EL PAíS › LA CORTE SUPREMA FALLARIA SOBRE LOS “BOCA DE URNA”

Silencio hasta tres horas después

La Corte Suprema de Justicia podría resolver hoy que los medios de comunicación no pueden dar a conocer resultados de “boca de urna” hasta tres horas después del cierre de una elección. De hacerlo, el alto tribunal ratificará lo dispuesto en el Código Nacional Electoral, que impide difundir encuestas y proyecciones “hasta tres horas después del cierre” de una elección, es decir a partir de las 21.
Sobre esta cuestión, hay fallos dictados por la Justicia Electoral y el Tribunal Superior de Justicia porteño, recordaron fuentes judiciales.
En la Capital Federal, rige una ley que señala que “desde las 48 horas anteriores a la iniciación del comicio y hasta las tres horas después de su finalización, queda prohibida la difusión, publicación, comentarios o referencias, por cualquier medio, de los resultados de las encuestas electorales”. Sin embargo, ante diversos pedidos de asociaciones que nuclean a medios de comunicación en 2000, el Tribunal Superior de Justicia debió ratificar la vigencia de esa norma y prohibió la difusión de las encuestas.
Hace algunos años, los medios contrataban encuestadores y a las 18 iniciaban una carrera desenfrenada para tener la primicia de un resultado aproximado del comicio. Pero, en las últimas elecciones, la mayoría respetó la orden judicial ya que las sanciones previstas consisten en multas que van del 30 por ciento al 50 por ciento del valor total de la publicidad correspondiente a un día de programación –en el caso de radio y TV– o de la pauta publicitaria completa de una edición de diario.

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