración impulsado por el edil Gustavo Farquharson para pedirle a la Legislatura provincial que modifique el Código Procesal Civil y Comercial en lo atinente a las cuotas alimentarias y que se incorpore un parámetro actualizable a la hora de definir los montos de las cuotas alimentarias en las sentencias judiciales.
"Queremos una Salta libre de deudores alimentarios. En un contexto de crecimiento sostenido de la morosidad alimentaria en la ciudad, aprobamos el Proyecto de Declaración que solicita a las Cámaras de Diputados y Senadores de #Salta que modifiquen el Código Procesal Civil y Comercial y normas complementarias, para establecer parámetros actualizables que determinen los montos de las obligaciones alimentarias con el objetivo de brindar, a la Justicia, herramientas para hacer efectivo el cobro de las cuotas alimentarias", publicó Farquharson en su cuenta de Instagram.
El edil propuso que se tome como referencia la canasta de crianza para la primera infancia, la niñez y la adolescencia, definida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC). Sin embargo, consideró necesario que Salta cuente con un índice provincial local más preciso, que permita determinar con exactitud el monto que se debe imponer a los deudores alimentarios morosos. Asimismo, solicitó que se optimicen las herramientas para el cobro efectivo de las cuotas alimentarias, tanto las fijadas como las atrasadas.
"En nuestra provincia desde el 2008 existe este registro de deudores alimentarios morosos, voy a decir el número exacto es 1.446", reveló el concejal. "Y en lo que va del año, en este 2025, se han agregado 246 personas, que lamentablemente después de una serie de procesos que la justicia establece con mediaciones, han decidido no pagar esa cuota alimentaria", afirmó durante la sesión en el Concejo Deliberante.
"Muchos progenitores que se han separado de su parejas, de su esposas, que han formado otra familia, se han mudado, lamentablemente no cumplen con sus obligaciones, dejando a las mujeres, y digo varones porque el 99% de las personas que forman parte del registro de deudores son varones. Y este incumplimiento de la obligación alimentaria afecta claramente los derechos de los adolescentes y de los niños", sostuvo.
Farquharson señaló que el incumplimiento de la cuota alimentaria es “una forma de violencia económica y simbólica que afecta tanto la autonomía de las mujeres como el bienestar de niños y adolescentes”. También planteó la necesidad de reconocer "el impacto negativo que la carga unilateral de #crianza tiene sobre las madres".
Para diseñar su propuesta, Farquharson tomó como antecedente legislativo la aprobación en la provincia de Buenos Aires de la Ley N° 15.513, redactada por el Ministerio de Mujeres y Diversidad, que busca simplificar el proceso judicial para el reclamo de alimentos, protegiendo los derechos de niños, niñas y adolescentes y combatir la violencia económica por razones de género. Esta norma regula el proceso judicial para reclamar la cuota alimentaria y agiliza los trámites vinculados, establece parámetros para determinar el monto de la cuota, permite la notificación a través de plataformas de mensajería instantánea y reduce plazos procesales, entre otros aspectos.
El índice de crianza
El índice de crianza (IC) es un instrumento del INDEC que define y actualiza de forma mensual el costo de adquirir bienes y servicios para el desarrollo de bebés, niños, niñas y adolescentes y también contempla una valorización del tiempo requerido para el cuidado. Se diseñó para prever la gestión y el costo de los cuidados de forma más igualitaria, especialmente en los procesos de separación de las parejas o luego de la separación.
De esta manera para determinar el valor del IC se incluyen: alimentos necesarios para cubrir los requerimientos energéticos mínimos, vestimenta, transporte, educación, salud, vivienda y horas de cuidado.
El IC comenzó a difundirse en julio de 2023, con datos disponibles a partir de 2020. En el país, hubo jueces y juezas de familia que desde entonces han empezado a implementarlo para establecer el monto de las cuotas alimentarias. Sin embargo, en Salta, en general no se aplica y en cambio se aplican porcentajes que no suelen contemplar todos los gastos de niños, niñas y adolescentes ni las cargas de tiempo y de cuidado.
Recién en febrero de este año, el Poder Judicial de Salta, informó que el juez de Violencia Familiar y de Género de Metán, Carmelo Paz, aplicó el índice de crianza como base para fijar alimentos provisorios por un millón doscientos mil pesos a favor de los hijos de una pareja en una causa iniciada por violencia de género.
Proponen más restricciones para deudores
Por otra parte, Farquharson informó que vienen tratando otro proyecto para imponer mayores restricciones a los deudores alimentarios que figuran en el registro provincial.
En la actualidad los deudores alimentarios no pueden tramitar la licencia de conducir. Farquharson propone añadir que no reciban ningún beneficio del Estado, que no puedan ser funcionarios públicos ni contratados por el municipio, también impedirles el acceso a becas, cursos gratuitos, excepciones impositivas, condonaciones, y otros beneficios o servicios municipales.


