EL PAíS › ES OBLIGACION EL CASTIGO A LOS GENOCIDAS

La intimación

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos recordó al gobierno argentino que está obligado a juzgar y castigar a los responsables de violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura y citó para una audiencia en Washington el 28 de febrero. Se espera también un pronunciamiento de los jueces federales de Córdoba y Resistencia mientras crecen las presiones castrenses y Brinzoni recurre a los grandes maestres masones de quince países.

 Por Horacio Verbitsky

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos intimó al Gobierno a informar sobre los pasos que está dando para “la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables de las violaciones de derechos humanos” durante la guerra sucia militar contra la sociedad argentina.
En una comunicación al ministro de Relaciones Exteriores Carlos Rückauf, fechada en Washington el 20 de diciembre pasado pero que recién trascendió ahora, la CIDH también le pidió informes sobre la presión que el Jefe de Estado Mayor del Ejército, Ricardo Brinzoni, y el ministro de Defensa, Horacio Jaunarena, están ejerciendo sobre la Corte Suprema de Justicia para que impida las causas judiciales. La Comisión otorgó al Gobierno un plazo de un mes para contestar, que ya está vencido. La Cancillería solicitó una prórroga que la CIDH concedió, pero fijó una audiencia especial para el 28 de este mes, en la que los representantes oficiales deberán enfrentarse con los organismos argentinos de derechos humanos que denunciaron las presiones sobre la Justicia. La Cancillería remitió la intimación a la Corte Suprema de Justicia, para que se encargue de la respuesta.
El reclamo
El reclamo ante la Comisión fue presentado el 25 de noviembre por el CELS, Abuelas y Madres de Plaza de Mayo-Línea Fundadora, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos por Razones Políticas. Formó parte del proceso de seguimiento de la forma en que la Argentina está dando cumplimiento a las recomendaciones de la Comisión contenidas en su Informe 28/92, en el que consideró que tanto las leyes de impunidad como los decretos de indulto eran incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos y que el Estado tenía la obligación de investigar los hechos, reparar a las víctimas, individualizar y sancionar a los perpetradores. Esta recomendación hizo posible la apertura de los juicios para el establecimiento de la verdad, a partir de 1995, con las presentaciones que el presidente-fundador del CELS, Emilio Mignone, y su abogada Alicia Oliveira hicieron por la desaparición de Mónica Candelaria Mignone y Alejandra Lapacó, secuestradas por fuerzas de la Armada y del Ejército, respectivamente.
La nulidad
Estos procesos precedieron a la reapertura de la persecución penal. Las Abuelas de Plaza de Mayo habían denunciado la sustitución de la identidad de Claudia Victoria Poblete, causa que culminó con la condena del teniente coronel (RE) Ceferino Landa a nueve años y medio de prisión y de su esposa, Mercedes Beatriz Moreira a cinco y medio, impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 5. El CELS pidió que la investigación se extendiera también a la desaparición forzada de los padres de Victoria, José Liborio Poblete y Gertrudis Marta Hlaczik, cometida por los mismos autores del robo de la hija. En marzo de 2001 el juez federal Gabriel Cavallo accedió, con la declaración de nulidad de las leyes de punto final y de obediencia debida. El 1º de octubre de 2001 el juez federal Claudio Bonadío también declaró la nulidad en una causa contra Alfredo Astiz y otros marinos por la desaparición del abogado Conrado Gómez y la rapiña de sus bienes. Ni la apropiación de la bebita Poblete ni el robo de las propiedades de Gómez estaban cubiertos por las leyes de impunidad, pero los jueces dispusieron que también debía sancionarse la desaparición forzada de los padres de la niña y del titular de los bienes saqueados. Ambas decisiones fueron confirmadas por la Cámara Federal de la Capital. “En el contexto actual de nuestro derecho interno la invalidación y declaración de inconstitucionalidad de esas leyes no constituye una alternativa. Es una obligación”, escribieron los camaristas Martín Irurzun, Horacio Cattani y Eduardo Luraschi en noviembre de 2001.
Salvar el decoro
El juez federal de Salta, Miguel Antonio Medina, reabrió la causa por la masacre de Palomitas donde fueron asesinados doce presos políticos. El de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez, ordenó en agosto de 2002 la detención del ex juez federal Víctor Brusa, y de cinco ex policías. En el mismo sentido había dictaminado la fiscal federal de Córdoba Graciela López de Filoñuk, en una causa contra el ex jefe del Cuerpo III Luciano Menéndez, sobre la cual se aguarda ahora el pronunciamiento de la jueza federal Cristina Garzón de Lascano.
