Mientras el Sindicato de Arbitros de la República Argentina (Sadra) estudia la posibilidad de que se suspendan partidos de fútbol por el cantito que parece imparable en las canchas y que concentra en el “¡Mauricio Macri, la puta que te parió!”, la bronca de amplios sectores contra el Gobierno, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez dijo a PáginaI12 que los cánticos “contra funcionarios se enmarcan dentro del ejercicio de la libertad de expresión” y no “pueden considerarse discriminatorios”. 

El abogado explicó que “hay que distinguir lo que son expresiones discriminatorias basadas en las categorías de género, religión,  orientación sexual y aquellas vinculadas especialmente a grupos que son perseguidos y que sí se tienen que prohibir”, de una palabra que si bien puede tener connotaciones negativas es un “insulto, una suerte de crítica a una política pública”. Para el constitucionalista, “por más que sea una expresión ofensiva para la persona o el funcionario a la que va destinada, se encuadra dentro de la libertad de expresión. Es una forma de crítica, de protesta, que no puede ser prohibida porque coarta la posibilidad de la libre expresión. El derecho a la no discriminación implica que una persona no puede ser menoscabada o herida en sus sentimientos por sus creencias religiosas, sexo, nacionalidad, origen étnico o cualquiera de las otras figuras enmarcadas en la ley. Nada de eso ocurre en este caso”, señaló.

En un sentido similar se expresó Ricardo Fraga Navia, especialista en derecho deportivo, quien sostuvo que “si bien los árbitros tienen desde el punto de vista deportivo la facultad para detener el partido cuando hay una manifestación discriminatoria, esta expresión que se está dando en las canchas de fútbol no parece ser un acto discriminador. No hay un acto discriminatorio en sí mismo, ya que no discrimina respecto a otra parte de la población o por una connotación específica. Entiendo que puedan buscar otras causales, pero no la discriminación. No encuentro respecto de qué se estaría discriminando”, afirmó el letrado.

Para Gil Domínguez, los cantitos que comenzaron gritando a viva voz la hinchada de San Lorenzo y que se replicó después como un loop en la de All Boys, River, Independiente, Huracán, Chacarita, Gimnasia y Esgrima La Plata, pasaron al básquet y a los subtes porteños, son sólo “formas de criticar las políticas del Gobierno”. Y subrayó que “la idea de la ley contra la discriminación es para proteger los derechos de un grupo o personas pero no para proteger a un funcionario público de las críticas que conllevan su actividad pública”. 

También remarcó que “los árbitros no tienen potestad para resolver una  cuestión de esta naturaleza (jurídica). Si bien pueden parar el partido ante los cánticos discriminatorios no pueden impedir el ejercicio de la libertad de expresión. Quien tendría que resolver es la AFA (Asociación del Fútbol Argentino), pero su decisión podría ser violatoria de la libertad de expresión e implicar cuestionamientos judiciales a través de amparos”.