EL PAíS › LA MIRADA DE TRES ESPECIALISTAS SOBRE DOS CASOS DE VIOLENCIA DE GéNERO

Por no prevenir la violencia

Una diputada, una abogada y un ministro opinaron sobre los casos de dos víctimas de violencia doméstica que mataron a su pareja. A una no le tomaron en cuenta las denuncias por agresiones y la otra ni siquiera tuvo la oportunidad de hacerlas.

 Por Carlos Rodríguez

Los casos de Graciela Aguirre y Valeria Pérez Aquino generaron distintas opiniones de una legisladora, una abogada y un funcionario. La diputada Marcela Rodríguez (Coalición Cívica) le dijo a Página/12 que el caso Aguirre “desde el comienzo fue claramente un caso de legítima defensa y, aunque ahora fue absuelta, nadie le quita la privación ilegal de la libertad que sufrió” hasta que la declararon inocente. En cuanto a Pérez Aquino (ver en esta página), la legisladora opinó que el tribunal que la condenó “desconoció toda la historia de violencia que sufrió esa mujer”. La abogada Nelly Minyersky, por su parte, sostuvo que hay fallas “en todo lo que hace a la prevención de los casos de violencia familiar, para evitar que se llegue a la última instancia de la muerte. Es preciso trabajar en la educación y la difusión para que las mujeres hagan valer sus derechos y tengan una protección a tiempo”. También habló el ministro de Desarrollo Social bonaerense, Daniel Arroyo, quien consideró “muy importante” la decisión que dejó libre a Graciela Aguirre porque en la provincia “el año pasado tuvimos más de 120 mil denuncias por violencia familiar” contra mujeres y niños.

Marcela Rodríguez, en diálogo con este diario, se refirió en primer lugar al caso de Valeria Pérez Aquino, quien fue condenada por homicidio simple (todavía falta fijar el monto de la pena) por haber matado a su marido, Julio Rocha Rocabado. “En un proyecto que presenté en el Congreso, se planteaba que debían tomarse como legítima defensa todos los casos en los cuales una mujer había sufrido agresiones reiteradas, en forma independiente del daño que le pudiera haber causado al agresor.” Explicó que trató de equiparar esos hechos “con la legítima defensa que se otorga a las personas que atacan a quienes pretenden ingresar de noche a sus casas, con fines de robo”.

Rodríguez estimó que Pérez Aquino “no tuvo intención de matar, porque de lo contrario hubiera utilizado otro método más contundente, en vez de arrojarle agua hirviendo” a su marido. En ese sentido, tomó como hipótesis “el caso de dos personas que están solas en una isla desierta. Uno de ellos tiene un arma y municiones de sobra y amenaza con matar a la otra persona. Trata de matarla muchas veces y la otra persona tiene que escapar para salvar su vida. Sólo reacciona, una vez, cuando la otra persona está dormida, le tira una piedra y la mata. Es el mismo caso de la mujer de Chubut. Ella fue golpeada toda su vida y la vez que reaccionó, mató, pero se trata de un caso de legítima defensa. Ella actuó de la manera que lo hizo porque ni su marido ni el Estado le habían dado la posibilidad de otra salida”.

Respecto del caso de Graciela Aguirre, la diputada afirmó que “aunque ahora la hayan absuelto por la muerte de su marido, nadie le quita la privación ilegítima de la libertad que sufrió (primero en una comisaría y luego bajo el régimen de libertad vigilada, con una tobillera electrónica). El porcentaje de mujeres que mueren por violencia familiar es altísimo y parece que nadie tiene en cuenta eso”. Rodríguez dijo que “cuando se habla de inseguridad se habla de inseguridad para los varones o para la propiedad, no se habla de mujeres. En los casos de inseguridad, el mayor índice de riesgo lo tiene la mujer, cuando es asaltada en la calle o cuando es golpeada por su marido, su novio o su pareja. El Estado no previene, no garantiza, no investiga y no castiga las situaciones de violencia en el ámbito familiar”.

La abogada Nelly Minyersky, experta en cuestiones de familia, aclaró que para opinar sobre los dos casos en cuestión “sería necesario tener información concreta de la causa, para saber cómo tipificar los hechos, porque la graduación de la pena puede variar según los casos”. De todos modos, en materia de violencia doméstica resaltó que “lo más grave es que no hay prevención a través de la intervención de los organismos competentes o de la educación, para evitar que estos casos lleguen a la última instancia, a la muerte”. Minyersky sostuvo que en el caso de Graciela Aguirre “hubo denuncias previas que no fueron escuchadas y cuando se llegó a la instancia de la muerte del agresor no se tuvo en cuenta que los hijos habían sido testigos y víctimas de la violencia” del padre.

“La responsabilidad no es sólo del Estado, sino también de todos los actores que intervienen en cada caso, jueces, fiscales, funcionarios. Hay responsabilidades individuales. Como en el caso de una chica de Mendoza que denunció que era abusada y no fue escuchada por el juez. Ese mismo juez fue el que, después, cuando había quedado embarazada producto de esos abusos, le negó la posibilidad de abortar. Hay mujeres que por su condición social muchas veces llegan a pensar que es lógico o normal que les peguen. Por eso hay que fortalecer la educación y la contención.”

El ministro de Desarrollo Social bonaerense, Daniel Arroyo, consideró que el caso Aguirre, ocurrido en el partido de La Matanza, “es un llamado de atención”, porque en la provincia “el año pasado hubo más de 120 mil denuncias de violencia familiar”. Arroyo opinó que la absolución de la mujer es “una decisión judicial muy importante y un llamado de atención sobre un problema, muchas veces invisible, que afecta a mujeres y niños”. Recordó que hay un programa bonaerense de ayuda. “Los que padezcan estas situaciones deben comunicarse con el 911 o llamar al 0800-666-5065.”

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Marcela Rodríguez, diputada, y Daniel Arroyo, ministro de Desarrollo Social bonaerense.
 
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