Cuando las causas de Capital llegaron en apelación a manos del Procurador General Nicolás Becerra, se inició una nueva ronda de presiones. El ministro de Inteligencia, Miguel Toma, un entenado de José Luis Manzano, apeló al sigiloso ex ministro por sus antiguos nexos mendocinos con el Procurador. Habituado a las jactancias de Toma, el Ejército envió también a su secretario general, Daniel Reimundes, para abogar por la causa de la impunidad. Becerra defraudó esas expectativas con un dictamen categórico en el que incluyó una respuesta implícita a Toma y Reimundes: “Hay que salvar el decoro de una sociedad que debe sobrevivir con dignidad y cuyos intereses la Constitución nos manda defender. La planificación política jamás debiera asfixiar a la prudencia jurídica porque el jurista y el juez son la voz del Derecho que sirve a la Justicia. De otro modo mereceremos vivir horas imposibles”, escribió el 29 de agosto.
Agregó que velar por la legalidad, como la Constitución ordena al ministerio público, implica “remediar los casos concretos de injusticia, tener en cuenta que en estos acontecimientos históricos siempre estuvieron presentes seres humanos que, como Antígona en su desesperación, claman resarcimiento conforme a la ley o conforme a los derechos implícitos que tutelan la vida, la seguridad y la integridad; y que la única solución civilizada a estos problemas ha querido llamarse Derecho”.
Margarita Belén
La preocupación de Brinzoni creció el 26 de setiembre, cuando el juez federal de Resistencia Carlos Skidelsky ordenó la detención de nueve miembros de la policía del Chaco, por considerar que las torturas que aplicaron a detenidos en 1974 y 1975 constituían crímenes contra la humanidad, cuya persecución no cesa por el mero paso del tiempo o, dicho en términos jurídicos, son imprescriptibles. Esto le permitió inferir que cuando trate el pedido de procesamiento de los responsables de Margarita Belén, Skidelsky también anulará las leyes de punto final y de obediencia debida, ya que los crímenes contra la humanidad además de imprescriptibles son inamnistiables. Esto abriría el camino para su procesamiento, ya que era secretario general de la intervención militar al gobierno del Chaco cuando dos docenas de prisioneros fueron extraídos de las cárceles, atontados a golpes y ejecutados en un camino en las afueras de Resistencia pretextando un inverosímil intento de fuga. El propio Brinzoni reconoció que se había tratado de un fusilamiento, pero negó cualquier vinculación con los hechos. En 1984, cuando aún era un desconocido oficial subalterno había sido denunciado por Emilio Mignone. A la semana siguiente de esa decisión de Skidelsky, Brinzoni visitó a los grandes maestres de la Masonería Interamericana (Ver “Libre y Aceptado”) y, ese mismo mes de octubre, a dos jueces de la Corte Suprema de Justicia.
Visitas
La denuncia presentada por los organismos de derechos humanos a la Comisión Interamericana menciona la visita del Jefe del Estado Mayor General del Ejército, a la propia Corte Suprema y las declaraciones del Ministro de Defensa, Horacio Jaunarena, acerca de “una solución favorable a la impunidad”. Acompañaron una nota publicada por el diario Clarín, el 3 de noviembre de 2002, acerca de la reunión secreta de Brinzoni con dos ministros de la Corte, Julio Nazareno y Augusto Belluscio. “El motivo: la inquietud del militar por la falta de votos necesarios para declarar la constitucionalidad de las leyes”, escribió el periodista Eduardo van der Kooy. Lejos de desmentir esa presión, Jaunarena la confirmó en una conferencia de prensa en la Casa de Gobierno, donde habló del “estado de incertidumbre” que la Corte debería disipar. El 10 de noviembre el mismo diario reveló que varios jueces de la Corte estaban molestos por la presión de Brinzoni y Jaunarena. Cuando el ex afiliado radical Belluscio lo enteró de la visita de Brinzoni, el ex presidente Raúl Alfonsín reclamó al encargado de la Defensa Nacional y de las Relaciones Exteriores de la Confederación que cubriera la vacante del juez Gustavo Bossert con un candidato sensible a las urgencias castrenses. El senador Eduardo Duhalde aceptó, y el radicalismo tiró por la borda toda su retórica institucional y convalidó la designación instantánea del cordobés Juan Carlos Maqueda, quien el año pasado compartió un palco en Córdoba con Brinzoni y con el general fósil Luciano Benjamín Menéndez. Además, Maqueda se pronunció a favor de la reasignación de funciones policiales a las Fuerzas Armadas.
Cínico por encargo
