EL PAíS › OPINIÓN DE JURISTAS Y EMPRESARIOS PYME

Con varas distintas

Daniel Sabsay *.

“No se puede medir con la misma vara la situación de los depósitos y la de los deudores. En el caso de los depositantes, lo que existe es una entrega en custodia de una determinada cantidad de dinero, a cambio del cual se recibe un interés. En el caso de un préstamo la situación es completamente distinta. Lo que allí se supone que debe existir es una evaluación equitativa de valores, una ecuación que involucra la capacidad adquisitiva de quien debe devolverlo en relación al capital que se le otorga. Lo que ocurrió en la Argentina es que por un hecho fortuito esta ecuación modificó completamente sus términos y el resultado dejó de ser equitativo. En el caso de los deudores hipotecarios, por ejemplo, el valor en dólares de las propiedades cambió. No resulta lógico seguir tratando ese valor a su cotización original. Lo mismo ocurre con la otra parte. El poder adquisitivo de quien debe devolver ese crédito se derrumbó en la gran mayoría de los casos. Por lo tanto, aquí existe una situación que, jurídicamente, se enmarca en la teoría del hecho impredecible. La devaluación fue un hecho abrupto e impredecible. Entonces es necesario encontrar una solución equitativa que contemple las circunstancias sociales. Están en juego otros valores, no sólo el respeto absoluto del derecho de propiedad. La alternativa sería aceptar que muchas personas experimenten grandes pérdidas patrimoniales. El costo social debería ser compartido”.

* Abogado constitucionalista

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