ECONOMíA › FRENO SOBRE LA HORA OTRO REMATE HIPOTECARIO

La Corte detuvo el martillo

La Corte Suprema de Justicia falló ayer en favor de un deudor hipotecario a quien estaban a punto de rematarle su vivienda. Se trata de la segunda intervención del máximo tribunal en el mismo sentido, lo que constituye una señal política de su oposición a una proliferación de ejecuciones. Sobre todo, cuando el tema se debate en el Congreso y el Poder Ejecutivo prepara una nueva iniciativa para dar solución a un problema que afecta a miles de personas.
La Corte frenó el remate a pocos días de su realización. La subasta del inmueble hipotecado estaba prevista para el 1º de noviembre. Sin embargo, los ministros no se pronunciaron sobre el fondo de la cuestión, es decir, si el acreedor tiene derecho a cobrarse sus deudas mediante la ejecución de la vivienda. Esa cuestión quedó para ser resuelta más adelante, pero el tribunal superior dio lugar a un recurso de queja del damnificado y habilitó la instancia de la apelación, que le había sido denegada. La Corte había utilizado el mismo recurso a fines de septiembre pasado para bloquear otro remate por un crédito tomado durante la convertibilidad.
El fallo salió con los votos de los ministros Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco, Carmen Argibay, Ricardo Lorenzetti y Raúl Zaffaroni. Según indicó el tribunal a través de un comunicado, el 21 de noviembre de 2003 el Juzgado Civil de primera instancia número 69 ordenó la ejecución hipotecaria de la vivienda de Alejandro Camoriano hasta reintegrar al acreedor, la financiera Ifasa SA, la totalidad de los 15.900 dólares adeudados, más un interés anual del 15 por ciento.
El deudor apeló ante la Sala “L” de la Cámara del fuero, que entendió que la sentencia de remate no era apelable para quien no hubiera opuesto excepciones, y dispuso seguir adelante con el trámite de ejecución. Camoriano presentó entonces un recurso extraordinario ante el juzgado de segunda instancia, que se limitó a rechazar nuevamente el recurso. Ante esta situación, el deudor llegó a la Corte a través de una “queja” en la que solicitó la suspensión de la subasta de su inmueble.
El deudor argumentó que estaban vigentes normas de emergencia económica que protegían los inmuebles hipotecados de los remates, lo que recibió una acogida favorable por parte del máximo tribunal, aunque “sin llegar a pronunciarse sobre la cuestión de fondo”.

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