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“Quince lucas para coimear”, dijo Broda

(...) El personaje calvo, de lentes prominentes y tan gestual para expresarse con las manos como filoso con sus palabras, provocó un murmullo en el ambiente deliberativo de la reunión. No estaba en el corazón de la City porteña, sus interlocutores no eran banqueros ni empresarios extranjeros sino socios e hinchas de Atlanta ávidos de recibir noticias futbolísticas alentadoras. Su testimonio, amplificado por un sistema de audio instalado debajo de las plateas del estadio, se escuchó con claridad: “Herrera se quiere quedar en Atlanta, está convencido de que le van a dar el pase libre y nosotros estamos trabajando para poder comprarlo. La verdad, nos cuesta dos jugadores de séptima y quince lucas en negro para, para... coimear”.
Martín Herrera, nacido el 13 de septiembre de 1970 en Río Cuarto, provincia de Córdoba, es arquero. Había realizado las divisiones inferiores en Boca Juniors, tenía aparentemente el pase en su poder y en el club de Villa Crespo lo esperaban con las puertas abiertas. El 1 de julio de 1996 firmó un contrato con Atlanta que lo ligaba por un año a cambio de una retribución mensual de 740 pesos y 20 pesos por punto ganado para jugar en el torneo de la “B” Nacional. Aunque ya era titular en el plantel conducido por el director técnico Salvador Daniele desde mediados de 1996, recién el 12 de noviembre de ese año la institución que lo recibió obtuvo los denominados “derechos federativos” del futbolista que, nada tienen que ver con los “derechos económicos” o comerciales. Estos últimos le pertenecían a un ignoto Jorge Pérez, domiciliado en la calle Florencio Sánchez 3040 de San Isidro, provincia de Buenos Aires. Según el contrato de cuatro carillas suscrito entre el presidente Julio Jablkowski y el tesorero Roberto Lopatín en representación de Atlanta, por un lado, y el llamado inversor por el otro, quien resultaba Pérez, éste quedaba definido en el texto como “una persona dedicada a la promoción del deporte del fútbol en la República Argentina y en los distintos países del exterior”. Chantocracia, habría bramado el fallecido periodista Dante Panzeri.
Pérez no era otro que el cuidador de caballos de Broda y, a los efectos del contrato, su curioso testaferro. De ese modo, en un acto de contrición y generosidad, el desconocido personaje abocado a promocionar el deporte masivo, cedía al club el 20 por ciento de los derechos económicos de Herrera. Claro que, previo a esto, en la cláusula cuarta se especificaba que “Atlanta reconocía al inversor la propiedad del ochenta por ciento (80%), de los derechos económicos sobre el pase o transferencia nacional e internacional del jugador mencionado, cuyos derechos federativos se encuentran a favor del club”. Asimismo, en el punto sexto del escrito, Pérez (y/o Broda) retenía para sí la llave del negocio más atractivo que encerraba la operación: “Por ello el club entregará, oportunamente, si fuere necesario, a ‘El Inversor’ un poder especial irrevocable a los fines de que éste último pueda suscribir toda la documentación que fuere
necesaria para registrar al jugador en la institución que considere adecuada”. Léase, una transferencia al exterior que se concretaría más adelante en calidad de préstamo, cuando el arquero recaló por seis meses en el club Cruz Azul mexicano. Luego regresó a la Argentina para jugar enFerrocarril Oeste desde donde pasó al Alavés español, en el que todavía se encuentra.

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