El 10 de enero, un fiscal interino de antigua vinculación con la inteligencia del Ejército pidió a la Cámara Federal que revocara la nulidad e inconstitucionalidad de las leyes en la causa del Batallón 601. El fiscal Norberto Quantín se desempeña ante la Cámara del Crimen de Capital, pero siempre está dispuesto a mudarse al fuero federal y a cualquier parte del país si se trata de prestar una mano a los militares procesados por crímenes contra la humanidad. Ya había sido designado en 1990 por el ex presidente Carlos Menem para desplazar en las causas militares al fiscal de Bahía Blanca Hugo Cañón y dictaminar en favor de la constitucionalidad de los indultos.
Para descalificar las normas del derecho de gentes que obligan a juzgar a los autores de delitos atroces y aberrantes, Quantín recurre a cínicas referencias a la asimetría entre las naciones del mundo. Bajo apariencia de crítica a la impunidad de los más poderosos hay en realidad regodeo, ignorancia y desprecio por los avances ocurridos en distintos lugares del mundo. “¿Acaso en Francia, cuna de los derechos humanos, [esas normas] se aplican al General Aussaresses? (el general de la guerra de Argelia, que reconoció haber torturado y asesinado prisioneros)”, pregunta Quantín. “¿Acaso las ponen en práctica los Estados Unidos, gendarme del mundo, que sólo se preocupa en llamar daños colaterales a bombardeos salvajes a transportes civiles indefensos, puentes llenos de no combatientes o incluso embajadas, en Yugoslavia, Irak o Afganistán. ¿Se ha marginado a Israel del derecho Internacional por ser gobernada por el señor Sharon? [En desmentida a esta ironía, la justicia belga acaba de decidir que el carnicero de Sabra y Shatila podrá ser juzgado en Bruselas cuando deje el poder.] ¿Alguien impide que el autor de la masacre de Paracuellos del Jarama pasee por las calles de Madrid? [Esta es una referencia de viejo falangista, a un episodio de la guerra civil española, que se atribuye al entonces líder comunista Santiago Carrillo, en el que miles de partidarios de Franco fueron asesinados.] ¿Basta arrojar o masacrar las poblaciones desde un avión para poner a sus autores fuera de la condena internacional, como en Dresde, Hiroshima o Nagasaki? ¿Se tomó alguna medida con las autoridades mexicanas ante la matanza de estudiantes durante los juegos olímpicos? [Quantín ignora que ya han sido detenidos para ser juzgados los generales Mario Arturo Acosta Chaparro y Francisco Quirós Hermosillo, y el mayor Francisco Barquin y que una fiscalía especial sobre desaparecidos citó al ex presidente Luis Echeverría, de 80 años.] ¿Y Rusia y los Chechenos y el gaseado del teatro? ¿Y por la Plaza Tianamen se superó la mera retórica? ¿Peligra la vida del feroz dictador Kim Il Sun [quien murió en 1994], ante quien Occidente no deja de sonreír y hacer cuchufletas? [el fiscal voluntario tampoco parece al tanto de que Washington está amenazando con un ataque militar a Corea del Norte, como parte del denominado Eje del mal].”
Doctrina y censura
Entre las citas de doctrina, Quantín cita a Miguel Padilla, ex abogado defensor del comisario Rubén Lavallén en la causa por la apropiación de la niña Paula Logares luego de la desaparición de sus padres. Padilla está publicando una serie de artículos con los argumentos del Ejército en el diario La Nación. Hace diez días en el editorial “No volver al pasado” el mismo diario afirmó que la estabilidad jurídico-política y la paz social “podrían verse gravemente afectadas si se declarase la invalidez constitucional de esos controvertidos pero estratégicos instrumentos legales sancionados en la década del 80”. Esta afirmación carece de fundamento y asidero. Videla, Massera & Cía. están detenidos hace cinco años, sin que nada haya ocurrido y aun cuando la Corte convalidara las leyes, éstas permiten los juicios por el botín de guerra, ya sea inmobiliario o humano. La adhesión incondicional a la dictadura del subdirector de La Nación, Claudio Escribano, es bien conocida. Después de entrevistarlo en 1978 hasta la SIP cuestionó a los editores que subordinaban la libertad de expresión a la Doctrina de la Seguridad Nacional. Ante la endeblez de sus argumentos, recurre a la censura de aquellas informaciones que le disgustan: el diario no publicó ni una línea acerca del ex jefe del Batallón de Inteligencia 601, coronel Carlos Tepedino, ni sus paseos por las calles de Flores ni la revocación del arresto domiciliario dispuesta por el juez Bonadío. Otro tanto hizo el año pasado con la agresión antisemita de Brinzoni al periodista Héctor Timerman. Escribano recién autorizó la información cuando Brinzoni reconoció que se había “equivocado”. La misma suerte correrá en sus páginas el proyecto de ley de la diputada Margarita Jarque que modificaría la ley 24.660, de ejecución penal, de modo que “los condenados mayores de setenta años por los delitos de secuestro y desaparición de personas, torturas y apropiación de niños, como de todos aquellos considerados crímenes de lesa humanidad, quedarán exceptuados del beneficio de prisión domiciliaria”.

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