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Un accidente por minuto y casi dos muertos por día

Página/12 accedió al último informe de la Superintendencia de ART que muestra que el año pasado hubo un total de 412.537 accidentes laborales. La inseguridad en el trabajo creció más que la actividad económica.

 Por Marcelo Zlotogwiazda

A lo largo del año pasado hubo un total de 412.537 accidentes laborales registrados por la Superintendencia de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo, lo que equivale a un promedio de 1130 siniestros por día, 47 por hora, o casi un accidente por minuto. La información recién elaborada a la que accedió Página/12 muestra además que hubo 712 fallecidos, a razón de casi dos muertos por día.
Lo primero que llama la atención en los datos difundidos es que los accidentes aumentaron mucho más que el nivel de actividad económica: mientas el PBI creció en 2003 cerca de un 9 por ciento, la tasa anual de incremento en los accidentes fue más del doble: llegó a un 20 por ciento en relación con el año previo. Especialistas de la Superintendencia consultados por este diario sostienen que esto obedece fundamentalmente a una mayor explotación de la mano de obra, como por ejemplo el uso abusivo de horas extras. De esa manera los empresarios amortiguaron la contratación de personal, pero al costo de empeorar las condiciones laborales y elevar el riesgo de accidentes.
Esto se reprodujo con más intensidad aún en el sector de la construcción, donde el proceso señalado suele darse con bastante frecuencia. Mientras que en el 2003 la actividad del sector subió un 34,3 por ciento, la cantidad de accidentes creció un 60,2 por ciento hasta alcanzar 28.379.
Además hay que tener en cuenta que la estadística citada sólo considera los accidentes cubiertos por las ART, y es de presumir que en el 2003 también hubo una notable suba en los accidentes sufridos por víctimas no cubiertas por ninguna aseguradora. Es el caso de lo que sucedió el 6 de noviembre del año pasado, cuando el cielo raso de un local ubicado en el subsuelo de la Galería Buenos Aires en Córdoba y Florida se desmoronó sobre una cuadrilla de nueve obreros de la construcción que realizaban tareas de refacción que no contaban con la autorización correspondiente. Cuatro sufrieron heridas leves y los otros cinco de cierta consideración.
Otra historia que ejemplifica la precariedad e informalidad en la que muchas trabajan en el país ocurrió seis días después de aquélla, cuando la explosión de una cámara de maduración de bananas en el barrio de Colegiales dejó como saldo un herido que tampoco contaba con cobertura.
Si bien la cantidad de asegurados se incrementó de manera considerable hasta alcanzar a fines de 2003 los 5 millones de trabajadores, la falta de cobertura es uno de los serios problemas que enfrenta el sistema. En muchísimos casos eso se origina en que un montón de grandes empresas que casi siempre cumplen con la obligación de tener asegurado a su personal optaron en los últimos años por tercerizar tareas intrínsecamente riesgosas en firmas más pequeñas y, en general, menos apegadas a las normas laborales.
Así como la falta de cobertura es un problema común a los sistemas de ART y de AFJP, otro problema grave compartido es la baja prestación. Con la actual cuota promedio de 18 pesos mensuales por trabajador que pagan los empleadores, el seguro que cobra un accidentado está muy lejos de lo que los expertos consideran como razonable. Por ejemplo, un trabajador de 25 años que cobra un sueldo de 1000 pesos y resulta víctima de una incapacidad del 50 por ciento, recibe como indemnización un pago único de 68.900 pesos; es decir el equivalente a menos de seis años de ingresos. Si en lugar de tener 25 años la edad del accidentado fuera 45 años, el pago único se reduce a 38.277 pesos, o sea lo que hubiese cobrado en tres años.
La indemnización por fallecimiento que cobran los derechohabientes es también escasa, y no supera en promedio los 100.000 pesos, de acuerdo con los últimos datos oficiales. En la Superintendencia aseguran que están propiciando un incremento en las indemnizaciones, pero para ello se necesita de un acuerdo consensuado entre el Gobierno, la CGT y la Unión Industrial Argentina.
En cuanto a los accidentados fallecidos con cobertura, la cifra del año pasado cerró en 712, con un aumento del 4,7 por ciento respecto de los muertos el año anterior. De ese total, el 38 por ciento fueron víctimas en el trayecto al trabajo.
En la Superintendencia sostienen que en la letra y en el espíritu de la ley que creó el sistema se establecía que las ART tienen la obligación de examinar periódicamente a los trabajadores de sus clientes como tarea de prevención, y que ante la duda lo ratificaron mediante una resolución específica del año pasado. Sin embargo, esa resolución número 490 no está en vigencia por un amparo judicial que consiguieron las compañías de seguro. También lograron una medida cautelar que frenó la resolución 133 que obligaba a todas las empresas que manejan sustancias peligrosas a mantener actualizado un registro con datos sobre ubicación y cantidades, de forma tal de identificar potenciales accidentes de los denominados “mayores”.
Pero el conflicto de mayor actualidad gira alrededor del artículo 39 de la ley 24.557 que creó el sistema, que “exime a los empleadores de toda responsabilidad civil frente a sus trabajadores y derechohabientes”. En otra palabras, el artículo cierra la puerta a los juicios civiles y por ende, limita la indemnización a la prestación que surge del seguro contratado con una ART. Sin embargo, un fallo reciente de la Corte Suprema bonaerense rompió el candado de la vía civil y dispuso para un caso en particular que el empleador debía pagar la diferencia entre la prestación que surgía del seguro y la indemnización superior a aquella que había dispuesto un juez.

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