SOCIEDAD › LOS JUECES NO PODRAN INTERROGAR A LOS CHICOS

Protegiendo a las víctimas

Los niños y adolescentes víctimas de delitos sexuales o maltrato físico o psíquico no podrán ser interrogados por jueces ni abogados, sólo serán entrevistados por psicólogos especializados en trabajo con chicos, según una nueva ley sancionada por el Congreso. Además, otra nueva norma establece la creación de un registro único de aspirantes para adopción, con el que se pretende unificar las solicitudes de todas las provincias y disminuir la burocracia que el trámite significa en la actualidad.
La ley 25.852 modifica el Código Penal para evitar la “revictimización de los niños y adolescentes”: no serán sometidos a careos, no declararán ante ningún tipo de tribunal y no participarán de las reconstrucciones de los delitos que padecieron. “No tendrán que volver a vivir lo que les ocasionó sufrimiento, no tienen por qué padecer otra vez lo mismo”, resaltó una de las impulsora de la ley, la diputada Silvia Martínez, y explicó que “hasta ahora los niños tenían el mismo trato que un adulto, esto ya no será más así, no se les hará sufrir más de lo que ya sufrieron. En la etapa del juicio se los protegerá”.
La norma incorpora el artículo 250 bis, para menores de 16 años: “Sólo serán entrevistados por un psicólogo especialista en niños y/o adolescentes designado por el tribunal, no pudiendo en ningún caso ser interrogados en forma directa por el tribunal o las partes”, señala la norma, y agrega que “la entrevista se realizará en un gabinete acondicionado con los implementos adecuados a la edad y etapa evolutiva del menor; las alternativas del acto podrán ser seguidas desde el exterior a través de un vidrio espejado, micrófono, equipo de video u otro equipo técnico”.
Se prevé que para la franja etaria de 16 a 18 años un especialista evaluará si, en caso de comparecer ante el Estado, existe riesgo psico-físico y, en consecuencia, determinará si corresponden las mismas medidas que a niños y adolescentes.
La segunda ley sancionada crea el Registro Unico de aspirantes a guarda con fines de adopción. El organismo dependerá del Ministerio de Justicia y su finalidad será formalizar una lista de personas que deseen adoptar. Tendrán prioridad quienes puedan recibir a grupos de hermanos, a mayores de 4 años y a niños que tengan algún tipo de discapacidad.
Los autores de la normativa –creada en la Comisión de Familia, Mujer y Niñez– destacaron que el Registro acelerará los tiempos de adopción y transparentará las formas de guarda de chicos. En la actualidad, cada provincia lleva un registro de pedidos y la Justicia determina quiénes tienen prioridad. “A partir del Registro Unico se unificarán los pedidos de adopción con requisitos claros y las guardas se otorgarán por orden de anotación”, explicó la legisladora. Las provincias que adhieran cederán sus bases de datos al organismo y seguirán los lineamientos de la nueva ley.

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